Presentar una carta de renuncia voluntaria es un requisito legal en Chile cuando un empleado decide dejar la empresa donde trabaja. Ahora bien, debemos tener en cuenta que la validez de esta carta depende de que el trabajador siga todos los procedimientos legales.

Marco Legal de la Renuncia en Chile

Este instrumento se rige por el Código del Trabajo (artículos 2, 159, y 177), y permite renunciar al trabajo sin más consecuencias legales que el cese establecido en la legislación laboral chilena.

La profesora Lanata Fuenzalida, Gabriela explica que "La renuncia obedece a la sola voluntad del trabajador, pudiendo definirla como el acto unilateral a través del cual el trabajador poner término al contrato de trabajo sin expresión de causa.

NOVENO: Que, atento lo anterior, el legislador regula con especial detalle las circunstancias que autorizan y permiten la terminación del contrato de trabajo , teniendo particular consideración el principio de la estabilidad, permanencia o continuidad del vínculo laboral, entendida como “el derecho a permanecer en el cargo asalariado que se desempeña, a no ser despedido sin causa justificada por autoridad competente” (LIZAMA PORTAL, Luis; Derecho del Trabajo (Santiago, 2003), p.

Requisitos Esenciales de la Carta de Renuncia

El primer requisito es que la carta especifique claramente la intención del empleado de renunciar y la fecha en la que piensa dejar de trabajar.

El trabajador debe enviar este documento en el plazo de un mes antes del último día de trabajo especificado en la carta.

En caso contrario, aunque la falta de antelación no está penada por la ley, el empleador puede reclamar una indemnización si demuestra que dejar el trabajo sin el debido aviso perjudica los intereses de la empresa.

Validación de la Carta de Renuncia

¿De qué depende la validez de una carta de renuncia? Para que tenga validez, una carta de renuncia de trabajo debe ser aprobada por un funcionario público, que hace las veces de ministro de fe.

Séptimo: Desde esa óptica, en el fallo que se revisa parece olvidarse que la renuncia corresponde a un acto jurídico complejo en el sentido que no se agota en el simple estampe de la firma del trabajador, la comprende por cierto, pero se exige además que ella sea ratificada ante un ministro de fe.

El delegado de personal de la empresa.

En efecto, el artículo 177 del Código del Trabajo exige que tal acto jurídico conste por escrito; y, además, sea suscrito por el trabajador y el presidente del sindicato, el delegado del personal, o ratificado por el trabajador ante ministro de fe competente. "Manual del Contrato de Trabajo" Sergio Gamonal Contreras y Caterina Guidi Moggia. 2012.

Décimo: Que la renuncia del trabajador es una causal de término del contrato de trabajo que de acuerdo al artículo 177 del código del ramo para producir sus efectos requiere del cumplimiento de una serie de formalidades, específicamente que sea escrita, firmada por el trabajador y además por el presidente del sindicato o delegado de personal o sindical respectivo o ratificada ante el inspector del trabajo o un notario o funcionario del registro civil de la comuna o sección de comuna o secretario municipal correspondiente.

La razón por la cual el legislador exige tales formalidades en la manifestación de voluntad del trabajador en el caso de renuncia dice relación con que dicha causal inhibe al trabajador de la indemnización por años de servicio, y por ello se busca proteger a éste último de coacciones por parte del empleador para obtener su manifestación de voluntad tendiente a tal renuncia o en la creación de una falsa renuncia. Corte Suprema, Rol N° 848.04.

El finiquito, la renuncia y el mutuo acuerdo deberán constar por escrito. El instrumento respectivo que no fuere firmado por el interesado y por el presidente del sindicato o el delegado del personal o sindical respectivos, o que no fuere ratificado por el trabajador ante el inspector del trabajo, no podrá ser invocado por el empleador.

Qué Hacer si la Carta No Cumple con los Requisitos

Cabe mencionar que, si la carta no sigue los procedimientos legales para renunciar al trabajo, la empresa tiene el derecho y también el deber de negarse a aceptarla y exigir que se sigan los protocolos correspondientes.

Obligaciones del Empleador Tras Recibir la Carta

Ahora que sabemos cómo hacer una carta de renuncia voluntaria con validez legal, queda por resolver una duda: ¿qué debe hacer la empresa luego?

En este punto, una vez recibida la carta de renuncia conforme todos los procedimientos que indica la ley, debemos firmarla, entregar una copia al empleado y gestionar el pago de las vacaciones y remuneraciones que le deban hasta el día de la renuncia.

El finiquito deberá ser otorgado por el empleador y puesto su pago a disposición del trabajador dentro de diez días hábiles, contados desde la separación del trabajador.

Sin duda, una correcta administración de los haberes y remuneraciones imponibles es fundamental para que el proceso culmine correctamente, en bienestar del trabajador y de la empresa.

Que, en consecuencia, ha de asentarse que la demandante adoptó la decisión de renunciar y suscribir su finiquito, recibiendo los dineros pertinentes y participando directamente en la confección de los referidos instrumentos, de manera que conoció su contenido y con ellos en su poder, concurrió ante la autoridad administrativa para las firmas respectivas, lo que efectivamente hizo, es decir, suscribió los documentos de que se trata, los que si bien es cierto no presentan la frase sacramental en orden a que fueron ratificados ante el Inspector del Trabajo, no es menos efectivo que su tenor ya era del pleno conocimiento de la trabajadora, en la medida que ella los redactó por ser la encargada de esa labor en la empresa demandada.

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