Una de las principales preocupaciones de todo empleador es cumplir a cabalidad con las obligaciones legales en lo que a remuneraciones respecta. Ya sea que seas un empleador o un empleado contratado, hay muchos términos que debes conocer y dominar. Sueldo líquido, sueldo bruto, remuneraciones, entre otros. Al principio pueden parecer similares, pero cada uno es diferente y cumple una función específica. En este artículo, te explicaré todo sobre el sueldo bruto para que entiendas cómo se diferencia de los demás (es crucial).

¿Qué es el Sueldo Bruto?

Es la suma total del sueldo base más el total de haberes y asignaciones. En otras palabras, es el sueldo del trabajador antes de los descuentos legales. Es el monto que el empleador acuerda pagarle a un trabajador, y queda establecido en el contrato de trabajo.

Los principales descuentos que se le hacen al sueldo bruto son:

  1. Seguridad social del empleado
    • Cotización previsional (AFP): es un ahorro para la jubilación del empleado y equivale al 10% del salario mensual más la comisión que cobra la AFP que oscila entre 0.41% y 1.54%.
    • Plan de salud (Isapre o Fonasa): equivale al 7% del total del sueldo imponible.
    • Cotización Voluntaria y Cuenta de Ahorro (AFP o APV): se refiere a un ahorro previsional que el empleado hace de manera voluntaria y que se descuenta de su salario mensual si así lo quiere. Este monto no puede ser mayor al 30% del salario
    • Seguro de Cesantía: es un seguro de la AFC en caso de desempleo. Para este el empleado con contrato indefinido, tiene que aportar el 0,6% de su remuneración imponible. Si fuera contrato fijo, tu como empleador debes asumir el 3% de la remuneración de tu colaborador.
  2. Impuesto sobre la renta o Impuesto Único de Segunda Categoría

    Se trata de un impuesto mensual que se aplica a pensionados y trabajadores dependientes que no tienen más ingresos que su trabajo. Aplica para salarios de más de 13,5 UTM después de descontadas las cotizaciones de AFP, salud y cualquier ingreso no remuneracional.

  3. Otros
    • Ausencias injustificadas
    • Préstamos
    • Cuotas sindicales
    • Entre otras

¿Qué es la Base Imponible?

El sueldo imponible hace referencia a los ingresos del trabajador, considerados por la ley como remuneraciones. Al respecto, el artículo 41 del Código del Trabajo dice que son "las contraprestaciones en dinero y las adicionales en especie avaluables en dinero que debe percibir el trabajador del empleador por causa del contrato de trabajo". El sueldo imponible equivale a la remuneración de un trabajador sobre la cual se descuentan los montos correspondientes al ahorro previsional y salud.

El sueldo imponible corresponde al resultado de la suma de todos los ingresos del trabajador: sueldo base, comisiones, gratificaciones y bonos. Este monto final (sueldo imponible) servirá de base para el cálculo de los descuentos de salud y AFP.

También se debe considerar el seguro de cesantía, que corresponde al 3% de la remuneración imponible. Sin embargo, este porcentaje puede ser descontado del sueldo del trabajador solo si este tiene contrato indefinido. Siendo así, el empleador debe aportar el 2,4% y el trabajador -de su sueldo- el 0.6% restante.

