La presente escala comprende la suma mensual de las contraprestaciones en dinero que para cada grado (o contrato por jornadas) debe recibir un funcionario en razón de su empleo o función pagadas habitual y permanentemente, sin los descuentos legales que correspondan (remuneración bruta).

Para entender la estructura del sueldo de una enfermera grado 16 en Chile, es necesario considerar diversos componentes que, sumados, conforman la remuneración total. A continuación, se desglosan los elementos clave que influyen en el cálculo del sueldo.

Componentes del Sueldo Base

Para los datos del mes de Enero 2018, la información sobre Escala de Remuneraciones no registra modificaciones.

Elementos que componen el sueldo base:

  • Sueldo Base (DL.3.551): Monto base según el grado del estamento.
  • Incremento Remuneración (Art.1 DL.3.501/80): Incremento salarial establecido por ley.
  • Aporte Fiscalización (DL.3551): Aporte relacionado con la función de fiscalización.
  • Bonificación Salud (Ley. 18.566): Bonificación relacionada con el sector salud.
  • Bonificación AFP (Art.10 L.18.675): Bonificación destinada a la AFP.
  • Asignación Única (Art.4 L.18.717): Asignación adicional de carácter único.
  • Asignación (LEY N°18.091): Asignación establecida por ley.
  • Asignación Especial (Art.): Asignación especial según corresponda.

Incentivos y Bonificaciones Adicionales

Para los datos del mes de Enero 2018, la información sobre Escala de incentivos y metas no registra modificaciones.

Además del sueldo base, las enfermeras pueden acceder a diversos incentivos y bonificaciones que incrementan su remuneración total:

  • Incentivo: Asignación Desempeño Institucional (Art. 9 Ley N° 20.212): Incentivo por el desempeño de la institución.
  • Incentivo: Bonificación Compensatoria Bono Desempeño Institucional (Art. 12 Ley N° 20.212): Bonificación compensatoria relacionada con el desempeño institucional.
  • Incentivo: Bono Desempeño Individual (Art.): Bono por el desempeño individual.

La base de cálculo para la Asignación Desempeño Institucional es: Sueldo Base + Asignación de Fiscalización Art.6 DL 3.551 + Asignación única Art.4 Ley 18.717 + Asignación Art.

La base de cálculo para el Bono Desempeño Individual es: Sueldo Base + Asignación de Fiscalización Art.6 DL 3.551.

El monto de la Bonificación Compensatoria Bono Desempeño Institucional es variable según requisitos.

Consideraciones Adicionales

Asimismo, no se consignan aquellas contraprestaciones que correspondan en atención a la situación personal de cada funcionario, tales como los bienios (antigüedad). Éstas se informan, respecto de cada funcionario en particular, en la plantilla de personal que corresponda.

Es importante tener en cuenta que:

  1. No se contemplan las contraprestaciones eventuales y accidentales y las afectas a fines determinados, tales como: la asignación familiar, los aguinaldos y las horas extraordinarias, cuando no tienen el carácter de habituales y permanentes, y ciertos derechos estatutarios que constituyen beneficios indemnizatorios, como los viáticos y el bono de escolaridad. Esto de acuerdo a lo establecido por la CGR (entre otros, dictamen N°25.275 de 2005).
  2. Las Asignaciones indicadas se cancelan trimestralmente en los meses de: marzo, junio, septiembre y diciembre respectivamente.

Reajuste de Sueldos

A partir del 01/12/2016, se reajusta la escala de sueldos en un 3.2% según la Ley N° 20.975 que otorga reajuste de remuneraciones a los trabajadores del sector público, concede aguinaldos que señala y concede otros beneficios que indica.

TAG: #Sueldo

Lea también: