La escala de remuneraciones en el sector público chileno comprende la suma mensual de las contraprestaciones en dinero que un funcionario debe recibir en razón de su empleo o función, pagadas de forma habitual y permanente. Esto se refiere a la remuneración bruta, sin los descuentos legales correspondientes.

Es importante tener en cuenta que en la escala de sueldos no se incluyen las contraprestaciones eventuales y accidentales ni las afectas a fines determinados. Ejemplos de estas son la asignación familiar, los aguinaldos y las horas extraordinarias, cuando no tienen el carácter de permanentes. Tampoco se incluyen ciertos derechos estatutarios que constituyen beneficios indemnizatorios, como los viáticos, asignación de zona, asignación de zona extrema y bono de escolaridad.

Asimismo, no se consignan aquellas contraprestaciones que corresponden en atención a la situación personal de cada funcionario, tales como los bienios (antigüedad). Éstas se informan, respecto de cada funcionario en particular, en la plantilla de personal que corresponda.

Componentes del Sueldo Base

El sueldo base de una enfermera en el grado 13 se compone de varios elementos, incluyendo:

  • Sueldo Base (DL.3.551)
  • Incremento Remuneración (Art.1 DL.3.501/80)
  • Aporte Fiscalización (DL.3551)
  • Bonificación Salud (Ley. 18.566)
  • Bonificación AFP (Art.10 L.18.675)
  • Asignación Única (Art.4 L.18.717)
  • Asignación (LEY N°18.091)
  • Asignación Especial (Art.

Incentivos y Bonificaciones

Además del sueldo base, las enfermeras pueden recibir diversos incentivos y bonificaciones, que dependen del cumplimiento de metas y de la calificación del funcionario. Algunos de estos incentivos incluyen:

  • Incentivo: Asignación Desempeño Institucional (Art. 9 Ley N° 20.212)
  • Incentivo: Bonificación Compensatoria Bono Desempeño Institucional (Art. 12 Ley N° 20.212)
  • Incentivo: Bono Desempeño Individual (Art.

Las asignaciones por Desempeño Institucional y la Bonificación Compensatoria se pagan trimestralmente en marzo, junio, septiembre y diciembre.

La base de cálculo para la Asignación Desempeño Institucional es: Sueldo Base + Asignación de Fiscalización Art.6 DL 3.551 + Asignación única Art.4 Ley 18.717 + Asignación Art.

La base de cálculo para el Bono Desempeño Individual es: Sueldo Base + Asignación de Fiscalización Art.6 DL 3.551.

Reajustes

A partir del 01/12/2016, se reajustó la escala de sueldos en un 3.2% según la Ley N° 20.975 que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala y concede otros beneficios que indica.

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