El Seguro de Cesantía es un instrumento de seguridad social que busca proteger a los trabajadores cuando están sin empleo. Es obligatorio para los trabajadores con contrato regidos por el Código del Trabajo y los fondos se encuentran en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) que es propiedad del trabajador y en el Fondo de Cesantía Solidario.

¿Qué es la Cuenta Individual de Cesantía (CIC)?

Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales.

Si no ha sido cerrada por las causas anteriores, una CIC con saldo igual a cero mantiene su vigencia.

Afiliación al Seguro de Cesantía

Estás afiliado automáticamente si tu contrato laboral comenzó a partir del 2 de octubre de 2002. Debes estar afiliado a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

A partir del 1 de octubre de 2020, las trabajadoras y trabajadores de casa particular también son parte del Seguro de Cesantía.

Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.

Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.

Requisitos para Acceder al Seguro de Cesantía

Para acceder al Seguro de Cesantía, debes cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar cesante.
  • Tener 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato.
  • Sus cotizaciones se cuentan desde que se afilió o desde su último cobro del Seguro hasta el mes en que terminó su trabajo. Pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores.

Documentos Necesarios para la Solicitud

Para hacer válido tu Seguro necesitarás presentar los siguientes documentos:

  1. Foto del Carnet de Identidad por ambos lados
  2. Formulario de Declaración de Siniestro
  3. Finiquito de contrato de trabajo. El finiquito es el más común. Ratificado ante notario público, inspector del Trabajo, asistente laboral, oficial del registro civil o secretario municipal, quien debe firmarlo e indicar expresamente que el documento fue ratificado.
  4. Certificado de Cotizaciones de la AFP o INP de los últimos seis meses o un comprobante de pago del Subsidio de Cesantía.

Además, dependiendo de tu situación, podrías necesitar:

  • Carta de Aviso de Despido del empleador, presentada ante la Dirección del Trabajo.
  • Carta de Renuncia recepcionada por el empleador.
  • Carta de autodespido o despido indirecto dirigida al empleador (que fundamenta y respalda la decisión del(la) trabajador(a) de poner término a la relación laboral, por incumplimiento -por parte del empleador- de las obligaciones impuestas por contrato, según el art.
  • Copia de la demanda laboral y su notificación presentada en contra de su empleador.
  • Cualquier otro documento que acredite la situación de cesantía.

Si eres soltero(a), adjunta una Declaración Jurada de Soltería, firmada ante notario, documento que podrá tener una vigencia de hasta 6 meses.

Si eres conviviente civil (es decir, celebraste con tu pareja un Acuerdo de Unión Civil), adjunta un Certificado de Acuerdo de Unión Civil emitido por el Servicio de Registro Civil.

Si de mutuo acuerdo o de forma unilateral pusiste término a un Acuerdo de Unión Civil con tu pareja, adjunta un Certificado de Acuerdo de Unión Civil emitido por el Servicio de Registro Civil desde www.srcei.cl, en el que conste el cese del contrato.

En caso que tu conviviente civil hubiere fallecido o haya sido declarado muerto por un tribunal, deberás adjuntar un Certificado de Acuerdo de Unión Civil emitido por el Servicio de Registro Civil y un Certificado de Defunción o Copia de la Sentencia que declaró la muerte presunta de aquél, según corresponda.

Para acreditar ingresos del grupo familiar se pueden presentar los siguientes documentos:

  • Certificado de Afiliación a una Administradora de Fondo de Pensiones (AFP).
  • Certificado de Remuneraciones Imponibles DE 24 MESES (con RUT del empleador), emitido por la AFP; o bien, el Certificado de Sueldos y/o Pensiones del IPS, Capredena o Dipreca, según el sistema previsional que tenga.
  • Carpeta Tributaria para Solicitar Créditos del Servicio de Impuestos Internos: documento que acredita la situación tributaria de tu pareja. Debe descargarlo desde el portal www.sii.cl.
  • Últimas 3 liquidaciones de Sueldos y/o Pensiones de tu pareja.

¿Cómo Declarar un Siniestro de Cesantía?

Tienes 2 opciones:

  1. Completa online el formulario de declaración de siniestro con tus datos. No olvides adjuntar toda la documentación necesaria.
  2. Descarga el formulario de declaración de siniestro, complétalo y súbelo junto al resto de documentación a nuestra plataforma de contacto.

