El Instituto de Previsión Social (IPS) es la entidad encargada de la administración del sistema de pensiones solidarias y de los regímenes previsionales administrados anteriormente por el INP en Chile. En Argentina, ANSES ofrece diversos beneficios, incluyendo la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación Universal por Embarazo (AUE). A continuación, se detallan los requisitos y aspectos importantes relacionados con estos beneficios y la Pensión Garantizada Universal (PGU).

Pensión Garantizada Universal (PGU)

La PGU es un beneficio financiado totalmente por el Estado para un universo importante de personas. La ley establece que a mayor monto percibido como pensión base, menor es el monto del beneficio de la PGU. A partir de junio de 2022, el Instituto de Previsión Social (IPS) es el encargado de pagar directamente la PGU a las y los beneficiarios, independientemente de si reciben una pensión de retiro programado (AFP) o de renta vitalicia (compañía de seguros de vida).

Requisitos para la PGU

  • Acreditar residencia en Chile por un período mínimo de 20 años continuos o discontinuos, los cuales se contarán desde que la persona que pide la PGU haya cumplido 20 años de edad.
  • Se excluye a las personas que cotizan o están pensionadas en los regímenes de Capredena y Dipreca, aunque sean titulares o beneficiarias de pensión de sobrevivencia.

Para pedir este beneficio se requiere tener ClaveÚnica. También puede presentar una solicitud de acceso al beneficio directamente en las sucursales de ChileAtiende, AFP, compañía de seguros de vida (CSV) o municipios.

Cálculo de la PGU

Dado que la PGU es un beneficio financiado totalmente por el Estado para un universo importante de personas, la ley establece que a mayor monto percibido como pensión base, menor monto es el beneficio de PGU.

En el caso de las afiliadas y los afiliados del Decreto Ley N° 3.500, es decir, que están en una administradora de fondos de pensiones (AFP), aun cuando recibieran PGU, en caso de fallecimiento se mantiene el beneficio de pago de cuota mortuoria a sus beneficiarias y beneficiarios, y/o sobrevivientes.

Descuentos y Pagos

A partir de junio de 2022, el mismo total de descuentos que la persona tenía pactado en una sola liquidación de pago se distribuirán proporcionalmente entre los dos pagos que recibirá: el de la pensión de AFP o compañía de seguros de vida (CSV), y el de la PGU. La persona podrá revisar la distribución del pago del descuento en su liquidación consolidada, la que puede solicitar en su AFP o CSV.

Extinción del Beneficio

El beneficio de acceder a la PGU se puede extinguir cuando fallece la beneficiaria o el beneficiario o por no presentar en el IPS los antecedentes solicitados para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para mantener el beneficio.

Compatibilidad con Otros Beneficios

  • Quienes solamente reciben las pensiones antes señaladas, podrán acceder a un porcentaje de la PGU si el valor de ésta es mayor a la pensión percibida.
  • Quienes reciben las pensiones antes señaladas y, además, perciben pensión de vejez o sobrevivencia del Decreto Ley N° 3.500, podrán acceder a la PGU.
  • Quienes reciben las pensiones antes señaladas y, además, perciben pensiones de algún régimen previsional administrado por el IPS, podrán acceder a la PGU.

La PGU no reemplaza al Pilar Solidario de Invalidez, pero sí mejora los beneficios. De esta manera, la PBSI y el APSI se mantienen vigentes, pero aumentan en monto y cobertura, porque se ajustan al valor de la PGU, y los beneficios se extienden hacia el 80% más vulnerable de la población.

Las personas que reciben PGU no pueden ser causantes de asignación familiar.

Asignación Universal por Hijo (AUH)

La Asignación Universal por Hijo (AUH) en marzo de 2025 será de $100.286,82 por hijo. Como cada mes, se abonará el 80% del total de la prestación, mientras que el 20% restante se retiene y se paga en una única cuota anual tras la presentación de la libreta de escolaridad y vacunación del chico.

Requisitos para la AUH

Requisitos de la madre, padre o titular a cargo:

  • Ser argentino y residir en el país. Si es extranjero o naturalizado, debe acreditar al menos 2 años de residencia.

Del hijo:

  • Tener menos de 18 años. No aplica límite de edad en caso de discapacidad.
  • Ser soltero.
  • Estar desocupado; ser trabajador no registrado o sin aportes; trabajar en casas particulares; ser monotributista social.

Documentación Necesaria

  • DNI del titular a cargo y del hijo.
  • Certificado o partida de nacimiento del hijo.
  • Certificado de matrimonio, unión civil o convivencia.

Fechas de Pago (Marzo 2025)

  • Titulares de la AUH y Asignación familiar por hijo: del 12 al 20 de marzo, según la terminación del DNI.

Cómo Saber si Cobro AUH

Para saber si cobrás AUH ANSES en marzo de 2025:

  1. Acceder a la plataforma Mi ANSES con tu número de CUIL o DNI y tu clave personal.
  2. Una vez dentro, hacé clic en “consultar”. El sistema te proporcionará si cobrás o no.

Asignación Universal por Embarazo (AUE)

La Asignación Universal por Embarazo (AUE) será de $100.286,82.

Fechas de Pago (Marzo 2025)

  • Titulares de la AUE: del 13 al 21 de marzo, según la terminación del DNI.

Asignación por Hijo (Sistema SUAF)

La asignación por hijo (salario familiar) del sistema SUAF: $50.145,45 para el primer escalón de ingresos.

Tabla Resumen de Asignaciones (Marzo 2025)

Asignación Monto
Asignación Universal por Hijo (AUH) $100.286,82
Asignación Universal por Embarazo (AUE) $100.286,82
Asignación por Hijo (SUAF - Primer Escalón) $50.145,45

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