El presente artículo estudia la identidad de los veteranos chilenos mediante el análisis del derrotero de un colectivo que, paradójicamente, ostentaba singulares beneficios económicos por parte del Estado: los inválidos de guerra. Una aproximación preliminar permite sostener que a partir de 1884, inválidos y mutilados fraguaron en forma paulatina una identificación mediada por diversas experiencias de guerra y posguerra, y surgida de la categorización que el Estado realizó de los soldados incapacitados con la Ley de Recompensas Militares de 1881.

Así, se exponen los antecedentes y disposiciones de la normativa legal, su aplicación nacional y las inconsistencias que presentaba. Al respecto, se conjetura que los discapacitados interiorizaron la tipificación legal de “invalidez” sobre la conjunción de experiencias de preguerra, guerra y posguerra, formando asociaciones mutuales que, definidas por la reformulación de la categoría oficial de “inválido” de guerra, permitieron el surgimiento de identidades entre los excombatientes.

Con este estudio se pretende superar el aislamiento de los excombatientes y veteranos en el quehacer historiográfico, integrándolos con el movimiento mutualista chileno. Asimismo, se busca entregar alternativas explicativas de los complejos procesos de formación identitaria de nuevos colectivos mediante la comprensión de las profundidades históricas que subyacen a las consecuencias sociales y políticas de las guerras nacionales.

Contexto Histórico y Social

La historiografía social chilena ha definido la Guerra del Pacífico (1879-1884) como una “experiencia liberadora” para los miembros de los sectores populares reclutados en el Ejército y Marina. La concientización pareció trascender a los excombatientes provenientes del artesanado. La percepción también surgió entre el “bajo pueblo”, que dio cuenta de su capacidad histórica con un enrolamiento masivo en las filas militares, demostrando a la élite que “los ‘rotos’ también podían inflamarse de patriotismo y glorificar la nación”. En efecto, la posguerra trajo consigo una reconfiguración de las identidades populares.

Siguiendo esto último, los estudios sobre las consecuencias del conflicto han abordado la acción colectiva de los excombatientes como una respuesta a contradictorias condiciones socioeconómicas de la posguerra, que recibieron la denominación de “pago de Chile”. Las precarias condiciones de existencia se extendieron a una parte de los antiguos reclutas que, carentes en su mayoría de estabilidad laboral y económica, advirtieron cambios radicales, pero temporales, tras su movilización militar. Con el fin del conflicto, se habrían convertido en un problema nacional, recibiendo reconocimientos públicos que posibilitaron un prestigio social que no se extendió en el largo plazo.

Por ello, el retorno a sus actividades cotidianas fue acompañado por un reclamo persistente por mayores retribuciones tras los servicios prestados al país, organizando sociedades de socorros mutuos que desplegaron discursos que evocaban la participación en una victoria militar que había permitido la prosperidad económica de la nación. En un escenario donde se reconfiguran las identidades de los sectores populares azotados por la “cuestión social”, es factible problematizar el cómo se manifiesta el “pago de Chile”, qué respuestas o adaptaciones surgen por parte de los excombatientes para enfrentar las precarias condiciones de existencia y cómo los antiguos reclutas se insertan en los procesos de politización de los trabajadores.

En tal sentido, se advierte lo que sucedió con los exmovilizados que decidieron fundar agrupaciones de socorros mutuos durante los primeros años de posguerra. ¿Quiénes impulsaron la organización mutual como principal forma de asociatividad entre los desmovilizados? ¿Qué factores influyeron en el surgimiento de la identidad de los excombatientes?

La Ley de Recompensas Militares de 1881

Durante la Guerra del Pacífico, el sistema de enrolamiento no estipulaba la concesión de beneficios previsionales en caso de inhabilidad física permanente. En efecto, la movilización acaparó un número importante de hombres que, provenientes de diversos grupos sociales, conformaron una compleja heterogeneidad entre la tropa. La victoria en los campos de batalla forzó a la élite a declarar que la participación de los sectores populares había sido clave en el triunfal proceso. En un principio, pareció que aquella inclusión no se desmarcaría del tradicional discurso que había impregnado las victorias en las guerras de Independencia y contra la Confederación Perú-Boliviana.

