La presente escala comprende la suma mensual de las contraprestaciones en dinero que para cada grado (o contrato por jornadas) debe recibir un funcionario en razón de su empleo o función pagadas habitual y permanentemente, sin los descuentos legales que correspondan (remuneración bruta).
Es importante tener en cuenta que no se contemplan las contraprestaciones eventuales y accidentales y las afectas a fines determinados, tales como: la asignación familiar, los aguinaldos y las horas extraordinarias, cuando no tienen el carácter de habituales y permanentes, y ciertos derechos estatutarios que constituyen beneficios indemnizatorios, como los viáticos y el bono de escolaridad. Esto de acuerdo a lo establecido por la CGR (entre otros, dictamen N°25.275 de 2005).
Asimismo, no se consignan aquellas contraprestaciones que correspondan en atención a la situación personal de cada funcionario, tales como los bienios (antigüedad). Éstas se informan, respecto de cada funcionario en particular, en la plantilla de personal que corresponda.
Componentes del Sueldo Base y Asignaciones
El sueldo de un bibliotecario municipal se compone de varios elementos, incluyendo el sueldo base y diversas asignaciones. A continuación, se detallan algunos de estos componentes:
- Incremento DFL 3501
- Asignación Fiscalización D.L.8 / 80
- Asignación Ley 18.566 Artículo 3
- Asignación Ley 18.675 Artículo 10
- Asignación Ley 18.717 Artículo 4
- DL 773 / 74
- Asig. Direccion Superior Ley 19.863
- Asig. Esp. Fija Ley 19.646
- Bon. Asig.
Bonificaciones e Incentivos Adicionales
Además del sueldo base y las asignaciones, los bibliotecarios municipales pueden acceder a diversas bonificaciones e incentivos, que dependen del cumplimiento de metas y la evaluación del desempeño.
- Incremento por Desempeño Colectivo (Ley 20.212): Dependerá del cumplimiento de las metas establecidas para el S.I.I. y que el funcionario cumpla los requisitos establecidos en la ley 19.882.
- Asignación Gestión Tributaria (Ley 19.646): Dependerá de la calificación del funcionario, requisito establecido en la ley 19.646.
- Bonif. Asig. Variable (Ley 19.646): Dependerá de la calificación del funcionario, requisito establecido en la ley 19.646.
- Incentivo Art.12 (Ley N° 19.041): Dependerá del cumplimiento de las metas establecidas para el S.I.I. y que el funcionario cumpla los requisitos establecidos en la ley 19.041.
- Bonif. Especial (Ley 20.431): Dependerá de la calificación del funcionario, requisito establecido en la ley 20.431.
- Premio de Excelencia (Ley 19.882): Dependerá del resultado del concurso entre entidades públicas. El Servicio Civil informa qué Servicios ganan este premio.
- Bonif. (Ley 19.882)
TAG: #Sueldo

