El Bono Mujer Trabajadora (BTM) es un aporte económico dirigido a mujeres y jefas de hogar pertenecientes a las familias más vulnerables de Chile. Este bono varía según la renta percibida y se paga siempre que las cotizaciones previsionales y de salud estén al día.
¿Quiénes pueden ser beneficiarias?
Para ser beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer, debes cumplir con los siguientes requisitos:
- Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
- Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
- Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
- Estar incorporada en el Registro Social de Hogares (RSH).
- Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que se percibe el bono.
- Tener cotizaciones al día.
- No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o en una empresa privada que reciba un aporte estatal superior o igual al 50%.
También son beneficiarios los empleadores y empleadoras de las trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados. Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.
Modalidades de Pago
Existen dos formas de pago del Bono Mujer Trabajadora: anual y mensual.
- Pago Anual: Se realiza en el mes de agosto, basándose en todas las rentas brutas recibidas el año anterior. Para optar a esta modalidad, debes percibir una renta bruta anual inferior a $7.948.180.
- Pago Mensual: Consiste en adelantos mensuales, equivalentes al 75% del total del beneficio anual. Para optar a esta modalidad, debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
¿Cómo Postular al Bono Mujer Trabajadora?
Postular al Bono al Trabajo de la Mujer es muy fácil. El primer paso es contar con Clave Sence. Si no la tienes, solicítala.
- Ingresa al sitio web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) con tu ClaveÚnica.
- Una vez generada, modificada o actualizada su Clave Sence, ya puede postular. Debe hacer click en “Postula Aquí”.
- A continuación, ingresará al Sistema de Postulación del Bono al Trabajo de la Mujer.
- Debe hacer click sobre la opción “Postular”.
IMPORTANTE: Para ver el estado de sus solicitudes, debe ingresar al “Expediente Electrónico”. Se puede postular los 365 días del año.
¿Cómo funciona el pago?
- Depósito en Cuenta Rut o tu cuenta bancaria.
- Retiro en efectivo en BancoEstado o ServiEstado, presentando tu cédula de identidad.
- Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.
Consideraciones Importantes sobre el Pago
- Son anticipos del pago anual. Solo se paga hasta el 75% del beneficio, pero a partir del cuarto año el porcentaje disminuye al 50%.
- Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.
- A mayor renta, el monto disminuye.
¿Cómo cambio mis datos para recibir pago por depósito?
Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.
¿Qué hacer si tienes un pago suspendido?
Si el pago del bono ha sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.
- Debes ingresar a buzonciudadano.sence.cl e ingresar tu RUT y Clave Sence.
- Completa los datos del formulario de solicitud y atención. Recuerda seleccionar la opción "Pregunta" en el campo "tipo de solicitud".
- En el campo "descripción", escribe el periodo (mes o año) en el que el pago ha sido suspendido.
- Adjunta la documentación requerida. En el campo "documento opcional", adjunta en un solo archivo todos los documentos timbrados y firmados.
- Finaliza tu solicitud. Después de ingresar el código de validación, el sistema entregará un número de solicitud.
Si ya tienes los documentos, ingresa al buzón ciudadano para hacer la solicitud. ¡Evita problemas o retrasos con tu pago!
Reintegro de montos percibidos en exceso
La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación. Es la devolución de montos percibidos en exceso generada cuando la suma de pagos provisionales mensuales es superior al monto del subsidio anual. Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
Compatibilidad con el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG)
En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido. Si un mes no cumples con lo establecido para recibir el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), se revisarán los requisitos de pago de BTM, procediendo a pagar si corresponde.
Bono y Ley de Protección al Empleo
En caso de que tu empleador se haya acogido a la Ley de Protección al Empleo, seguirás siendo beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM).
Renuncia al Bono por parte del empleador
“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.
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