En España, como en muchos otros países, el trabajo doméstico y el cuidado de la familia recaen tradicionalmente sobre las mujeres. Sin embargo, esta labor, esencial para el funcionamiento de la sociedad, a menudo no se reconoce ni se remunera económicamente.

Compensación económica en casos de divorcio en España

En España, un tribunal en Cantabria tomó una decisión que dejó a varios impactados y a otros muy conformes, ya que sentenció que un ex marido deberá pagar a su ex pareja la suma de 23.628 euros (16 millones 399 mil 516 pesos) por los años que se ahorró el sueldo de una trabajadora doméstica y aumentó su patrimonio mientras ella no recibió remuneración económica. En España, un hombre deberá compensar con 23.628 euros, poco más de 16 millones de pesos chilenos, a su expareja como indemnización por dejar su actividad laboral para dedicarse exclusivamente a las extenuantes tareas de la casa. La pareja se había casado en régimen de separación de bienes.

El Bono Protección en Chile: Un ejemplo de ayuda estatal

El Bono Protección constituye una ayuda estatal destinada a respaldar a las dueñas de casa en sus ingresos económicos. Se entrega mensualmente a dueñas de casa que cumplan un requisito: haber aceptado la invitación a participar en un programa del Subsistema. El Bono Dueña de Casa asciende a un total de $432.732, distribuido a lo largo de 24 meses. El Bono Dueña de Casa de $432.732 se paga en 24 meses según tramos. Si tienes dudas sobre si eres beneficiaria de este bono, simplemente accede a persona.ipsenlinea.cl. Si no se cumplen las condiciones anteriores, cualquier mujer mayor de 18 años recibirá el bono.

La problemática de las pensiones alimenticias impagas

La ley que permitió el primer retiro del 10% de los fondos de capitalización individual acumulados en las AFP, hizo patente el drama que viven miles de mujeres cuyas pensiones de alimentos de hijos e hijas se encuentran impagas. Según datos consignados en el Proyecto de Ley que busca incorporar a los deudores de pensiones de alimentos al Boletín de Informaciones Comerciales, 70 mil alimentarios, principalmente niños, niñas y adolescentes, no reciben lo que por ley les corresponde. Casi cinco meses después de la promulgación de dicha ley, la dura realidad de miles de niños y mujeres sigue sorprendiendo. De acuerdo con la Superintendencia de Pensiones, hasta el 25 de noviembre se registraban 263.394 medidas cautelares asociadas a solicitudes de retiro de fondos.

La Ley 21.295 que autoriza un segundo retiro de fondos previsionales, permite al niño o niña, a su representante legal o curador ad litem[2], recurrir a los Tribunales de Familia para solicitar al juez el cálculo de la pensión alimenticia adeudada y que este ordene retener y pagar un 10% para solucionar deudas originadas en obligaciones alimenticias, bajo la figura de la subrogación[3]. Pese a ser un avance, este tipo de medidas no son suficientes para hacer efectivo el pago de las pensiones de alimentos. Esto pues se trata de medidas coyunturales en un contexto de emergencia, dirigidos a mitigar los efectos sociales derivados la crisis sanitaria producida por el COVID-19. Hasta hoy permanecen intocados los mecanismos establecidos en la ley 14.908 (sobre Abandono de Familia y Pago de Pensiones Alimenticias) y que resultan insuficientes e ineficientes para hacer efectivo el pago de pensiones.

Resulta importante lo planteado en el párrafo anterior, pues el primer retiro del 10% de los fondos de las AFP, obligó a muchas mujeres a tomar contacto con sus exparejas, sin que mediara ningún mecanismo de protección para ellas. En el primer retiro del 10% muchas mujeres fueron víctimas de amenazas: si tú retiras te voy a golpear, si tú retiras te voy a quitar a tus hijos.

Alternativas para garantizar el pago de pensiones alimenticias

Los métodos de apremio tradicionales para perseguir al deudor/a (arresto, retención judicial del impuesto a la renta, suspensión de la licencia de conducir, retención judicial por parte del empleador, entre otros) no bastan, más aún cuando el propio sistema judicial reconoce que estas medidas no son eficientes.

Un componente del modelo PJAC, es la “conferencia de caso”, que proporciona a los padres un espacio facilitador de las relaciones familiares y un lugar alternativo para resolver sus disputas. El plan de acción se realiza con la participación de ambos padres. En entrevistas realizadas a los gestores de casos en el año 2019, estos hicieron hincapié en que, durante las evaluaciones de los casos, prestaron especial atención a cualquier historial de violencia doméstica y a signos de violencia durante las conversaciones iniciales con ambos padres.

Hasta hoy las deudas por alimentos han sido consideradas un asunto entre privados, donde el rol del Estado se ha centrado más bien en las medidas coercitivas hacia los deudores. Sin embargo, hoy se reconoce que se trata de un problema sistémico, cuya solución atañe también al Estado. No es posible seguir considerando el pago de las pensiones de alimentos como un asunto privado, cuya responsabilidad recae exclusivamente en las mujeres que cuidan hijos e hijas. En este sentido, urge avanzar en nuevas fórmulas que garanticen el pago de los alimentos, en las que el Estado asuma un rol protagónico en la recuperación de los montos adeudados.

En Francia, por ejemplo, existe la Agencia de Cobro de Deudas de Pensiones Alimentarias (ARIPA)[2], creada en el año 2017 para recuperar las pensiones no pagadas. En Alemania, las familias monoparentales cuentan con un anticipo del mantenimiento (Unterhaltsvorschuss). Este anticipo es un beneficio estatal para los hijos e hijas menores de edad cuyos progenitores adeuden los alimentos. El deudor es quien reembolsa el anticipo al Estado. Este mismo sistema existe en otros países europeos como Francia y España.

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