En el sistema de pensiones chileno, es crucial estar informado sobre los plazos y procedimientos para el cambio de fondos en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP). A continuación, te presentamos una guía completa para entender este proceso.
Traspaso entre Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP)
Si decides traspasar tus fondos previsionales desde una administradora a otra, debes suscribir ante esta última el formulario denominado «Orden de Traspaso Irrevocable» y estampar tu huella dactilar y firma.
Este documento también puede ser suscrito por otra persona a quien el trabajador le haya otorgado un poder notarial.
Al firmar el traspaso se te entregará una copia de la orden, junto con una clave de seguridad que te permitirá realizar transacciones a través de internet y el correspondiente contrato (si no lo tiene).
También recibirás un documento con las indicaciones de activación y uso de tu clave de seguridad.
La administradora antigua deberá despachar una cartola resumida de cierre con los cargos, acreditaciones o acciones de regularización que haya afectado a la cuenta que se traspasará hacia la AFP nueva, considerando el período comprendido entre la última cartola cuatrimestral enviada al afiliado y el último movimiento correspondiente al cargo por traspaso de fondos hacia la nueva administradora.
El empleador debe aplicar el descuento de la nueva AFP el mes siguiente a la fecha de suscripción de la Orden de Traspaso aceptada.
Por lo tanto, el pago se realiza en la nueva administradora durante los primeros días del tercer mes.
Mientras se encuentre en proceso de traspaso de los fondos, esto es entre la fecha de aceptación del traspaso y hasta el tercer día hábil siguiente a la acreditación de los fondos en la nueva AFP, queda inhabilitado para efectuar retiros de indemnización o cobrar Excedente de Libre Disposición.
Existen diferentes causales para que una «Orden de Traspaso» sea anulada por la antigua AFP.
Importante: Cambiarte de AFP no tiene ningún costo. Por cambiarte de AFP no recibes ningún pago ni incentivo económico.
Duración del Proceso de Traspaso
El proceso toma aprox. 15 días hábiles. Durante ese tiempo, no podrás hacer trámites en tu AFP anterior ni en la actual.
Restricciones Iniciales
En tu primer trabajo tu empleador tiene la obligación de pagar tus cotizaciones en la AFP definida por licitación. Recién cumplidos 24 meses ahí, podrás cambiarte de AFP.
Pensionados
Si estás pensionado por vejez, invalidez o sobrevivencia y mantienes saldo en tu cuenta individual, puedes cambiarte.
Cambios de Fondo Dentro del Sistema de Multifondos
En el marco del sistema chileno de pensiones, las AFP no pueden cambiar el fondo de un afiliado sin su autorización. Sin embargo, hay dos casos en los que la ley obliga a tomar decisiones si el afiliado no lo hace:
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Cuando no se elige un fondo: La AFP asigna un fondo según la edad y género del afiliado:
- Hombres y mujeres menores de 35 años: Fondo B (riesgoso).
- Hombres entre 36 y 55 años y mujeres entre 36 y 50 años: Fondo C (intermedio).
- Hombres mayores de 56 años y mujeres mayores de 51: Fondo D (conservador).
- Pensionados: Fondo D (conservador).
El afiliado puede cambiarse de fondo o combinarlos sin costo.
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Cerca de la jubilación: Las AFP deben proteger los ahorros y mover los fondos a opciones más conservadoras (como el fondo D) cuando el afiliado se acerca a la jubilación para evitar riesgos financieros.
Esto ayuda a proteger el monto final de la pensión, ya que los fondos más arriesgados pueden perder valor a corto plazo.
Si el afiliado no ha hecho este cambio al llegar a los 50 o 55 años (según el género), la AFP reasigna los fondos automáticamente a un fondo más seguro.
Lo que Dice la Ley sobre el Cambio de Fondos Antes de la Jubilación
La ley 19.795, que creó el sistema de multifondos en 2002, establece que 10 años antes de la edad de jubilación, los afiliados deben cambiar sus ahorros obligatorios a fondos más seguros.
Si no lo hacen, la AFP les informa que deben realizar el cambio para proteger sus ahorros, a menos que ya hayan elegido un fondo específico.
Excepciones
- Esta regla solo aplica a los ahorros de las cotizaciones obligatorias, no a los ahorros voluntarios, APV o Cuenta Dos.
- Los pensionados por retiro programado, renta temporal o aquellos con invalidez parcial no pueden elegir los fondos A o B para sus ahorros obligatorios, pero sí pueden hacerlo con el resto de sus cuentas personales.
Recomendación Final
Al igual que cuidas tu salud o revisas tu cuenta bancaria, es importante que te acostumbres a chequear regularmente tus ahorros en la AFP.
Desde el sitio web de tu AFP, puedes ver en qué multifondo estás y cuánto has acumulado.
Esto te ayudará a tomar decisiones informadas dentro del sistema chileno de pensiones y optimizar tu futuro previsional.
Tabla Resumen de Asignación de Fondos por Edad y Género
| Grupo | Género | Edad | Fondo Asignado |
|---|---|---|---|
| Jóvenes | Hombres y Mujeres | Menores de 35 años | Fondo B (Riesgoso) |
| Adultos | Hombres | Entre 36 y 55 años | Fondo C (Intermedio) |
| Adultos | Mujeres | Entre 36 y 50 años | Fondo C (Intermedio) |
| Adultos Mayores | Hombres | Mayores de 56 años | Fondo D (Conservador) |
| Adultos Mayores | Mujeres | Mayores de 51 años | Fondo D (Conservador) |
| Pensionados | Hombres y Mujeres | Cualquier edad | Fondo D (Conservador) |
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