De acuerdo a lo que dispone el Código del Trabajo (CT), en Chile existen muchos tipos de jornada laboral y para definir su horario dependerán factores como el rubro en el que se esté desarrollando cada trabajador. Pero empecemos por lo primero: ¿Qué significa la jornada laboral? Su definición se encuentra especificada en el artículo 21 del CT y se trata del tiempo durante el cual el trabajador debe prestar efectivamente sus servicios en conformidad al contrato.
Tipos de Jornada Laboral en Chile
En Chile existen distintos tipos de jornadas laborales de acuerdo al tipo de empresa. Para realizar una buena gestión de asistencia y turnos, es necesario conocer de qué se trata cada una de estas jornadas en detalle. Se mide por semana, es decir, de día 1 a día 7. Por ley, todas las personas tienen como mínimo un día de descanso semanal. En Chile existen las jornadas activas y pasivas. En el caso de la segunda -pasiva- el trabajador asiste a su lugar de trabajo pero por alguna razón no realiza ninguna actividad correspondiente a sus funciones.
Jornada Ordinaria
El Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal establece que la jornada ordinaria de trabajo es de 44 horas semanales, distribuida de lunes a viernes, en horario diurno y continuo, comprendido entre las 08 y 20 horas, con tope de 9 horas diarias. Esta distribución no es aplicable a funcionarios cuya jornada ordinaria y normal de trabajo, por la naturaleza de sus servicios, deba cumplirse fuera de los horarios indicados; estos deben sujetarse, a dichos efectos, a la modalidad de distribución que hubieran pactado en sus respectivos contratos. El artículo 15 de la ley 19.378, Estatuto de Atención Primaria de Salud Municipal, establece que la jornada ordinaria de trabajo será de 44 horas semanales. Dicha jornada se debe distribuir de lunes a viernes, en horario diurno y continuo, comprendido entre las 08 y 20 horas, con tope de 9 horas diarias.
Jornada Bisemanal
También conocido como “jornada ordinaria larga” por su extensión de 12 horas. Entre los tipos de jornada laboral también se encuentra el bi-semanal, tratándose de trabajos que se realizan en “apartados de centros urbanos” y su distribución ordinaria es de 90 horas que pueden ser repartidas en 10, 11 o 12 días con derecho a descanso de cuatro, tres o dos días íntegros que también podrán ser compensatorios en domingos y festivos trabajados. Corresponde a, por ejemplo, faenas que se efectúen en lugares apartados de centros urbanos que cuenten con vías de acceso limitadas, dificultad en las comunicaciones y servicios básicos limitados o inexistentes. Las partes pueden pactar jornadas de trabajo ordinarias de hasta dos semanas ininterrumpidas.
Jornada Parcial
Art. “La jornada parcial es aquella que no es superior a dos tercios de la jornada ordinaria de trabajo. Vale decir, 30 horas semanales o menos. Los horarios part time no deben superar las 30 horas semanales y 10 diarias, y debe considerar un descanso mínimo de media hora y máximo una hora.
Jornadas Especiales
Además de las jornadas precedentes, el Art. con ellas. sus leyes especiales una regulación específica sobre su operatividad.
Duración de la Jornada Laboral según la Actividad
- 180 horas mensuales: Corresponde a choferes, auxiliares del transporte colectivo interurbano y de servicios interurbanos de transporte de pasajeros y carga terrestre.
- 60 horas semanales: Personal de hoteles, restaurantes o clubes con excepción del personal administrativo, de lencería, lavandería y cocina, que están afectos a la jornada ordinaria de 45 horas semanales.
- 45 horas semanales: Se deben distribuir en 5 o 6 días, por lo tanto alguien que trabaje 6 días a la semana podrá tener una jornada diaria de trabajo de 7,5 horas.
Por otro lado, es importante recordar que el proyecto de ley que busca reducir la jornada laboral de 45 a 40 horas semanales ya ha sido aprobado.
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