En AFP Modelo, estamos comprometidos con mantenerte informado de los distintos beneficios a los que puedes acceder para contribuir a tu bienestar. Uno de estos beneficios es el Bono por Hijo, entregado por el Estado a aquellas personas que tienen fondos, como un complemento a su pensión autofinanciada.
¿Qué es el Bono por Hijo?
El Bono por Hijo es un beneficio estatal disponible para todas las mujeres afiliadas al sistema de AFP que cumplan con los requisitos y que se pensionen a contar del 1° de julio de 2009.
A las mujeres afiliadas a una AFP, se les depositará este bono en su cuenta de capitalización individual, en el mes siguiente a aquel en que cumpla 65 años, formando parte del saldo del que se financia su pensión, siempre y cuando lo haya solicitado.
Se abona a tu cuenta individual y lo recibirás luego de cumplir los 65 años, cuando te pensiones como parte de tu jubilación.
¡No dejes pasar este beneficio!
Puedes solicitar el bono desde los 65 años y, si cumples con los requisitos, el monto total se traspasará a tu cuenta en la AFP y se te irá pagando mensualmente junto con la Pensión hasta que el beneficio se agote.
Monto del Beneficio
Aunque el bono no se paga al momento del nacimiento de la hija o el hijo, esa es la fecha que se toma como referencia para calcular cuánto le corresponde a la beneficiaria.
El monto equivale al 10% de 18 sueldos mínimos mensuales más la rentabilidad generada desde el nacimiento del hijo hasta la solicitud.
El 10% de 18 ingresos mínimos (monto vigente en julio de 2009 o en el mes de nacimiento de la hija o hijo), más la rentabilidad anual promedio del Fondo C (descontadas las comisiones de la AFP).
Se envía una carta a la afiliada en la cual se le informa el valor acreditado a su cuenta individual por concepto de Bono por Hijo nacido vivo.
Una vez que el IPS verifique el cumplimiento de los requisitos, calculará el valor del bono y notificará a la beneficiaria.
¿Quiénes no tienen derecho al Bono por Hijo?
No tienen derecho a bono las mujeres pensionadas antes del 1 de julio de 2009, ni aquellas que reciban pensiones del régimen antiguo de pensiones, Capredena o Dipreca.
¿Cómo acceder al Bono por Hijo?
Al cumplir los 65 años de edad, la madre debe presentar la solicitud de acceso al bono ante el organismo que le paga la pensión: AFP, IPS, municipio o compañía de seguros de vida (en caso de recibir una renta vitalicia).
Para consultar si se es beneficiaria se debe ingresar al sitio web del IPS.
En nuestra web, puedes ingresar tu solicitud directamente o agendar una asesoría con uno de nuestros ejecutivos especialistas.
En cualquiera de nuestras sucursales a lo largo del país. Encuentra la oficina más cercana aquí.
Otros Beneficios y Aportes
Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI): es un aporte económico que complementa la pensión de los pensionados por invalidez que, entre otros requisitos, pertenezcan al 80% más vulnerable de la población de acuerdo al Registro Social de Hogares.
Este beneficio para mayores de 65 años es un aporte económico que reemplaza o complementa la pensión recibida o referencial. Debes tener en cuenta que, al escoger esta opción, tu saldo podría agotarse antes de lo calculado.
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