En el ámbito laboral, las ofensas y agravios pueden ser motivo de serias controversias. En Chile, la ley protege a los trabajadores frente a conductas indebidas por parte del empleador, permitiendo incluso la terminación del contrato laboral bajo la figura del autodespido o despido indirecto.

¿Qué se entiende por injuria en el contexto laboral?

El Código del Trabajo no define explícitamente la "injuria" para efectos laborales. Sin embargo, se entiende como ofensas verbales o físicas proferidas por el empleador al trabajador en su sentido natural y obvio, que se consideren suficientes para justificar la terminación del contrato. No necesariamente deben constituir el delito de injuria al que se refiere el Código Penal.

Es posible tener por establecido que la injuria laboral consiste en insultos y ofensas mediante palabras, gestos, publicaciones y otros comportamientos similares efectuados en el ámbito laboral contra el trabajador.

La jurisprudencia ha precisado que las injurias que la ley laboral señala como suficientes para justificar el despido del trabajador, no son las mismas que constituyen el delito de injurias en la forma que exige el Código Penal, sino que deben entenderse en su sentido natural y obvio, es decir, como expresiones que agravian o ultrajan a otro, mediando obras o palabras que lo agravian, en otros términos, injuria viene a ser la acción que implica afrenta, esto es, el dicho que ofende la honra o crédito o aprecio de otra".

Ejemplos de injurias por parte del empleador al trabajador:

  • Decirle al trabajador frente a sus compañeros de trabajo que se robó bienes de la empresa sin que eso sea verdad.
  • Tratarlo de inútil frente a más trabajadores.
  • El empleador que agrede verbalmente al trabajador, y que este lo pueda probar.

El Autodespido como Respuesta a la Injuria Laboral

En Chile, el autodespido no es simplemente una cuestión de renunciar; es un derecho del trabajador cuando el empleador ha incumplido con sus obligaciones contractuales. La normativa chilena, establecida en el Código del Trabajo, permite que un trabajador ponga fin a su contrato laboral por causas atribuibles al empleador.

El despido indirecto o autodespido, constituye una modalidad del despido patronal que es ejercida por el trabajador cuando es el empleador quien realiza, o deja de realizar, algo que en el caso contrario, si fuera el trabajador quien realiza o deja de realizar ese algo, podría ser despedido por el empleador sin derecho a indemnizaciones.

De conformidad con lo previsto en el artículo 160 N° 1 letra d) del Código del Trabajo, el contrato puede terminar, sin derecho a indemnización, por injurias proferidas por el trabajador al empleador. Es del caso señalar que el referido Código no define lo que debe entenderse por "injuria" para los efectos laborales, de forma que podría decirse que serían las ofensas verbales o físicas proferidas por el trabajador al empleador en su sentido natural y obvio, y que se estimen suficiente como para poner término al contrato, sin que necesariamente ellas constituyan el delito de injuria a que se refiere el Código Penal.

Para aquellos considerando el autodespido como opción, es esencial conocer las causales específicas que la ley chilena reconoce. En términos simples, el empleado debe demostrar que el empleador ha violado significativamente los términos del contrato laboral.

Pasos para ejecutar el autodespido:

  1. Recolección de evidencia: Antes de proceder, es crucial recopilar pruebas del incumplimiento del empleador. Esto podría incluir correos electrónicos, testigos que puedan declarar sobre el acoso laboral, o registros de salario no pagado.
  2. Carta de autodespido: El siguiente paso es formalizar el autodespido mediante una carta dirigida al empleador. En esta carta, el trabajador debe detallar las razones y las pruebas del incumplimiento.
  3. Acciones judiciales: Si el empleador no responde de manera favorable, se debe interponer una demanda ante el juzgado laboral. Aquí es donde el trabajador presenta sus pruebas y justifica las causas para el autodespido.

Para proceder al autodespido, el trabajador deberá entregar una carta al empleador - personalmente o por correo certificado - indicando la causal invocada y los hechos que la fundamentan. Lo anterior debe realizarse dentro de los 3 días hábiles siguientes al término de la relación laboral, plazo en el cual también deberá ser comunicado a la Inspección del Trabajo.

La demanda por autodespido deberá interponerse dentro del plazo de 60 días hábiles siguientes al término de la relación laboral.

Consecuencias del Autodespido

Cuando un trabajador opta por el autodespido, no solo termina la relación laboral, sino que también puede tener derecho a ciertas indemnizaciones. Al demostrar exitosamente la justificación del autodespido, el trabajador puede recibir las mismas indemnizaciones que aplican en un despido injustificado.

Recuerde, si no escribe una reserva de derechos, que nosotros se la enviamos al analizar su caso, no puede demandar, en un 80% de las veces.

Consideraciones Adicionales

Sí. El autodespido o despido indirecto suele ser un proceso delicado, dado que el trabajador debe acreditar los hechos señalados en la carta de autodespido. Esta carta, en verdad, constituye el componente central del procedimiento ya que una mala redacción podría resultar en la pérdida del juicio y limitarse únicamente a recibir el pago de las vacaciones, sin indemnización adicional.

De esta forma, si el tribunal rechaza la demanda por autodespido, se entenderá que el contrato ha terminado por renuncia del trabajador.

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