El Bono Mujer Trabajadora (BTM) es un beneficio en dinero que entrega el Estado a las mujeres trabajadoras y a los empleadores(as) que contratan mujeres, buscando promover la incorporación laboral femenina en los sectores más vulnerables.

¿Quiénes pueden postular al Bono Mujer Trabajadora?

Para postular al Bono al Trabajo de la Mujer, es fundamental cumplir con ciertos requisitos. ¿Quieres verificar si cumples con los requisitos de postulación?

  • Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
  • Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
  • Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población (según el Registro Social de Hogares).
  • Estar incorporada en el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Registrar renta y que ésta no exceda el valor mensual máximo establecido para el año calendario.

Requisitos para ser beneficiaria y recibir el pago

Para ser beneficiaria y recibir el pago del Bono Mujer Trabajadora, existen requisitos adicionales relacionados con la renta y el tipo de empleo.

  • Pago anual: percibir una renta bruta anual (2025) inferior a $7.948.180.
  • Pago mensual: percibir una renta bruta mensual (2025) inferior a $662.348.
  • Tener cotizaciones al día.
  • No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
  • Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que percibas el bono.

¿Cómo funciona el pago?

El pago del Bono Mujer Trabajadora se puede recibir de dos formas: anual o mensual. Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual. El Pago Anual se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.

En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.

Consideraciones importantes sobre el pago:

  • Por su fórmula de cálculo, no estás sujeta a devolución de dinero.
  • Son anticipos del pago anual. Solo se paga hasta el 75% del beneficio, pero a partir del cuarto año el porcentaje disminuye al 50%.
  • A mayor renta, el monto aumenta. El monto se mantiene constante. A mayor renta, el monto disminuye.
  • Depósito en Cuenta Rut o tu cuenta bancaria.
  • Retiro en efectivo en BancoEstado o ServiEstado, presentando tu cédula de identidad.
  • Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.

¿Cómo postular al Bono Mujer Trabajadora?

Postular al Bono al Trabajo de la Mujer es muy fácil. El primer paso para postular es contar con Clave Sence. Para solicitar este beneficio, las trabajadoras y sus empleadores deberán generar esta contraseña, recuperarla, modificarla, o bien, actualizar sus datos cuando sea necesario. Una vez generada, modificada o actualizada su Clave Sence, ya puede postular.

  1. Ingresa al sitio web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
  2. Debe hacer click en “Postula Aquí” y a continuación, ingresará al Sistema de Postulación del Bono al Trabajo de la Mujer.
  3. Debe hacer click sobre la opción “Postular”.

IMPORTANTE: Para ver el estado de sus solicitudes, debe ingresar al “Expediente Electrónico”.

¿Cómo cambio mis datos para recibir pago por depósito?

Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.

¿Qué hacer si tienes un pago suspendido?

Si tienes un pago suspendido, sigue estos pasos:

  1. Debes ingresar a buzonciudadano.sence.cl e ingresar tu RUT y Clave Sence.
  2. Completa los datos del formulario de solicitud y atención. Recuerda seleccionar la opción "Pregunta" en el campo "tipo de solicitud".
  3. En el campo "descripción", escribe el periodo (mes o año) en el que el pago ha sido suspendido.
  4. Adjunta la documentación requerida. En el campo "documento opcional", adjunta en un solo archivo todos los documentos timbrados y firmados.
  5. Finaliza tu solicitud. Después de ingresar el código de validación, el sistema entregará un número de solicitud.

En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.

Otras consideraciones importantes:

  • En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido.
  • Si un mes no cumples con lo establecido para recibir el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), se revisarán los requisitos de pago de BTM, procediendo a pagar si corresponde.
  • En caso de que tu empleador se haya acogido a la Ley de Protección al Empleo, seguirás siendo beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM).

Devolución de montos percibidos en exceso

La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación. Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.

Es la devolución de montos percibidos en exceso generada cuando la suma de pagos provisionales mensuales es superior al monto del subsidio anual.

Renuncia a los programas SEJ y/o BTM por trabajadores

“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

Incentivo para empleadores

Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.

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