Este artículo detalla los aspectos cruciales relacionados con los pactos AFC, incluyendo la consulta de estado y los requisitos necesarios para acceder a los beneficios ofrecidos.
Último día de vigencia de suspensión laboral bajo Ley de Protección al Empleo
El miércoles 6 de octubre es el último día de vigencia de toda suspensión laboral bajo la Ley de Protección al Empleo.
Pagos proporcionales para trabajadores con suspensiones vigentes
Los trabajadores que aún mantienen suspensiones vigentes recibirán durante octubre su último pago de forma proporcional considerando hasta el 6 de octubre.
Retiro total de saldo de Cuenta Individual de Cesantía
Si el afiliado está cesante, alguna vez cotizó en la AFC, pero no cumple con los requisitos para acceder al Seguro de Cesantía, puede hacer el retiro total de saldo de su Cuenta Individual de Cesantía hasta el 6 de octubre.
Documentación y Requisitos Adicionales
Para acceder a ciertos beneficios, es fundamental contar con la documentación adecuada y cumplir con los requisitos establecidos por la AFC.
- Documentación que dé cuenta del pacto de pagos posteriores entre el empleador y el trabajador, en caso de aclarar desde 2 periodos para beneficios financiados por el FCS o desde 3 periodos para beneficios financiados por la CIC.
- En caso de Pactos de Suspensión, se aclara cuándo se entiende afectada la empresa para poder suscribirlos.
- Este documento debe ser emitido por su ex empleador para aclarar el pago de cotizaciones posteriores a la fecha de término de la relación laboral.
- Este certificado aclaratorio será evaluado para reactivar el pago de su Seguro cuando corresponda.
Certificación de la Bolsa Nacional de Empleo (BNE)
El pago del beneficio también se suspende en caso de no cumplir con la certificación de la Bolsa Nacional de Empleo (BNE): que es una condición obligatoria al optar por el Fondo de Cesantía Solidario para el financiamiento de su Seguro de Cesantía. Esta entidad, que depende directamente de la Subsecretaría del Trabajo, informa mensualmente a AFC Chile si el(la) trabajador(a) cumplió o no con los requisitos de certificación.
Consideraciones Importantes sobre los Pactos AFC
Es crucial tener en cuenta diversos aspectos relacionados con los pactos de suspensión y reducción de jornada para asegurar el cumplimiento de las normativas y proteger los derechos de los trabajadores.
- Incluye dentro de la suspensión de acto de autoridad a los trabajadores de casa particular.
- La AFC previo al pago de los giros en caso de suspensión, consultará previamente a la SUSESO, para verificar si el trabajador se encuentra recibiendo algún subsidio por incapacidad laboral.
- En el artículo 4° se modifica el inciso final para aclarar que es obligación del empleador pagar el total de las cotizaciones, es decir, las de su cargo y también las del trabajador establecidas en el artículo 3° de la Ley (cotización de pensión y comisión de la AFP y seguro de invalidez y sobrevivencia, más las cotizaciones de seguridad social y de salud), agregándose a ellas la cotización del 4,11% del art. 5.
- Las empresas cuyos servicios sean esenciales, no podrán suspender por acto de autoridad.
- El Pacto de Suspensión producirá sus efectos a partir del día siguiente de su suscripción.
- El 50% del subsidio de la AFC que reciba el trabajador será embargable por concepto de pensión de alimentos.
- A contar del 01.06.2020, el empleador NO puede despedir a los trabajadores que están con suspensión de su contrato, por la causal de necesidades de la empresa (art. 161 del Código del Trabajo). Si se podrán despedir por otras causas específicas como el mutuo acuerdo, la renuncia voluntaria, la muerte del trabajador o el vencimiento del plazo o término de la obra o faena (a eso re refieren los números 1 al 5 del art.
- En caso de Pacto de Reducción de jornada, agrega como requisito del empleador, que sea contribuyente IVA conforme al Art 3 o lleve el registro del at.
- El Pacto de Reducción de Jornada, producirá sus efectos a partir del día siguiente de su suscripción.
- Se aplica el mismo criterio en caso de pensión de alimentos en los Pactos de Reducción, en el sentido que el complemento podrá ser embargado o retenido hasta en un 50%, para el pago de las pensiones alimenticias debidas por ley, que hayan sido decretadas judicialmente y notificadas al empleador.
- Los trabajadores que estén con suspensión por acto de autoridad, pacto de suspensión o pacto de reducción, podrán acogerse al beneficio de hacer efectivos sus seguros o cláusulas de cesantía, del art. 16.
Derechos del Trabajador
En caso de que el trabajador se sienta perjudicado, por sí o a través de la organización sindical a la que se encuentre afiliado, podrá recurrir a la Dirección del Trabajo denunciando que no se cumple la afectación en la actividad de la empresa que justifica la aplicación del pacto de suspensión temporal del contrato de trabajo. Para tales efectos, la Dirección del Trabajo podrá requerir informe al Servicio de Impuestos Internos y a cualquier otra entidad pública o privada que permita establecer la situación real de la empresa. De verificarse la efectividad de la denuncia, la Dirección del Trabajo deberá derivar los antecedentes a los tribunales de justicia.
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