Componentes de la Base Imponible

  • Sueldo base: Es la contraprestación fija que recibe el trabajador a cambio de las labores pactadas en el contrato de trabajo. Es la remuneración mensual fija que acordaste con tu trabajador en el contrato. Es decir a diferencia del sueldo bruto esta:
    • No incluye los beneficios, como colación, movilización, asignación familiar.
    • No incluye las gratificaciones legales, como el 25% del sueldo base o 4,75 veces el sueldo mínimo.
    • No incluye los descuentos previsionales, como AFP, seguro de cesantía, isapre o Fonasa.
  • Sobresueldo: Corresponde a las horas extras. Las tienes que calcular considerando una jornada de 45 horas y con un recargo de 50% del monto.
  • Gratificación: Es una parte de las utilidades que el empleador entrega al trabajador por algún motivo en específico. Es una remuneración proporcional a las utilidades de la empresa en tiempo determinado. El artículo 47 del Código de Trabajo, dice que debe cancelarse en un porcentaje no inferior al 30% de las utilidades.
  • Comisiones: El SII cobra un porcentaje de estas comisiones por sobre el precio de venta o compras de clientes u otro tipo de operaciones. En general lo calculas sobre el precio de venta al público (valor neto) y excluyes el Impuesto al Valor Agregado (IVA), a no ser que hayas pactado con ellos expresamente que el impuesto se paga sobre precio bruto de la venta, dice la DT.
  • Bonos: En el caso de que hayas pactado con tu trabajador este tipo de remuneración imponible en el contrato de trabajo (sea individual o colectivo).

¿Cómo se Calcula el Sueldo Imponible?

El sueldo imponible resulta de restar del sueldo bruto los ingresos que no constituyen remuneración o simplemente de sumar el sueldo base más gratificaciones, horas extras, comisiones, bonos y demás ingresos que constituyan remuneración.

Fórmula: Sueldo Base + Comisiones + Gratificaciones + Bonos + Horas Extras = Sueldo Imponible

Ejemplo Práctico

Sandra trabaja en una librería y recibe mensualmente como sueldo base la suma de $520.000. Además, cada mes recibe un bono por $50.000, la gratificación por $55.000 y $80.000 por horas extras. Todos los ingresos de Sandra suman una cantidad de $705.000 mensuales, los cuales corresponden a su sueldo imponible.

Es decir:

  • Sueldo base: $520.000
  • Bono: $50.000
  • Gratificación: $55.000
  • Horas extras: $80.000
  • Sueldo Imponible: $705.000 (Total de ingresos)

Con este monto se calcularán las imposiciones en forma de descuentos que se aplican al sueldo imponible.

¿Qué son los Haberes Legales?

Son todos aquellos descuentos que haces sobre el salario bruto de tus trabajadores que debes pagar por una jornada laboral ordinaria. Algunos de estos haberes son imponibles (pagan impuestos) y otros corresponden a descuentos que podrían o no tributar al Fisco, dependiendo del contrato de trabajo que tengan.

¿Qué descuentos pagan impuestos?

  • Cotizaciones AFP: Es el 10% del sueldo bruto más el porcentaje correspondiente a la comisión que hay que pagarle a la empresa administradora de estos fondos (AFP).
  • Cotización de Salud: Es el 7% de la base imponible si es Fonasa o el equivalente en UF si tus colaboradores pagan un plan de salud en una isapre.
  • Impuesto Único de Segunda Categoría: Es un tributo progresivo mensual que pagan todos los trabajadores dependientes (con contrato), pensionados o montepiados sujetos y aplica sobre sueldos, salarios y pensiones que excedan las 13,5 UTM. Si bien el impuesto lo pagan ellos, el trámite lo haces tú ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) como su empleador.
  • Seguro de Cesantía: Es un derecho laboral que corresponde al 0,6% del sueldo base imponible y aplica a los sueldos de trabajadores con contratos regidos por el Código del Trabajo (al inicio fue solo para contratos indefinidos), bajo el Estatuto de los Asistentes de la Educación Pública o los contratos de trabajador(a) de casa particular, explica la Administradora de Fondos de Cesantía de Chile (AFC)
  • Días ausentes: Licencias médicas, ausencias no justificadas, o fracción si comenzó a mediados de mes. También aplican los minutos u horas no trabajadas de una jornada laboral ordinaria debido a retrasos para aquellos contratos que exigan registro de asistencia y cantidad de horas cumplidas, explica la Dirección del Trabajo (DT). Es un descuento legal y debe quedar expresamente indicado en la liquidación de sueldos.

