El presente análisis se centra en el artículo 235 del Código del Trabajo de Chile, en el contexto de las organizaciones sindicales y la protección de sus directivos. Además, se aborda la reciente discusión legislativa sobre la suspensión de procesos electorales sindicales debido a la crisis sanitaria.

Composición del Directorio Sindical (Artículo 235)

Respecto al número de directores que debe existir en un directorio, el artículo 235 del Código del Trabajo distingue:

  • En los sindicatos que afilien a 25 o más trabajadores el directorio debe estar compuesto por el número de directores que establezca el estatuto.

Sin perjuicio de lo anterior, sólo gozan de fuero laboral, de permisos y licencias, las más altas mayoría relativas, siendo:

  • Tres los directores si el sindicato reúne entre 25 y 249 trabajadores.
  • Cinco directores si el sindicato agrupa entre 250 y 999 trabajadores.
  • Siete directores si el sindicato afilia entre 1.000 y 2.999 trabajadores.
  • Nueve directores si el sindicato está formado por 3.000 o más trabajadores.

Fuero Laboral de los Directores Sindicales

Por último, la ley le otorga fuero a los directores sindicales como herramienta de protección en el ejercicio de sus funciones. El fuero se regula en el artículo 243 del Código del Trabajo y confiere a los directores sindicales una protección adicional frente al principio de estabilidad relativa en el empleo. Así, mientras un trabajador podría ser objeto de despido en la medida en que el empleador fundamente la medida conforme los supuestos contenidos en los artículos 159, 160, 161 y 163 bis del Código del Trabajo, quién mantuviere fueron sindical requerirá que su separación sea previamente autorizada por el tribunal competente, mediando el juicio de desafuero.

De esta forma, los directores sindicales gozan del fuero laboral desde la fecha de su elección y hasta seis meses después de haber cesado en el cargo.

Suspensión Temporal de Procesos Electorales Sindicales

En lo sustancial, se suspenden los procesos electorales de los sindicatos y asociaciones de trabajadores dado el distanciamiento social por la crisis sanitaria. La idea es que se prorroguen sus directivas a no ser que éstas decidan lo contrario respecto a la postergación de las elecciones.

El presidente de la instancia de Trabajo, el senador Juan Pablo Letelier explicó la norma manifestando que "desde el 18 de marzo que fue cuando se decretó alerta sanitaria, diversos procesos eleccionarios se vieron interrumpidos porque comenzaron las cuarentenas y medidas de aislamiento. Por eso es importante prorrogar los sindicatos en ejercicio y reprogramar las elecciones agendadas. Fue una petición que se nos hizo ver".

Requisitos para ser Director Sindical

Por su parte, el artículo 236 del Código del Trabajo, dispone que para ser elegido o desempeñarse como director sindical, se requiere cumplir con los requisitos que señalen los respectivos estatutos.

Homenaje a Manuel Bustos Huerta

Como primer acercamiento, cabe recordar que esta fecha se instauró en homenaje al fallecimiento de don Manuel Bustos Huerta, destacado dirigente sindical y político chileno. A él, se le recuerda fuertemente por su labor parlamentaria, especialmente por la creación de la “bancada social” y la moción parlamentaria, presentada junto al diputado Rodolfo Seguel, para obligar al empleador a acreditar el pago de las cotizaciones previsionales del trabajador al momento de ser despedido.

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