La presente escala comprende la suma mensual de las contraprestaciones en dinero que para cada grado (o contrato por jornadas) debe recibir un funcionario en razón de su empleo o función pagadas habitual y permanentemente, sin los descuentos legales que correspondan (remuneración bruta).
Componentes del Sueldo Base
El sueldo en el Servicio de Salud de Chile se compone de varios elementos, entre ellos:
- Sueldo Base (DL.3.551)
- Incremento Remuneración (Art.1 DL.3.501/80)
- Aporte Fiscalización (DL.3551)
- Bonificación Salud (Ley. 18.566)
- Bonificación AFP (Art.10 L.18.675)
- Asignación Única (Art.4 L.18.717)
- Asignación (LEY N°18.091)
- Asignación Especial (Art.
Contraprestaciones No Contempladas
En la escala no se contemplan las contraprestaciones eventuales y accidentales y las afectas a fines determinados, tales como: la asignación familiar, los aguinaldos y las horas extraordinarias, cuando no tienen el carácter de permanentes, y ciertos derechos estatutarios que constituyen beneficios indemnizatorios, como los viáticos, asignación zona, asignación zona extrema, bono de escolaridad, asignaciones especiales.
Incentivos y Bonificaciones
Además del sueldo base, existen diversos incentivos y bonificaciones que pueden incrementar la remuneración total.
- Incentivo: Asignación Desempeño Institucional (Art. 9 Ley N° 20.212)
- Incentivo: Bonificación Compensatoria Bono Desempeño Institucional (Art. 12 Ley N° 20.212)
- Incentivo: Bono Desempeño Individual (Art.
El monto de la Asignación de Desempeño Institucional (Art. El monto del Bono Desempeño Individual (Art. El monto por la Bonificación Compensatoria del Bono Desempeño Institucional (Art.
La base de cálculo para la Asignación Desempeño Institucional es: Sueldo Base + Asignación de Fiscalización Art.6 DL 3.551 + Asignación única Art.4 Ley 18.717 + Asignación Art.
La base de cálculo para el Bono Desempeño Individual es:Sueldo Base + Asignación de Fiscalización Art.6 DL 3.551.
El monto de la Bonificación Compensatoria Bono Desempeño Institucional es variable según requisitos.
Reajuste de la Escala de Sueldos
A partir del 01/12/2016, se reajusta la escala de sueldos en un 3.2% según la Ley N° 20.975 que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala y concede otros beneficios que indica.
Consideraciones Adicionales
Es importante tener en cuenta que:
- Las Asignaciones indicadas se cancelan trimestralmente en los meses de: marzo, junio, septiembre y diciembre respectivamente.
Para los datos del mes de Enero 2018, la información sobre Escala de Remuneraciones, Escala de bienios e incentivos y metas no registra modificaciones.
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