Así, cuando una parte del Ejército que había ocupado Lima arribó a Valparaíso, en marzo de 1881, los discursos receptivos de los agentes del Estado destacaron el heroísmo de los soldados, la gloria de los caídos y la épica de los triunfos militares. No obstante, la élite mostró un interés por lidiar con las exigencias que la guerra presentaba más allá de lo militar, político y económico. Posiblemente, las características modernas de la guerra, la posibilidad de los soldados de exteriorizar sentimientos y aspiraciones a través de la queja y el reclamo escrito, la crítica de periodistas y satíricos, influyeron para que los parlamentarios formularan una recompensa legal distinta del eslogan de “beneméritos de la patria”.

Una legislación sustentada en la redención social de las víctimas de la guerra era, en muchos sentidos, una tarea difícil. El Congreso dispuso “se hiciera un estudio sério de la materia”, mediante la creación de una comisión conformada por “varios de sus miembros preparados para llevar a los debates los datos i explicaciones indispensables en un proyecto de naturaleza tan compleja”. Como cuestión de hecho, fueron propuestas alternativas individuales -provenientes de legislativos que no formaban parte de la comisión- para saldar las “graves dificultades” que suponía presentar un proyecto de ley viable. Uno de ellos, Eulogio Allendes, entendía que un soldado “no tiene ascenso” (militar) y que al retornar a Chile lo hacía “en la misma o peor condicion que la que tenía el abandonar su casa”.

Esta perspectiva ilustra el poder de la representación que se tenía de los sujetos que, hasta entonces, habían formado parte de las filas del Ejército, especialmente de los que ocupaban la base del escalafón jerárquico (sargentos, cabos y soldados). Aclarando “los vastos i complejos antecedentes que debian servir de fundamento a sus resoluciones”, los parlamentarios propusieron un proyecto que tomaba en cuenta, con “madurez” y “particular prevision”, la “estension de [las] nuevas cargas que tiene que soportar el Estado en las delicadas circunstancias actuales”.

En definitiva, estos gravámenes provenían de la hipotética beneficencia que hacían tres grupos específicos: los soldados desmovilizados, las viudas y huérfanos, y los heridos con secuelas físicas permanentes. El 22 de diciembre de 1881 fue aprobada la Ley de Recompensas Militares para el Ejército y la Armada, que limitó el concepto de ‘inválido’ al soldado que hubiese sufrido pérdida anatómica, lesión o merma de cualquier órgano o de sus funciones como resultado de heridas recibidas en batalla o accidentes en cumplimiento del servicio en campaña.

Implementación y Desafíos de la Ley

La Ley de Recompensas Militares determinó la constitución de una oficina gubernamental dedicada a la aplicación de sus artículos. Los interesados seguían el proceso oficial de acuerdo con su escalafón militar. Los oficiales presentaban una petición escrita, constancia de herida en campaña, informe de invalidez (elaborado por una comisión de tres cirujanos) e informe del jefe de la OT. En un primer momento, la ley tendría la vigencia de un año. Sin embargo, la continuidad del conflicto en la sierra central peruana y el incremento gradual de los hipotéticos beneficiados forzó varias prórrogas del decreto, que extendieron el proceso para certificar la invalidez. Poco antes de la Guerra Civil de 1891, la OT continuaba extendiendo certificados a los últimos heridos rezagados.

Eran múltiples las razones del prolongado proceso de certificación. Por un lado, existían “familias de las mas desvalidas que, por residir en departamentos lejanos, por falta de recursos o por ignorar la muerte de sus deudos” no presentaban a tiempo sus solicitudes. Por otro, se hablaba de “la ignorancia de la jente del pueblo”, que no comprendía “las dificultades i dilataciones que la Lei de Recompensas ofrece”. Asimismo, debía lidiarse con la lenta recuperación de los heridos. En 1883, Francisco Barceló, director de la OT, afirmaba que se habían “presentado como treinta heridos pidiendo el sumario de invalidez”, demorados por “haber estado enfermos en sus casas” o “en los distintos hospitales de las provincias”. Por último, muchos colisionaron con la arbitraria negativa de algunos jefes militares para conferir pasajes ferroviarios gratuitos a Santiago, único lugar en el que se podía continuar el proceso de certificación.

