El Seguro de Cesantía en Chile se presenta como un salvavidas financiero para los trabajadores que enfrentan situaciones de cesantía. Este seguro brinda a los trabajadores una vía crucial para mantener la estabilidad económica en momentos de cesantía.

Requisitos para Acceder al Seguro de Cesantía

Para acceder al Seguro de Cesantía, es fundamental cumplir con ciertos requisitos:

  • Estar cesante.
  • Tener 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato. Sus cotizaciones se cuentan desde que se afilió o desde su último cobro del Seguro hasta el mes en que terminó su trabajo. Pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores.
  • Debe completar su perfil en www.bne.cl y aceptar oportunidades laborales y de capacitación.

Documentos Aceptados por la AFC según el Motivo de Término de Contrato

Aquí va la lista oficial de documentos aceptados por la AFC, según el motivo de término de contrato:

  • Finiquito firmado. Ratificado ante notario público, inspector del Trabajo, asistente laboral, oficial del registro civil o secretario municipal, quien debe firmarlo e indicar expresamente que el documento fue ratificado con alguna de las siguientes frases: “leyó y ratificó ante mi”, “firmó y ratificó ante mi”, “ratificó ante mi” o “leyó, firmó y ratificó ante mi”. El finiquito es el más común.
  • Carta de despido o de autodespido.
  • Certificación de la Inspección del Trabajo (En caso de conflicto, avenimiento, comparecencia o mediación).
  • Sentencia judicial ejecutoriada.
  • Carta de renuncia ratificada ante ministro de fe (Artículo 177 del Código del Trabajo). Además, es requisito demostrar que el empleador recibió el documento a través de la firma, nombre y cargo de quien recibe la carta en la empresa.

Documentación Adicional

Además, puedes acompañar:

  • Liquidaciones de sueldo
  • Contrato de trabajo o anexos
  • Certificado de cotizaciones

En casos de autodespido, también es válido presentar la carta enviada vía Correos de Chile y el comprobante de envío. En Defensa del Trabajo siempre recomendamos llevar una copia impresa del artículo 51 de la Ley del Seguro de Cesantía, que regula los requisitos.

Documentos Específicos según la Causal de Término de Contrato

  • Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art. ): - Emitida y firmada por el empleador. - Debe tener timbre y logo o membrete de la empresa. ¡Tenga en cuenta! Es válida solo hasta los 30 días corridos desde la fecha de término.
  • Vencimiento del plazo de contrato (Art. ):
  • Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art. ):
  • Ajustes por necesidades de la empresa (Art. ):
  • Caso fortuito o fuerza mayor (Art. ):
  • Necesidades de la empresa (Art. ):
  • Quiebra del empleador (Art. ):
  • Carta de renuncia: Firmada por usted y ratificada ante un ministro de fe.
  • Carta de autodespido o despido indirecto: Firmada por usted.
  • Contrato de trabajo menor a 30 días: si la relación laboral a plazo fijo es de hasta 29 días, el documento debe incluir claramente la duración y las horas pactadas de la relación laboral.
  • Contrato de trabajo y liquidación de sueldo de trabajadores portuarios: para labores sujetas a una faena o servicio específico. Debe incluir la firma electrónica del trabajador y del respectivo inspector del Trabajo. Si la causal de término indicada es art. 159 n°2 (renuncia voluntaria), también debe contar con la recepción del empleador.
  • Vencimiento de un contrato a plazo fijo (art. ):
  • Término de la obra, faena o servicio que dio origen al contrato (art. ):
  • Conciliación ante la Dirección del Trabajo: Firmada por el empleador y usted, válida con la firma digital mediante ClaveÚnica del Estado. Escanearlo o sacar foto.

Si presenta documentación falsa, podría ser sancionado legalmente.

Trámite para Solicitar el Seguro de Cesantía

La solicitud se puede hacer de manera presencial en una sucursal de la AFC o de manera online a través de la sucursal virtual de la AFC. Puede presentar su solicitud en nuestra Sucursal Virtual de AFC o en cualquiera de nuestras sucursales a lo largo del país.

Si no puede tramitar su Seguro de Cesantía personalmente, es posible otorgar un mandato notarial a un tercero para que lo gestione a su nombre. Si no puede realizar el trámite personalmente, puede hacerlo a través de un tercero con un mandato autorizado.

Retiro Total de Fondos para Afiliados Pensionados

Si usted se encuentra afiliado(a) al Seguro de Cesantía y además es pensionado(a), puede solicitar el retiro total de los fondos acumulados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC). El retiro total de los fondos del Seguro de Cesantía en Chile es una opción que brinda apoyo financiero a los trabajadores, permitiéndoles cubrir sus necesidades económicas durante períodos de cesantía.

Los(as) afiliados(as) pensionados(as) también tienen la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de ahorro previsional en su AFP.

Documentación para Pensionados

  • Si usted es pensionado por una AFP, no debe presentar ninguna documentación para realizar el trámite. El trámite es el mismo que cualquier pensión por AFP.
  • Si recibe una pensión de una institución previsional extranjera, debe presentar un certificado de dicha institución, indicando claramente su calidad de pensionado y la fecha de inicio.

Trámite en Caso de Fallecimiento del Afiliado

Infórmese sobre el trámite de inscripción de beneficiarios o herederos en caso de fallecimiento del afiliado.

  • A falta de cónyuge o conviviente civil, a sus hijos de filiación matrimonial y/o no matrimonial.
  • Si el monto es superior a 5 UTA, se solicitará la posesión efectiva a quien resulte heredero.

Documentos Necesarios en Caso de Fallecimiento

  • Cédula de identidad vigente.
  • Certificado de matrimonio o certificado de unión civil otorgado con posterioridad a la fecha del fallecimiento del afiliado o afiliada.
  • Certificado de nacimiento del afiliado(a), en el cual se señale el nombre de los padres.
  • Resolución emanada del Servicio de Registro Civil e identificación o del auto de posesión efectiva de la herencia inscrita en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces respectivo.

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