La pensión de alimentos en Chile es un derecho que garantiza que una persona reciba apoyo económico de otra, generalmente en relaciones de familia como padres e hijos. Es importante manejar estos temas, ya que la separación es una cosa, pero toda la vida los involucrados seguirán siendo familia. Junto con el régimen de visitas o relación directa y regular, la pensión de alimentos es algo que debes regular rápidamente. Esta puede fijarse mediante acuerdo o por resolución judicial.
Marco Legal y Cobertura
La pensión de alimentos no solo comprende las necesidades básicas para existir (aprendizaje, la comida, el vestuario y un lugar dónde vivir). Esta información es importante, porque no solo abarca lo preciso para que la persona que los solicita pueda cubrir sus necesidades de desarrollarse espiritual y materialmente.
¿Qué Ley o Normas regulan el derecho de alimentos en Chile? ¿Qué cubre?
- Puede pedir alimentos el Cónyuge: Mientras persista el matrimonio, aún separados, el otro cónyuge puede demandar alimentos para si.
- Puede pedir alimentos el Hijo o nieto: El caso más común.
- Puede pedir alimentos el Padre: Piénsese en el padre ya anciano a quien no le alcanza la pensión de vejez.
- Los Hermanos: Caso más extraño, pero piénsese en un hermano a quien la vida no le fue fácil, mientras que a tí sí. Esta situación no es tan extraña.
Duración de la Obligación Alimentaria
La ley regula esto fijando un orden. Hasta los 21 años se debe pagar sí o sí. Luego de los 21 años hasta los 28 si es que está estudiando. Ulteriormente al límite de los 28 años sólo se seguirá pagando en la medida que el menor sufra de invalidez o incapacidad física o mental.
Piénsese en la mujer que se casa con menos de 21 o 28 años si aún no termina de estudiar.
Factores que Influyen en la Determinación del Monto
Es importante señalar que la pensión de alimentos no se da como un monto directamente proporcional a lo que gana el padre. Esta se otorga en la medida que sea necesario para los gastos del menor. En otras palabras, si el menor gasta 500 y el padre gana 2000, no se le podría dar al hijo 1000.
Con todo, debes tener también en mente que nuestros tribunales han interpretado que los hijos tienen derecho a acceder a la posición social del padre. Esto mitigaría lo que dijimos anteriormente, pues si el padre es ABC1, la madre y los hijos no pueden recibir una pensión alimenticia para mantenerse viviendo en el quintil más bajo. Tampoco se trata de enriquecerse, pero si deben vivir mejor si el padre tiene los recursos para ello.
El primer factor a considerar es cuánto gasta el menor. ¿Qué tipo de gastos se consideran? Prácticamente todos los necesarios para que el menor alcance su máximo desarrollo personal posible. ¿Cuál es el límite? En realidad es un mínimo y máximo al mismo tiempo: La posición social del menor.
Nuestra legislación no contempla que la «pensión alimenticia» o «pensión de alimentos» se pague en base a lo mínimo para sobrevivir, sino que a aquello para vivir modestamente dentro del estatus social que el menor tenía al momento de la separación de los padres. En consecuencia, dependiendo de esto en ocasiones, por ejemplo, un gasto en clases de ballet si podría considerarse gasto.
El segundo factor es determinar cuánto gana la madre. Básicamente corresponde a los ingresos mensuales y gastos. Su situación patrimonial en general. A los Juzgados de Familia de nuestro Poder Judicial, por regla general, no les gusta la postura de la madre que no trabaja porque «no puede». Si no lo hace, su abogado tendrá que tomar la mejor estrategia para afrontar el juicio.
Los gastos del menor son eso: Los gastos del menor.
Límites Mínimos y Máximos
¿Cuál es lo máximo que se paga por pensión de alimentos? El monto mínimo corresponde al 40% de un sueldo mínimo por un hijo. Si hay más de uno, es decir, de dos hacia arriba, el 30% de un sueldo mínimo para cada uno, mientras que el máximo corresponde al 50% de los ingresos mensuales del padre o de quien deba pagar la pensión de alimentos.
Respecto del máximo, corresponde al 50% de sus ingresos. Esto contempla la totalidad de lo pagado por concepto de Pensión de Alimentos en un sentido amplio. En consecuencia, si el padre tiene una deuda de alimentos y está tratando de ponerse al día con una cuota adicional, esta incluida dentro del 50%.