Causales de Término de Contrato

Las causales de término de contrato que permiten acceder al Seguro de Cesantía incluyen:

  • Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art.
  • Término de la obra, faena o servicio que dio origen al contrato (Art.
  • Ajustes por necesidades de la empresa (Art.
  • Caso fortuito o fuerza mayor (Art.
  • Necesidades de la empresa (Art.
  • Quiebra del empleador (Art.

Proceso de Pago y Calendario

Una vez cumplidos los 30 días, la solicitud entrará al proceso de pago más próximo que se realiza todos los jueves. La AFC calendariza el número de pagos que corresponda de manera mensual.

Importante: si la causal de término es el artículo 171 (autodespido) del Código del Trabajo, el primer pago se realizará al menos después de cumplir 60 días corridos desde la fecha de término de la relación laboral.

Cartola del Seguro de Cesantía

La cartola del Seguro de Cesantía informa los aportes de tu cuenta individual y se envía tres veces al año.

  • La primera se manda en febrero y corresponde a una cartola anual, que informa los movimientos de tu cuenta durante el año anterior (solo se envía si hubo movimientos durante ese período).
  • Los dos envíos siguientes se realizan en junio y octubre, y corresponden a cartolas cuatrimestrales, que informan los movimientos de tu cuenta de enero a abril y de mayo a agosto, respectivamente.

Todas tus cartolas cuatrimestrales y anuales están disponibles en tu Sucursal Virtual, donde también podrás ver el detalle de los movimientos históricos de tu cuenta.

¿Cómo Aclarar o Regularizar Cotizaciones?

Las situaciones que como empleador se deben tener presentes para evitar aparecer con deudas en el Boletín laboral publicado por la Dirección del Trabajo, pagar intereses y costos procesales por la cobranza prejudicial y judicial son:

  • Mora Presunta: No existe pago de la cotización y en AFC no se registra un cese de labores u otro movimiento que lo justifique. La mora será notificada por AFC el día 50 desde la fecha en que debió ser cancelada la cotización.
  • No pagos: No existen pagos registrados dentro del plazo legal.
  • Pagos atrasados: Pagos que se realizan fuera del plazo legal.

Pasos para Regularizar la Mora Presunta

  1. Reconocer la deuda y presentar la Declaración y no pago (DNP) en Sucursal virtual de empleadores o en Previred.
  2. Reconocer la deuda de manera presencial en una sucursal de AFC solicitando un formulario, completando y presentando este reconocimiento de deuda (DNP) en forma manual.
  3. Realizar el pago atrasado de cotizaciones a la fecha a través de Previred. Sólo es posible si no se registra una cobranza iniciada por AFC Chile, situación que le será informada al momento de ingresar a la plataforma.

Opciones para Pagar Cotizaciones Atrasadas

Para pagar cotizaciones después de la fecha del finiquito, se tienen dos opciones:

  • Online: Pagar en Previred.
  • Presencial: En cualquier sucursal de AFC completando la planilla de Declaración y No Pago de Cotización.

Si no se aclara el motivo de los pagos posteriores a la fecha de término de la relación laboral, AFC Chile podrá:

  • Dar inicio a las acciones de cobranza correspondientes.
  • Suspender el pago de beneficios que estén recibiendo los ex trabajadores involucrados por presumirse el inicio de una nueva relación laboral.

Publicación en Boletín Laboral

El atraso o no pago de cotizaciones puede publicarse como deuda en el Boletín Laboral de la Dirección del Trabajo. Las deudas informadas en el boletín son:

  • Deudas reconocidas directamente por el empleador.
  • Deudas de otros orígenes en etapa de cobranza judicial.

¿Cómo puedo aclarar deudas del Boletín laboral?

Si el empleador pagó las cotizaciones atrasadas antes del día de la publicación del Boletín laboral: AFC Chile se encargará de aclarar su situación para que sea eliminado sin costo.

En la sucursal virtual de AFC se pueden realizar distintos trámites, solo ingresando con rut de la empresa y clave de acceso.

  • Consultar rezagos por aclarar: si se han generado rezagos por diferencias entre el RUT y el nombre del trabajador o por el pago de cotizaciones no correspondientes al tipo de contrato registrado, se deberá rectificar en el menú “Rezagos”.
  • Regular la mora presunta o el reconocimiento de la deuda: revisar el detalle de la deuda y aclararla informando las fechas que correspondan si es por movimiento de personal u otro motivo. También se puede regularizar una cotización que ya fue pagada, indicando la fecha y canal por el cual se realizó el pago.
  • Solicitar aclaración de boletín: si hay una deuda que fue informada al boletín laboral, podrá ingresar una solicitud adjuntando los documentos que acrediten el pago en la entidad respectiva.

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