El Artículo 161 del Código del Trabajo de Chile regula la terminación del contrato de trabajo por necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, y también aborda el desahucio en casos específicos.
Necesidades de la Empresa como Causal de Despido
Sin perjuicio de lo señalado en los artículos precedentes, el empleador podrá poner término al contrato de trabajo invocando como causal las necesidades de la empresa, establecimiento o servicio, tales como las derivadas de la racionalización o modernización de los mismos, bajas en la productividad, cambios en las condiciones del mercado o de la economía, que hagan necesaria la separación de uno o más trabajadores. ¿Despedido por esta causal?
La causal de necesidades de la empresa permite al empleador finalizar el contrato de trabajo cuando existen motivos justificados relacionados con la gestión y viabilidad de la empresa.
Ejemplos de Necesidades de la Empresa
- Racionalización o modernización de la empresa.
- Bajas en la productividad.
- Cambios en las condiciones del mercado o de la economía.
Desahucio para Trabajadores con Poder de Representación y Trabajadores de Casa Particular
En el caso de los trabajadores que tengan poder para representar al empleador, tales como gerentes, subgerentes, agentes o apoderados, siempre que, en todos estos casos, estén dotados, a lo menos, de facultades generales de administración, y en el caso de los trabajadores de casa particular, el contrato de trabajo podrá, además, terminar por desahucio escrito del empleador, el que deberá darse con treinta días de anticipación, a lo menos, con copia a la Inspección del Trabajo respectiva.
Sin embargo, no se requerirá esta anticipación cuando el empleador pagare al trabajador, al momento de la terminación, una indemnización en dinero efectivo equivalente a la última remuneración mensual devengada.
El desahucio permite al empleador terminar el contrato de trabajo de ciertos empleados (aquellos con poder de representación o trabajadores de casa particular) mediante un aviso previo o el pago de una indemnización sustitutiva.
Historia de la Ley N° 19.759 y la Protección al Trabajador
Historia de la Ley N° 19.759, Segundo Informe de Comisión de Trabajo, Página 298. "A continuación se debatió la indicación Nº 154, de los HH. El Honorable Senador señor Ruiz De Giorgio señaló que se da muy frecuentemente que las empresas no capacitan a sus trabajadores y cuando se produce una transformación tecnológica en ellas se utiliza el fácil expediente de despedir por falta de adecuación laboral o técnica del trabajador.
Puesta en votación la indicación Nº154, fue aprobada por la unanimidad de los miembros de la Comisión, HH.
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