La Seguridad Social tiene por objeto proteger la vida de las personas desde su nacimiento hasta su vejez de modo tal que puedan enfrenten las contingencias y riesgos de manera digna y conforme a los derechos humanos.

Sistema de Pensiones: AFP

En Chile existe un sistema de capitalización individual en virtud del cual cada trabajador dispone de una cuenta propia individual donde mes a mes se depositan sus cotizaciones. La comisión por administración varía según la AFP.

Seguro de Cesantía

Se trata de un seguro que tiene por finalidad proteger la contingencia de desempleo. Todos los trabajadores tienen derecho a este seguro en la medida que se rijan por el Código del Trabajo, afiliándose automáticamente en caso de que el contrato laboral haya comenzado a partir del 2 de octubre del año 2002.

Sistema de Salud: Fonasa e ISAPRES

Si decidiste pertenecer a Fonasa, la afiliación es automática, cuando eres trabajador dependiente (con contrato de trabajo). Luego de conocer el arancel o valor de la prestación o atención que recibirás, debes saber cuánto te bonificará Fonasa por cada prestación, y por tanto, cuánto deberás pagar tú en cada caso (copago). Es muy importante considerar que las Normas Técnicas del Arancel del FONASA, contemplan topes para algunas de sus prestaciones, que debes tomar en consideración.

Las ISAPRES (Instituciones de Salud Previsional) son instituciones privadas encargadas de financiar las prestaciones de salud y las licencias médicas. Las isapres reciben las licencias médicas y las autorizan o rechazan.

Protección Laboral

Durante la vida laboral los trabajadores podrían verse expuestos a accidentes que deriven en la invalidez e incluso el fallecimiento. Con ocasión del ejercicio laboral, los trabajadores pueden sufrir accidentes derivados de las labores prestadas, o bien, padecer enfermedades que emanan directamente del trabajo con el que sirven al trabajador.

Circulares y Normativas Relevantes

A continuación, se presentan algunas circulares y normativas relevantes que impactan el sistema de salud y las ISAPRES:

  • Circular IF/N°474 de fecha 22 de julio de 2024, acerca de "Instrucciones sobre el Plan Preventivo de Isapres (PPI)" cuyo objetivo es modificar las instrucciones sobre el Plan Preventivo de Isapres (PPI) fijando el marco que deberán seguir las instituciones de salud previsional, para elaborar sus planes, en cuanto a su estructura, condiciones generales de acceso y medidas de promoción, dando así cumplimiento al mandato legal contenido en el artículo 198 bis del DFL N°1, de 2005, del Ministerio de Salud, incorporado por la Ley 21.350 del año 2021, que ordena a esta Superintendencia dictar instrucciones para el establecimiento de dicho plan.
  • "Imparte instrucciones sobre porcentaje de cumplimiento de las metas del examen de medicina preventiva, establecidas en el artículo 198 bis, del D.F.L.
  • Instruye envío de archivo maestro para el control de la deuda por aplicación de la Tabla de Factores Única" cuyo objetivo es Establecer el envío de un Archivo Maestro que informe el movimiento mensual de la deuda y las restituciones derivadas de la aplicación de la TFU, individualizado por cotizante, con el propósito de contar con información periódica y detallada, que permita evaluar y fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones emanadas de la Ley N°21.674 y de la Circular IF/N°472, de 2024, el que deberá remitirse mensualmente a esta Superintendencia.
  • Instruye sobre el modo de hacer efectiva la adecuación de todos los Contratos de Salud Previsional a la Tabla Única de Factores, Restituciones, Ajuste Excepcional de la Cotización Legal Obligatoria, Plan de Pago y Ajustes, y otras materias que se indican, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 21.674.
  • Actualiza el plazo de vigencia del límite transitorio por emisor para boletas de garantía, establecido mediante Circular IF/N° 415 de 2022 y extendido a través de la Circular IF/N° 448 de 2023.
  • Imparte Instrucciones sobre el Reconocimiento contable de la Obligación de Restituir las Cantidades Percibidas en Exceso, producto de la Adecuación a la Tabla de Factores Única.

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