En efecto, la ley señala que tanto el padre como la madre deben concurrir a los gastos de los hijos en proporción a sus ingresos. En consecuencia, luego de determinados los gastos del menor, los ingresos de la madre y los ingresos del padre, según la diferencia que haya entre dos últimos saldrá la cifra con la que cada uno debe concurrir al desarrollo de su hijo.
Proporción entre padre y madre: En este caso la relación es 1 es a 2, por lo tanto, el padre gana el doble que la madre, por lo tanto tendrá que aportar el doble que la madre en los gastos del hijo.
Modificación y Cese de la Pensión
Cambio en cualquiera de los factores que llevaron a determinar la pensión de alimentos. Por ejemplo, que el menor gaste más, la madre gane menos o alguno de los padres quede cesante.
Respecto del cese de los alimentos, estos proceden cuando se extinguen las circunstancias que permitían exigirla. Por ejemplo, el hijo sobre los 21 años terminó los estudios, o cumplió 21 y se dedicó a trabajar.
Se deja de pagar si el hijo fallece.
Los gastos que debe cubrir el padre son los de su hijo. En consecuencia, si por ejemplo la hija antes de los 21 años tiene la suerte de convertirse en madre, ella no podría pedir una suma de alimentos considerando los gastos de su bebé.
Siempre se concurre en la medida que exista un estado de necesidad.
En ocasiones los hijos luego de terminada la educación media, no continuan estudios y se dedican a trabajar. En este caso si los alimentos ya estaban decretados y el hijo genera ingresos, se puede solicitar la rebaja de la pensión alimenticia y, si no estaban decretados, indudablemente reduce el monto que debe pagar el padre.
En el caso de los hijos de 28 años ocurre algo similar. El curso normal de las cosas es que cerca de los 23 o 24 años los estudios universitarios hubieren cesado. En este caso se debe presentar una demanda por cese de alimentos. Los alimentos menores no cubren estudios de magister u otros posgrados.
Proceso de Solicitud
Si es un acuerdo de palabra, como se haya pactado. Generalmente en la entidad financiera donde la madre tenga una cuenta.
Se deberá comenzar solicitando un proceso de mediación. Esto puede hacerse de manera publica o privada. Si optas por el sistema publico, con tu clave única puedes solicitarlo a través del portal de la oficina judicial virtual del Poder Judicial. Si optas por el sistema privado, solo debes buscar uno en google.
Si no se llega a acuerdo o es imposible comunicarse por parte del mediador, se emitirá un certificado de mediación frustrada, lo que te permitirá pasar a presentar una demanda.
Redactada la demanda, se debe gestionar el ingreso del documento y su firma mediante el sitio web de la oficina judicial virtual del Poder Judicial con clave única y llenar el formulario que solicita la plataforma.
En la audiencia preparatoria es donde suelen terminar la mayoría de los juicios de alimentos, pues se suele cerrar en un acuerdo. En caso de que no sea asi, se preparará las segunda audiencia indicando los medios de prueba para probar las alegaciones.
Impacto del Aumento del Sueldo Mínimo (2024)
Con el aumento del sueldo mínimo a $500.000 desde el 1 de julio de 2024, la pensión de alimentos en Chile también se ve impactada, modificando los montos mínimos establecidos por la ley. Para un solo hijo, la pensión mínima es de $200.000 al mes, equivalente al 40% del nuevo sueldo mínimo, mientras que para más de un hijo, se fija en $150.000 por cada uno, representando el 30% del salario mínimo por hijo.
Resumen de Montos Mínimos
| Número de Hijos | Porcentaje del Sueldo Mínimo | Monto Mínimo (CLP) |
|---|---|---|
| Un Hijo | 40% | $200.000 |
| Más de un Hijo (por cada uno) | 30% | $150.000 |
La pensión de alimentos es una obligación económica para padres o madres separados o divorciados, fijada o aprobada judicialmente hacia niños, niñas y adolescentes. Incluye enseñanza básica, media y estudios superiores.
El monto de la pensión depende del sueldo de cada uno de los responsables del menor, otros antecedentes del progenitor y del ingreso mínimo mensual que tenga el padre o madre, dependiendo de la separación.
En Chile, la legislación establece que la pensión de alimentos a los hijos se debe pagar hasta los 21 años. Sin embargo, si los hijos se encuentran cursando estudios superiores en una universidad o instituto profesional, el deber de proveer esta pensión se prolonga hasta los 28 años de edad.
¿A cuánto aumenta el monto de la Pensión de Alimentos? El monto mínimo de la pensión de alimentos aumentará a 200 mil pesos, si es un sólo hijo.
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