Muchos se encuentran en la disyuntiva de considerar una carrera en el ejército, y uno de los factores más importantes en esta decisión es el sueldo. Entre aquellos que consideran esta opción, los jóvenes que terminan la enseñanza media son quienes generalmente se preguntan qué profesión ejercerán durante el resto de su vida.

En ese sentido, algunas personas consideran entrar al Ejército. La evidencia comparada hace aconsejable no involucrar a las FF. AA. en el control del orden público, salvo que se trate de muy específicas y serias amenazas a la seguridad interna.

El Debate sobre la Participación Militar en la Seguridad Pública

El debate sobre la participación de los militares en la seguridad pública emergió en el continente americano a comienzos del siglo XXI. Hace ya veinticuatro años la OEA debatió intensamente sobre el concepto de «seguridad multidimensional», que no era otra cosa que la inclusión de los militares en tareas de control del narcotráfico y crimen organizado internacional. En un informe publicado por la Junta Interamericana de Defensa en 2012, se hacía notar el importante incremento de dicha participación en América del Norte y del Sur.

Pero, al mismo tiempo, se advertía en esta tendencia la gran disparidad en los estándares, normas y reglas que definían dichos roles. Un elemento llamativo del tema es la escasez de evaluaciones sistemáticas respecto de la participación de efectivos militares en tareas de combate del delito. Los reportes que existen suelen centrarse solo en algunos aspectos que, aunque muy relevantes, no permiten tener un panorama completo del efecto de este involucramiento.

Por ejemplo, lo que suele divulgarse son estudios sobre abusos de los derechos humanos o respecto de la confianza social en las instituciones armadas. Menos estudios se conocen sobre los niveles de coordinación con las fuerzas policiales, el impacto en la reducción de delitos, o el efecto en los niveles de corrupción de los propios uniformados. Más recientes estudios han mostrado una segunda ola de ampliación de poderes militares para incidir en seguridad interna y que coinciden con un proceso de deslegitimación de los sistemas democráticos y de las propias policías.

La lista de casos es extensa. En México, sobre 85.000 soldados se encuentran desplegados en el territorio, habiéndose incrementado la cifra significativamente durante el gobierno de López Obrador. En Brasil, la agudización de la violencia urbana en las favelas llevó a distintos gobiernos a incorporar a los militares en el control del crimen organizado y lucha contra el narcotráfico. Entre 2011 y 2019 se registraron en ese país 21 incidentes que involucraron personal militar, y que resultaron en la muerte de 35 civiles. En similar período se han registrado sobre 29.000 muertes de civiles por parte de la policía.

Para el año 2014, en diecinueve de los veinte países de América Latina las FF. AA. habían realizado operaciones que involucraban seguridad pública, y en trece de ellos las éstas mantenían programas regulares sobre seguridad ciudadana. Para ese año, trece países de las Américas habían realizado operaciones contra el crimen organizado y el narcotráfico. Asimismo, en catorce países las FF. AA.

Preguntas Clave Antes de Involucrar a los Militares en la Seguridad Pública

La experiencia comparada permite plantearse una serie de preguntas que deben resolverse antes de sacar los militares a la calle. Estas no solo se refieren al uso de las armas, como se ha expuesto para el caso de Chile.

  1. ¿Qué actividades deben realizar? La propuesta legislativa sobre infraestructura crítica plantea la participación de las Fuerzas Armadas en el resguardo de cierta infraestructura relevante para el funcionamiento del país. Ya se aprobó una reforma constitucional para ese efecto (Ley 21.542) y ahora se discute una ley que definirá específicamente cuáles son esas instalaciones. Se estableció en la citada ley que un oficial general de las FF. AA. tendrán al mando el resguardo del orden público.
  2. ¿Qué tipo de coordinación se da entre policías y militares? Un tema de vital importancia se refiere a la necesaria coordinación entre las policías y los militares. Existen modelos donde los militares funcionan operativamente bajo las órdenes de la Policía, y otros en los que existe una división de tareas sin mucha coordinación.
  3. ¿Qué tipo de protocolos sobre uso de la fuerza se implementarán? Un tema muy relevante se refiere a las normas asociadas al uso de la fuerza. El proyecto de ley que se debate en la actualidad en el Congreso [BOLETÍN 15805-07] considera la definición de lo que se entiende por armamento letal y menos letal, cumplimiento del deber, legítima defensa, principios de uso de la fuerza y etapas para éste; así como las reglas y deberes a observar al utilizarla.
  4. ¿Qué tipo de protocolos para control de identidad se implementarán? Otro asunto importante a resolver se refiere al personal habilitado para realizar controles de identidad. ¿Podrán los militares bajo algunas circunstancias realizar este tipo de controles? ¿Qué sucede si en el ejercicio de esa atribución se detecta una falta o delito? ¿Podrán los militares arrestar a un sospechoso?
  5. ¿Qué tipo de protocolos existirán sobre arrestos? Otro asunto ya indicado se refiere a la posibilidad que militares puedan realizar arrestos. Si se prohíbe tal posibilidad, ya indicamos que la coordinación con la policía es clave.
  6. ¿Qué tipos de mecanismos de control interno y judicial deben existir? La inclusión de militares en seguridad pública requiere revisar los mecanismos de fiscalización interna y judicial para enfrentar eventuales denuncias por corrupción o abusos de poder.

La experiencia comparada muestra que el involucramiento de los militares en el control del narcotráfico abre un espacio para que grupos criminales organizados corrompan a la tropa y mando militar, por lo que se hace necesario reforzar los mecanismos de control interno y externo.

En síntesis, parecería preferible no involucrar a las fuerzas armadas en el control del orden público, salvo que se trate de muy específicas y serias amenazas a la seguridad interna. Si la autoridad pública toma la decisión de incorporarlas, resultaría extremadamente relevante establecer claros criterios sobre coordinación militar-policial, uso de la fuerza, control de identidad, arresto y custodia de civiles, procedimientos investigativos, y control interno y externo del actuar militar, entre otras materias.

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