¿Qué son los Descuentos Adicionales?

Son montos optativos porque no siempre las empresas las ofrecen o pactan con todos los trabajadores por igual. También varían según el tipo de contrato, ya sea a plazo fijo o indefinido y la naturaleza del trabajo que realizan. Algunos pagan impuestos y otros no.

  • Pagan impuestos:
    • Comisiones de venta: el SII cobra un porcentaje de estas comisiones por sobre el precio de venta o compras de clientes u otro tipo de operaciones. En general lo calculas sobre el precio de venta al público (valor neto) y excluyes el Impuesto al Valor Agregado (IVA), a no ser que hayas pactado con ellos expresamente que el impuesto se paga sobre precio bruto de la venta, dice la DT.
  • No pagan impuestos:
    • Ahorro Previsional Voluntario (APV): Si ofreces un contrato de ahorro colectivo a tus trabajadores. tienes que considerar el descuento individual después de todos los descuentos legales
    • Pensión alimenticia: debes hacer este descuento en el caso de que tengas un trabajador que debe pagar pensión alimenticia ordenada por un tribunal. Depositas este dinero directamente en la cuenta del padre o madre, tutor o guardián que está a cargo legalmente de los beneficiarios de esta pensión (hijos).
    • Aportes sindicales: aplica en el caso de que tu Pyme cuente con más de 50 trabajadores y al menos 25 de ellos formen un sindicato, dice la Dirección del Trabajo.
    • Anticipos de sueldo: es un descuento voluntario porque acuerdas con tus trabajadores si haces este adelanto, de cuánto es y cuándo lo haces.
    • Préstamos: es un pacto entre tu empresa y los colaboradores si se hacen préstamos de dinero y cómo cobras después el dinero, con o sin intereses, cuando pagas los sueldos.
    • Créditos de Caja de Compensación: también es un descuento voluntario que no tributa al Fisco porque los trabajadores deciden si lo usan o no.
    • Asignación familiar: es un descuento que varía según el contrato de tu trabajador, dice la DT.

¿Cómo Calcular el Sueldo Líquido?

También se le conoce como sueldo neto y es un subproducto del sueldo bruto y del sueldo base. Lo calculas descontando las cotizaciones previsionales (plan de salud en la Isapre o cobertura Fonasa, AFP y Seguro de cesantía), y a ese monto le restas las siguientes cantidades: Impuesto Único de Segunda Categoría, días ausentes, multas, descuentos legales y voluntarios, cualquier otro monto que hayas acordado con tu trabajador.

Pasos para Calcular el Sueldo Líquido:

  1. Calcular el Sueldo Bruto (Sueldo Base + Haberes + Asignaciones).
  2. Descontar las cotizaciones previsionales:
    • Salud (7%)
    • AFP (10%)
    • Seguro de Cesantía (3%)
  3. El monto resultante se llama monto afecto a impuesto.
  4. Descontar:
    • Impuesto Único de Segunda Categoría
    • Días ausentes
    • Horas extra
    • Descuentos adicionales
    • Cualquier otro monto que hayas acordado con el trabajador
  5. ¡Una vez que restes estos números, tendrás el sueldo líquido!

Diferencia entre Sueldo Bruto y Sueldo Líquido (Neto)

Como te habrás dado cuenta, el sueldo bruto es el que pagas antes de restar las retenciones legales y los impuestos. El salario líquido (neto) es lo que realmente recibes.

Ejemplo

Si pagas $814.130 mensuales, ese es el salario bruto. Si a este monto se le descuentan impuestos, salud y pensión, entre otros que pueden ser aproximadamente de $122.119, el sueldo líquido para esta persona será de $692.010.

