En Chile, la nulidad del despido se regula para proteger a los trabajadores. La Ley 19.631, conocida como “Ley Bustos”, es clave en este contexto. Establece que los despidos deben cumplir con ciertos requisitos para ser válidos. Entre estos, destacan la comunicación escrita del despido y la fundamentación de las causas.
Concepto de Nulidad del Despido
Puedes pedir la nulidad del despido si, al momento de ser despedido, tu empleador no ha pagado todas tus cotizaciones de seguridad social (AFP, salud y cesantía). En muchos casos, los trabajadores no saben que el empleador debe estar al día con las cotizaciones al momento de despedirlos. Es importante destacar que la simple declaración de las cotizaciones no es suficiente; se requiere el pago efectivo.
Fundamento Legal
La principal norma que regula la nulidad del despido se encuentra en el Art. 3. El plazo nulidad está regulado por el artículo 480 del Código del Trabajo: seis meses desde la separación del trabajador.
Artículo 9 del Código del Trabajo. El contrato de trabajo es consensual; deberá constar por escrito en los plazos a que se refiere el inciso siguiente, y firmarse por ambas partes en dos ejemplares, quedando uno en poder de cada contratante.
Artículo 152 bis C del Código del Trabajo. Directores Sindicales. Esta comunicación se entregará o deberá enviarse, dentro de los tres días hábiles siguientes al de la separación del trabajador.
Cuando el empleador invoque la causal señalada en el inciso primero del artículo 161, el aviso deberá darse al trabajador, con copia a la Inspección del Trabajo respectiva, a lo menos con treinta días de anticipación. Sin embargo, no se requerirá esta anticipación cuando el empleador pagare al trabajador una indemnización en dinero efectivo sustitutiva del aviso previo, equivalente a la última remuneración mensual devengada.
El plazo contemplado en el inciso primero se suspenderá cuando, dentro de éste, el trabajador interponga un reclamo por cualquiera de las causales indicadas, ante la Inspección del Trabajo respectiva. Dicho plazo seguirá corriendo una vez concluido este trámite ante dicha Inspección.
Artículo 261 del Código de Procedimiento Civil. Sólo si el recurso se interpone fuera de plazo, el tribunal a quo lo declarará inadmisible de plano. Contra dicha resolución únicamente podrá interponerse reposición dentro de quinto día, fundado en error de hecho.
Requisitos para Invocar la Nulidad del Despido
Para que un despido sea válido, el empleador debe cumplir ciertos requisitos legales. En virtud de los artículos 160 y 161 del código, el empleador podrá proceder al despido invocando causales justificadas, siempre que no tenga deuda previsional.
Efectos de la Nulidad del Despido
El despido no producirá el efecto de poner término al contrato de trabajo y la sanción consiste en pagar las remuneraciones y demás prestaciones desde la fecha del despido y hasta la convalidación del mismo, que ocurrirá cuando el empleador entere las cotizaciones adeudadas en los organismos correspondientes y con la comunicación por carta certificada del pago de las mismas, acompañada de la documentación emitida por las instituciones previsionales correspondientes, en que conste la recepción de dicho pago.
El empleador deberá pagar al o a la trabajadora las remuneraciones y demás prestaciones consignadas en el contrato de trabajo durante el período comprendido entre la fecha del despido y la fecha de envío o entrega de la referida comunicación al trabajador.
No será exigible esta obligación del empleador cuando el monto adeudado por concepto de imposiciones morosas no exceda de la cantidad menor entre el 10% del total de la deuda previsional o 2 unidades tributarias mensuales, y siempre que dicho monto sea pagado por el empleador dentro del plazo de 15 días hábiles contado desde la notificación de la respectiva demanda.
Si tu demanda es acogida, tu empleador recibirá una sanción severa: Tendrá que seguir pagándote tu remuneración mensual hasta que te pague todas las cotizaciones pendientes y te lo notifique por carta certificada.
La sanción es al empleador que despide al o la trabajadora sin estar al día en el pago de las Cotizaciones de Seguridad Social (desde el ingreso del trabajador y hasta el mes anterior al del despido).
Procedimiento para Reclamar la Nulidad del Despido
Reclamar la nulidad del despido implica presentar una demanda laboral ante el Juzgado del Trabajo. Si necesitas presentar una demanda, ¡no esperes más!
Generalmente, no es necesario presentar primero un reclamo ante la Inspección del Trabajo. Sin embargo, si el monto a demandar es menor a 15 ingresos mínimos mensuales, es obligatorio presentar primero un reclamo ante la Inspección del Trabajo.
Un juicio laboral puede tardar entre 1 y 2 años y medio.
Plazos Importantes
Tienes 6 meses desde la fecha del despido para presentar la demanda. No dejes pasar el tiempo. Este periodo es clave, ya que durante esos seis meses el empleador puede regularizar el pago de las cotizaciones y con ello convalidar el despido.
El plazo general para reclamar despidos indebidos o nulos es de 60 días hábiles contados desde la separación del trabajador.
Dos años desde el térmimo de la relación laboral.
Consejos Prácticos para Trabajadores
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Documentación Necesaria
- a) Contrato de Trabajo.
- b) Liquidaciones de sueldo.
- c) Carta de despido.
- d) Reclamo administrativo ante la Inspección del Trabajo.
- e) Acta de Comparendo ante la Inspección del Trabajo.
- f) Certificados de Cotizaciones de seguridad social del período trabajado (actualizada), de la A.F.P., FONASA o ISAPRE y A.F.C.
Cálculo de la Remuneración
- Remuneración fija: Se calcula con la remuneración del mes anterior al despido.
- Remuneración variable: Se calcula con el promedio de la remuneración de los últimos 3 meses antes del despido.
Es fundamental, tanto para empleadores como para trabajadores, entender las implicancias y requisitos de la nulidad del despido.
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