Comprender tu liquidación de sueldo es esencial para que conozcas qué pagos y descuentos realiza tu empleador mes a mes, y si están correctos.

Componentes de la Liquidación de Sueldo

En tu liquidación de sueldo encontrarás, primero, tus ingresos del mes, conocidos como “haberes”.

Haberes Imponibles

Los haberes imponibles, también llamados remuneración imponible, son aquellos pagos que corresponden por obligación y se consideran para realizar los descuentos previsionales obligatorios. El empleador debe descontarlos de tu sueldo imponible (solo haberes imponibles) y pagarlos a las entidades correspondientes.

Haberes No Imponibles

Los haberes NO imponibles, son las asignaciones que recibes para compensar los costos que produces cuando llevas a cabo tu trabajo. Por ejemplo: asignación por colación, movilización, viáticos, asignación familiar y reembolsos de gastos no contemplados en el contrato.

Descuentos Obligatorios

En tu liquidación de sueldo se reflejan diversos descuentos obligatorios que tu empleador debe realizar.

Descuento AFP

El descuento AFP puede aparecer cómo un ítem único en tu liquidación, o con el detalle. Se conforma, en primer lugar, por la cotización obligatoria, que equivale a un 10% de tu sueldo imponible. En segundo lugar, se encuentra la Comisión cobrada por concepto de administración.

Seguro de Invalidez o Sobrevivencia (SIS)

Un elemento que no suele aparecer en tu liquidación, pero que tu empleador paga mes a mes a la AFP es la Cotización o Prima de este seguro, la que, desde las remuneraciones de enero de 2025, que se pagan en mayo, corresponde a un 1,78%.

Descuento Salud

Corresponde a un 7% y se paga a FONASA o ISAPRE, según corresponda.

Seguro de Cesantía

Este seguro es a cargo de empleador, y solo en el caso de los trabajadores con plazo indefinido parte del pago es compartido, con un descuento de 0,6% al trabajador.

Impuesto

Solo aplica a los trabajadores que tengan una renta superior a 13,5 UTM.

Otros Descuentos

Sí. Pueden aparecer descuentos extras como las cajas de compensación.

Sueldo Líquido

Finalmente, la liquidación de sueldo muestra el monto que recibirás, o sueldo líquido.

Seguro de Cesantía y la AFC

Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales. Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.

Afiliación al Seguro de Cesantía

Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com. Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.

Consideraciones Importantes

Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral. Importante: si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.

Cómo Solicitar el Seguro de Cesantía

Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela. Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.

Plazos y Beneficios Adicionales

Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud. De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.

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