Fórmula: Sueldo bruto $814.130 - retenciones $122.119 = sueldo líquido $692.010

Ejemplo Completo: Cálculo de Sueldo Líquido

Juan tiene un sueldo base de $400.000. Además, recibe $50.000 por comisiones y otros $40.000 de bono por rendimiento. Esto equivale a una renta imponible de $490.000. Aunque Juan también recibe $80.000 en bonos de transporte y colación, es importante saber que estos ítems no son imponibles (como tampoco los viáticos, prestaciones familiares, movilizaciones, etc.). Por lo tanto, no se incluyen dentro de la fórmula.

¿Por Qué es Importante Calcular Bien el Sueldo Bruto?

  • Para mantener una buena relación con los empleados.
  • Para llevar una administración financiera adecuada de la empresa.
  • Para cumplir con los requisitos que la ley exige.
  • Permite apoyar a los trabajadores que postulan a subsidios del Estado como el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG) y actualizar sus fichas en el Registro Nacional de Hogares.
  • Cuando contratas trabajadores nuevos, el sueldo bruto es uno de los datos que estos necesitan para postular al IFE Laboral, un aporte económico que incentiva a las empresas contratar.
  • Los inspectores de la Inspección del Trabajo revisarán tus cálculos de sueldo bruto cuando te fiscalicen si reciben un reclamo o demanda laboral en contra de tu empresa.
  • El sueldo bruto es una cuenta por pagar y como tal debe aparecer claramente en tu balance general cada mes.

Otros Tipos de Sueldos en Chile

  • Sueldo Mínimo: Es el ingreso mínimo mensual que por ley deben recibir todos los trabajadores mayores de 18 años que laboran a jornada completa en Chile. Gracias a la nueva Ley N° 21.456 desde el 1 de enero del 2023 este corresponde a $410.000 mensuales.
  • Sueldo Fijo: Es un tipo de salario que es periódico, estable en tiempo, por ende no varía bajo ninguna circunstancia. Puede ser semanal, quincenal, o mensual. Queda definido en el contrato de trabajo o en el acuerdo de servicio a honorarios. Por ejemplo, si pactas con tu trabajador un sueldo base, este es fijo no importa si la empresa gana o pierde ingresos en el periodo. Tampoco está afecto a ajustes en la inflación o a objetivos asociados con el cargo de tu colaborador.
  • Sueldo Variable: Es un tipo de ingreso salarial cuyo monto puede variar según parámetros o indicadores relacionados con el trabajo del empleado. Esto significa que se le paga un sueldo fijo base y un porcentaje adicional en concepto de comisiones si cumple con un objetivo o indicador específico. El salario variable suele estar casi siempre asociado con un salario fijo, especialmente en aquellos trabajos que ofrecen incentivos como comisiones de venta, bonos de producción o bonos de desempeño anuales.

Tabla Resumen de Tipos de Sueldos

Tipo de Sueldo Descripción
Sueldo Bruto Suma total antes de descuentos legales (AFP, Salud, Impuestos).
Sueldo Líquido Monto final que recibe el trabajador después de todos los descuentos.
Sueldo Base Remuneración mensual fija acordada en el contrato de trabajo.
Sueldo Mínimo Ingreso mínimo mensual legal para trabajadores a jornada completa.
Sueldo Fijo Salario periódico y estable que no varía.
Sueldo Variable Ingreso que varía según parámetros o indicadores de desempeño.

Consejos para el Cálculo Correcto del Sueldo Líquido

  • Si te complica hacer este cálculo porque no tienes un contador y te haces cargo de las cuentas de la Pyme, te recomiendo asesorarte con un contador para que salgas de las dudas y luego sigas haciendo los pagos adecuadamente.
  • Ten en cuenta que el cálculo de estos montos también varía según las fechas de pago que hayas acordado con tus trabajadores, que pueden ser diario, semanal, quincenal o mensual.
  • Si aún estás en la duda de si el sueldo líquido es el que corresponde, será mejor que consultes directamente con la Dirección del Trabajo, sobre todo si tienes que calcular un monto de indemnización legal.

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