Una de las ayudas económicas que entrega el Estado es el Subsidio al Empleo Joven (SEJ). Se trata del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), el cual va destinado a los jóvenes y que es entregado de manera anual o mensual.
¿Qué es el Subsidio al Empleo Joven?
El Subsidio al Empleo Joven es una herramienta importante para impulsar y promover la inclusión laboral de los y las jóvenes en Chile. En específico, el beneficio está destinado para jóvenes de entre 18 y 24 años, 11 meses y 29 días, que pertenezcan al 40% de menores ingresos del Registro Social de Hogares (RSH).
Requisitos para Postular al SEJ
¿Quieres verificar si cumples con los requisitos de postulación? Para ser beneficiario del Subsidio al Empleo Joven, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener entre 18 y 24 años y 11 meses de edad.
- Estar incorporado/a en el Registro Social de Hogares (RSH). Ojo, en caso de no estar registrado/a, puedes hacerlo en registrosocial.gob.cl.
- Pertenecer al 40% de menores ingresos del Registro Social de Hogares (RSH).
- Contar con un contrato de trabajo vigente y percibir un sueldo bruto igual o inferior a $606.537 mensuales.
- En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
¿Cómo y Cuándo Postular al SEJ?
La postulación del Subsidio al Empleo Joven se debe realizar a través de la página web oficial del Sence y se puede realizar los 365 días del año. Durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica.
Para postular al beneficio que entrega el Sence, deberás ingresar a la página del Subsidio al Empleo Joven. Ya en el sitio, deberás apretar en el apartado que dice 'Postula Aquí'. Esto abrirá una nueva pestaña donde deberás registrarte, seleccionando la opción 'trabajador/a' e ingresando los datos solicitados.
Una vez que hayas creado la cuenta, deberás acceder nuevamente al apartado de 'Postula Aquí' del sitio del subsidio. Los y las interesados/as deben completar el formulario de postulación y adjuntar los documentos requeridos.
Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio. Para los empleadores el subsidio siempre será mensual.
Postular al Subsidio al Empelo Joven es muy fácil.
Modalidades de Pago del SEJ
Existen dos manera de recibir el beneficio: anual o mensual.
- Pago Mensual: Son anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago). Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.
- Pago Anual: El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.
¡Evita problemas o retrasos con tu pago! Importante: si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.
* Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.
Extensión del Subsidio
Puedes recibir el beneficio hasta los 25 años de edad, con la posibilidad de extenderlo en caso de maternidad o estudios durante el último año del beneficio. Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre.
Extensión por Estudios
- Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria.
- El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.
Extensión por Maternidad
- Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.
En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.
¿Dónde Solicito la Extensión del SEJ?
Revisa el instructivo de solicitudes de extensión.
Consideraciones Adicionales
La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación. Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano. “Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.