Del mismo modo, surgieron voces disonantes sobre el acceso a los beneficios de la norma que llamaron la atención de la prensa. Ciertos círculos definían la Ley de Recompensas como “una mala broma para los veteranos”, que debían enfrentarse a “la maraña burocrática del Estado”. El trámite iniciaba con una solicitud escrita para obtener una cédula de invalidez ante la OT o cualquier Comandancia General de Armas del Ejército. Si la unidad del solicitante se encontraba disuelta, la repartición militar era la encargaba de acreditar la identidad del interesado y certificar las razones por las que había sido baja durante la guerra. A su vez, si el batallón o regimiento aún se encontraba en territorio peruano, la responsabilidad del sumario recaía en algún oficial de la unidad en campaña.

Al ordenarse la instrucción del sumario, se llamaba a declarar a tres testigos que hubiesen conocido al solicitante durante o después de recibir la herida. Dictada la resolución del fiscal, el expediente era remitido a Santiago, y si era aceptado, el sujeto debía presentarse ante la comisión de cirujanos para el examen y certificación médica. En la práctica, la tramitación de numerosos expedientes (de soldados) tropezó con dificultades de toda índole. Las “crudas acciones de guerra”, conjugadas con “un servicio médico lijeramente organizado”, influyeron para que el traslado de muchos heridos a “las distintas provincias del Sur” fuese realizado “casi inmediatamente despues de una accion de guerra”.

No obstante, la OT también debió descartar las solicitudes que no cumplían con los requisitos establecidos por la ley. En 1886, Benito Urrutia pidió ser beneficiado por una herida que aseguraba haber recibido durante la batalla de Tacna. Tras examinarlo, la comisión médica estableció que la lesión había sido ocasionada “por arma de fuego en la parte esterna del muslo derecho” y que “por los dolores que suele producirle la cicatriz de esa herida, debe considerársele inválido relativo”. Los registros oficiales no lo ubicaban entre los componentes del Ejército que habían luchado en el Campo de la Alianza (batalla en la que señalaba haber sido herido), pues fue incorporado al batallón Chillán meses antes del inicio de la campaña sobre Lima. Sin tomar en cuenta este dato, en junio de 1881 se le concedió la cédula respectiva por la “fractura de una pierna, sufrida por el choque contra el muelle de Pisco de la lancha donde desembarcó en ese puerto”.

Este largo proceso de tramitación estuvo condicionado por las causales de retraso mencionadas más atrás y por el excesivo centralismo del Estado. Mientras los interesados debían presentarse en la capital en numerosas ocasiones “para ser reconsiderados de su invalidez o bien para que se les suministre el correspondiente aparato ortopédico”, muchos expedientes quedaban sin dictamen final al ser “abandonados por los peticionarios”. Algunos periódicos de la capital llamaban a descentralizar el proceso de acreditación de invalidez para que los interesados de provincia pudiesen acceder a los beneficios.

De esta manera, en mayo de 1882, el Comandante General de Armas de Coquimbo delegó a un par de oficiales, bajo la propuesta de que fuesen incorporados como auxiliares de la OT, para que levantasen “los sumarios a los individuos que por consecuencia de las heridas recibidas en funcion de guerra han quedado inválidos, de los diferentes cuerpos de la Guardia Nacional puestos en receso, asi como de los del Ejército que se hallan en igual caso”.

Una vez concedida la pensión, el Estado procuraba mantener el control del lisiado a través de su integración en el Cuerpo de Inválidos del Ejército. En esta repartición, el retirado cobraba su pensión y, al mismo tiempo, continuaba supeditándose a la conducta, doctrina y disciplina militar. Antes de cualquier diligencia administrativa, el soldado debía ser examinado por la comisión de cirujanos, la que determinaba el tipo de invalidez y si se requería de “los aparatos ortopédicos necesarios para suplir artificialmente los miembros mutilados”. En Chile, las prótesis para mutilados de guerra fueron un avance inusitado en el tratamiento médico. Antes del segundo conflicto con Perú y Bolivia, ninguna legislación había determinado la entrega de miembros artificiales a soldados inutilizados durante el servicio militar.

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