El Seguro de Cesantía en Chile es un sistema de protección social diseñado para brindar apoyo económico a los trabajadores en caso de desempleo. Este sistema tiene su origen en el año 2002, cuando comenzó a implementarse como una medida de protección económica para los trabajadores dependientes en situaciones de desempleo.
Esta historia está marcada por múltiples transformaciones y mejoras continuas, siempre con el objetivo de priorizar el bienestar de los trabajadores. En abril de 2015, se llevó a cabo otra reforma significativa que incrementó las tasas de reemplazo y fortaleció las prestaciones. Además, se implementaron medidas transitorias (como la Ley de Protección del Empleo, vigente desde abril de 2020 hasta octubre de 2021) para entregar una ayuda especial a los afectados por la pandemia del COVID-19. La Ley de Acceso Flexible también tuvo un rol de gran importancia, pues amplió significativamente el número de afiliados desempleados que pudieron acceder al Seguro de Cesantía durante la emergencia sanitaria.
Objetivo Principal del Seguro de Cesantía
El objetivo principal del Seguro de Cesantía es brindar respaldo financiero a los trabajadores que se encuentren desempleados, garantizando una protección económica durante el periodo en el cual están buscando un nuevo empleo. A través de este sistema, se establece una cuenta individual llamada Cuenta de Cesantía, en la cual se acumulan los fondos provenientes de las cotizaciones realizadas por los empleadores y los trabajadores.
¿Cómo se Financia el Seguro de Cesantía?
El Seguro de Cesantía se financia con el 3% de las remuneraciones imponibles de cada afiliado(a).
- Contratos Indefinidos: En el caso de contratos indefinidos, todos los trabajadores que tengan este tipo de contrato tendrán acceso a fondos de respaldo, los cuales corresponden al 3% de la remuneración imponible.
- Aporte del empleador: El empleador realizará un aporte del 2,4% de la remuneración imponible del trabajador.
- Contratos a Plazo Fijo, por Obra o Servicios: Por otro lado, en el caso de los contratos a plazo fijo por obra o servicios, la dinámica es diferente.
- Aporte del empleador: El empleador asume la totalidad del aporte, que corresponde al 3% de la remuneración imponible del trabajador.
Los trabajadores que están bajo un contrato de aprendizaje, aquellos que son menores de 18 años y aún no han cumplido esa edad, así como los pensionados, excepto aquellos cuya pensión se haya otorgado debido a una invalidez parcial, no están sujetos a esta regla.
Pago de Cotizaciones
El empleador cuenta con un plazo de 10 días hábiles después de realizar el pago de la remuneración de un trabajador, para cumplir con las cotizaciones correspondientes al Seguro de Cesantía.
- Pago presencial: Se puede realizar en las sucursales de Banco Estado o Servipag, utilizando las planillas proporcionadas por la AFC.
- Pagos online: La página de PREVIRED es una opción autorizada y eficiente que facilita el proceso de pago en línea.
Estas alternativas brindan flexibilidad al empleador para cumplir con sus obligaciones en relación a las cotizaciones del Seguro de Cesantía.
¿Cuándo Puede Cobrar el Seguro de Cesantía?
Como afiliado(a), usted tiene derecho a cobrar el Seguro de Cesantía con cargo a su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) y/o al Fondo de Cesantía Solidario (FCS). En ambos casos, debe cumplir con los respectivos requisitos.
El afiliado tiene derecho al Seguro de Cesantía con cargo a la Cuenta Individual, por cualquier causal de cese de la relación laboral.
Cuando se agotan los fondos de la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), los giros pasan a ser financiados por el Fondo de Cesantía Solidario (FCS), siempre y cuando el(la) afiliado(a) cumpla con los requisitos de este beneficio.
Requisitos para Acceder al Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
- Tener un mínimo 12 cotizaciones registradas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses antes del despido.
- Inscribirse en la Bolsa Nacional de Empleo desde el día siguiente de haber solicitado su beneficio del Seguro de Cesantía.
Requisitos Generales
- Estar cesante. Sus cotizaciones se cuentan desde que se afilió o desde su último cobro del Seguro hasta el mes en que terminó su trabajo.
- Tener 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato.
Causales de Cese de la Relación Laboral:
- Vencimiento del plazo convenido en el contrato.
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato.
- Ajustes por necesidades de la empresa.
- Caso fortuito o fuerza mayor.
- Necesidades de la empresa.
- Quiebra del empleador.
¿Cómo Solicitar el Seguro de Cesantía?
Si cumple con los requisitos, solicite su Seguro de Cesantía en la Sucursal Virtual de afiliados.
Al ingresar, el sistema le mostrará su saldo y validará si puede optar al cobro de su Seguro de Cesantía. También puede cobrar el Seguro de Cesantía en las sucursales de AFC Chile.
Una vez que el(la) afiliado(a) envía la solicitud a través del sitio web, recibirá la respuesta de aprobación o rechazo de parte de AFC Chile en un plazo de 4 días hábiles.
Se puede optar por una transferencia bancaria a una Cuenta Corriente, Cuenta RUT o Cuenta Vista.
Si no puede tramitar su Seguro de Cesantía personalmente, es posible otorgar un mandato notarial a un tercero para que lo gestione a su nombre.
Documento Necesario
AFC debe haber recibido una cotización de parte de su empleador o ex empleador, después de haber cesado su relación laboral. Para solucionar esta situación usted debe presentar un documento llamado Certificado Aclaratorio.
¿Cuándo se Suspende el Pago del Beneficio?
El pago del beneficio también se suspende en caso de no cumplir con la certificación de la Bolsa Nacional de Empleo (BNE), que es una condición obligatoria al optar por el Fondo de Cesantía Solidario para el financiamiento de su Seguro de Cesantía. La certificación en la Bolsa Nacional de Empleo es obligatoria y su incumplimiento es causal de no pago del beneficio.
Bolsa Nacional de Empleo (BNE): debe tener activa su cuenta en la BNE y aceptar oportunidades laborales y de capacitación. Una vez que reciba el correo de BNE, active su cuenta dentro de 96 horas. Recibirá ofertas laborales y de capacitación en su correo electrónico o SMS.
¿Cuándo se Pagan los Beneficios?
El seguro de cesantía establece un calendario específico para el cobro de los beneficios, el cual está determinado por la AFC.
- Giros de cuenta individual: Los días 3, 13 o 23 de cada mes.
- Fondo de Cesantía Solidario: Los días 30 de cada mes o el día 13 del mes siguiente.
El primer pago del seguro de cesantía se realizará, como mínimo, 30 días después de finalizar la relación laboral.
Información Adicional
Si usted fue contratado antes del 2 de octubre de 2002, puede afiliarse voluntariamente al Seguro de Cesantía. El trámite se realiza llenando el formulario de afiliación al que puede acceder con su Clave Única. En 5 días hábiles, AFC le responderá si su solicitud fue aceptada o rechazada.
En caso de licencias médicas transitorias, la cotización del 0,6% la retiene y paga la entidad a cargo del Subsidio de Incapacidad Laboral (Isapre, Fonasa, mutuales) durante el tiempo que dure la licencia.
Además AFC traspasará su cotización previsional correspondiente al porcentaje del monto de sus pagos del Seguro de Cesantía. Si usted se encuentra acogido(a) al Fondo de Cesantía Solidario, AFC pagará automáticamente la AFP considerando la cotización previsional correspondiente al 10% del monto de los pagos del Seguro de Cesantía.
También tiene la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de pensión de AFP.
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