En 1980, se creó un sistema de pensiones basado en un régimen de capitalización individual. Cada trabajador aporta una parte de su sueldo todos los meses (10% de cotización obligatoria) a su Cuenta de Capitalización Individual de Cotizaciones Obligatorias.

Estos ahorros recibirán la rentabilidad del multifondo que se haya elegido.

Tipos de Cuentas en una AFP

  • Cuenta de Capitalización Individual de Cotizaciones Obligatorias: Recibe el 10% de cotización obligatoria mensual del trabajador.
  • Cuenta de Ahorro Voluntario o Cuenta 2: Es una cuenta de ahorro no previsional, es decir, de libre disposición, que permite obtener la misma rentabilidad que tienen los Fondos de Pensiones.
  • Cuenta de Ahorro de Indemnización para Trabajadores de Casa Particular: Es una cuenta de ahorro para financiar la indemnización a todo evento de trabajadores de casa particular. Los empleadores deben entregar un aporte de indemnización en beneficio del trabajador, por un máximo de 11 años. El monto del aporte es un 4,11% de la remuneración mensual imponible del trabajador (incluidas las gratificaciones si las hubiera), con un límite máximo de 60 UF.

Tipos de Pensión

Si eres independiente y cotizas podrás optar a los siguientes beneficios:

  • Pensión de Vejez: Tienen derecho a esta pensión los afiliados que hayan cumplido 65 años si son hombres y 60 si son mujeres. Con el total del ahorro acumulado en su Cuenta de Capitalización Individual, se determina el monto de pensión mensual a recibir. Es el derecho que tienen los afiliados al sistema previsional a obtener una pensión una vez cumplida la edad legal exigida: > 65 años para los hombres. > 60 años para las mujeres.
  • Pensión de Vejez Anticipada: Puedes pensionarte anticipadamente siempre y cuando cumplas con las siguientes condiciones:financiar una pensión igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles de los últimos 10 años.
  • Pensión de Invalidez: Tienen derecho a pensión de invalidez los afiliados no pensionados por el D.L.
  • Pensión Anticipada por Enfermedades Terminales: Dirigida a los afiliados y pensionados que padezcan de una enfermedad calificada como terminal, por un médico especialista.

Beneficios y garantías adicionales

  • Garantía Estatal de la Pensión Mínima: Busca generar una base de ingresos para aquellas personas que, habiendo cotizado una parte significativa de su vida, no alcancen a reunir los recursos necesarios para obtener una pensión equivalente a la mínima y, además, no tengan otras fuentes de ingresos.
  • Aporte Previsional Solidario (APS): Beneficio que entrega el Estado a las personas que durante su vida laboral activa cotizaron en una cuenta individual obligatoria en una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) y que, producto de ese ahorro previsional, pueden financiar una pensión base inferior o igual a la Pensión Máxima con Aporte Solidario (PMAS).
  • Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS): Es un seguro que debe contratar la AFP para sus afiliados. Están cubiertos los hombres y mujeres hasta los 65 años que estén cotizando en la AFP y coticen un adicional de 1,78% de la renta imponible y además que hayan cotizado en el mes calendario anterior al siniestro. El SIS es un derecho que tienen todos los trabajadores que cotizan: ya sean dependientes, independientes o cotizantes voluntarios. Todas las AFP cuentan con este seguro. Al ser Beneficiarios de Pensión, la familia del afiliado está protegida en el caso de su fallecimiento con una Pensión de Sobrevivencia.

Beneficios del SIS

  • Acceso a una Pensión por Invalidez total o parcial.
  • Pensión de Sobrevivencia: para la familia del afiliado, en caso de que fallezca.

Otros Beneficios al Cotizar en una AFP

  • Bono por hijo: Es un beneficio para las mujeres, que incrementa el monto de su pensión a través de la entrega de un bono por cada hijo nacido vivo o adoptado. Este beneficio no se paga al momento del nacimiento del hijo, sino que junto a su pensión.
  • Licencia Médica: Al cotizar en una AFP y además en Fonasa o Isapre, tienes derecho al subsidio de licencias médicas. Y en el caso de las mujeres tienen, además, el derecho de pre y posnatal, los hombres también tienen derecho al postnatal parental.

Requisitos para la Licencia Médica

  • Tener 12 meses de afiliación previsional (AFP o INP) anteriores al mes en que se inicia la licencia.
  • Tener al menos 6 meses de cotizaciones continuas o discontinuas dentro del periodo de 12 meses de afiliación previsional anterior al mes que se inició la licencia.
  • Estar al día en el pago de las cotizaciones de salud.
  • Derecho a Asignación Familiar: Si cotizas como independiente y acreditas tus cargas familiares en el Instituto de Previsión Social (IPS), tendrás derecho al pago de Asignación Familiar. El monto de este beneficio depende de la renta anual que hayas percibido en el año calendario anterior y será pagada en el proceso de operación renta de cada año.
  • Derecho a afiliarse a una Caja de Compensación: Al cotizar en AFP y en Fonasa o Isapre podrás afiliarte a una Caja de Compensación de Asignación Familiar (CCAF) con el objetivo de acceder al régimen de prestaciones adicionales, crédito social y prestaciones complementarias de estas entidades, siempre que la Caja los contemple en sus estatutos como beneficiarios de los referidos regímenes.
  • Beneficios tributarios que premian tu ahorro en APV: Cuando cotizas en AFP y además realizas Ahorro Previsional Voluntario (APV) régimen A para aumentar tu pensión, tienes derecho a una bonificación de cargo fiscal equivalente al 15% del monto ahorrado por APV, con un tope de 6 UTM ($411.882, según valor de UTM a agosto de 2025).
  • Cuota Mortuoria: Beneficio que consiste en retirar UF 15 de la cuenta del afiliado fallecido para cubrir gastos funerarios.
  • Excedente de Libre Disposición: Son fondos remanentes en la cuenta individual que quedan a disposición del afiliado.

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