La Seguridad Social es un derecho fundamental. Por eso, el Estado chileno se esfuerza por garantizar el acceso a asistencia médica y proteger a las personas en situaciones de vejez, desempleo, enfermedad, invalidez, maternidad, accidentes laborales o pérdida del sostén familiar, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por la ley.

El Sistema de Pensiones en Chile

El Sistema de Pensiones en Chile se compone de 3 pilares que trabajan de manera coordinada e interrelacionada: el Contributivo u Obligatorio, el Voluntario y el Solidario.

Pilar Solidario

A través del Pilar Solidario, introducido con la Reforma del año 2008, el Estado proporciona una serie de beneficios dirigidos, actualmente, al 90% más vulnerable de la población con el fin de brindar protección y evitar la pobreza en la vejez.

Pensión Garantizada Universal (PGU): Es un beneficio estatal que beneficia a todas las personas a partir de los 65 años que no se encuentren en el 10% más rico de la población y que acrediten residencia en Chile por al menos veinte años, contando desde los 20 años de edad. Considera el pago mensual de $206.173 a los pensionados que reciben actualmente una pensión base menor o igual a $702.101.

Bono por Hijo: Bono por Hijo a las madres de niños nacidos vivos o adoptados, con el fin de mejorar las pensiones de las mujeres.

¿Cómo Afiliarse a una AFP?

Si recién comenzaste a cotizar o si estas pensionado y quieres seguir cotizando, acá te contamos cómo debes hacerlo.

Empezando la vida laboral: ¿qué tengo que saber?

Si es la primera vez que cotizas, lo puedes hacer online, completando el formulario de solicitud de incorporación en la AFP que se adjudicó la licitación o en la más barata del momento si nadie se adjudicó la licitación. También está la opción de que lo hagas en la sucursal correspondiente a dicha AFP.

Al iniciarse la prestación de servicios, según lo estipulado en el contrato laboral y en caso de que el trabajador no se encuentre afiliado previamente en alguna AFP, la persona queda automáticamente incorporada a la AFP que cobre la menor comisión por recibir y administrar sus cotizaciones previsionales obligatorias.

En su AFP, el afiliado tendrá una Cuenta de Capitalización Individual Obligatoria en la que se depositará mensualmente la cotización para el sistema de pensiones establecida por ley, y que hoy es por el 10% de la remuneración imponible o renta mensual.

Si cotizaste en el sistema antiguo (dependientes antiguos):

Si cotizaste en el sistema antiguo y deseas cotizar en el sistema AFP deberás suscribir ante el representante de la AFP licitada (la que tenga menor comisión en ese momento) el formulario "Solicitud de Incorporación", junto con la solicitud de Bono de Reconocimiento. Los trabajadores pueden cambiarse del sistema administrado por el IPS al de AFP cuando quieran, ya que no existe plazo máximo. Quedarás afiliado al sistema e incorporado a la AFP licitada a contar del primer día del mes siguiente a la fecha en que se suscribe la Solicitud de Incorporación. La primera cotización debe ser pagada dentro de los primeros 10 días (o hábil siguiente) del mes subsiguiente a la solicitud de incorporación.

Si estás jubilado y quieres seguir cotizando:

Si estás jubilado en el IPS (Instituto de Previsión Social) y continúas trabajando como trabajador dependiente, también puedes optar por el sistema de AFP suscribiendo una solicitud de incorporación en la AFP licitada. La primera cotización debe ser pagada dentro de los primeros 10 días (o hábil siguiente), del mes siguiente a la fecha en que suscribió la solicitud de incorporación.

Si eres trabajador independiente:

Todos los trabajadores independientes que emitan boletas de honorarios con ingresos brutos anuales de 5 ingresos mínimos mensuales o más, equivalentes hoy a una renta anual de $1.505.000 aproximadamente deben cotizar según la nueva ley de cotizaciones para independientes. Quedan excluidos a cotizar los hombres de 55 años o más y mujeres de 50 años o más al 1 de enero de 2018.

¿Qué pasa si no estoy afiliado a una AFP?

Los trabajadores a honorarios que no estén afiliados a una AFP, y que coticen por primera vez en el sistema, pasarán en forma automática a la cartera de afiliados de la AFP de menor costo. Quienes ya estén afiliados a una AFP, verán reflejados sus aportes en su cuenta individual en la AFP a la que pertenecen.

Afiliados Voluntarios

La Reforma Previsional del 2008 introdujo la figura del afiliado voluntario, dando la posibilidad a toda persona natural que no ejerza una actividad remunerada de enterar cotizaciones previsionales en una Cuenta de Capitalización Individual Voluntaria. Los recursos que se mantengan en dicha cuenta serán inembargables y los derechos y obligaciones respecto a ella serán los mismos que se apliquen para la Cuenta de Capitalización Individual Obligatoria. Para quedar incorporados por primera vez al sistema de AFP, deben suscribir la Solicitud de Incorporación en la AFP licitada.

Tipos Especiales de Afiliación a una AFP

De acuerdo con la ley, la afiliación se define como la relación jurídica que se produce entre un trabajador y el Sistema de Pensiones. Las personas que se afilien por primera vez al sistema deben incorporarse a la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) que se adjudicó la licitación para la administración de cuentas de capitalización individual, por ofrecer la comisión más baja del sistema. Desde el 1 de octubre de 2023 y hasta septiembre de 2025, AFP Uno cobra la comisión más baja: 0,49% de la remuneración o renta imponible de la persona.

Los dependientes que inician labores por primera vez deberán realizar esta incorporación dentro de los 30 días siguientes al inicio de labores. Deben suscribir el formulario «Solicitud de Incorporación» en la AFP licitada. Tienen plazo hasta el último día del quinto mes siguiente a la suscripción de la solicitud para formalizar la afiliación a través del pago de la primera cotización.

Debe suscribir el formulario «Solicitud de Incorporación» en la AFP que se haya adjudicado la licitación, en el momento que desee, con anterioridad o simultáneamente al primer pago de cotizaciones.

Afiliación para Migrantes

La población de migrantes en Chile ha aumentado considerablemente los últimos años. El trabajador debe afiliarse a la AFP con su pasaporte o documento de identificación de su país de origen y el contrato de trabajo para cotizar en una cuenta individual con identificación provisoria.

Documentación necesaria:

  • Pasaporte o documento de identificación del país de origen.
  • Contrato de trabajo.
  • Documentación civil del asegurado y sus beneficiarios, según corresponda.

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