El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es una ayuda importante para trabajadores jóvenes en Chile. Sin embargo, existen situaciones en las que se puede requerir la devolución de montos percibidos. A continuación, se detallan los requisitos y el proceso para la devolución del subsidio, así como información relevante sobre cómo postular, los tipos de pago y qué hacer en caso de reintegros o renuncias.

¿Cómo y cuándo postular al SEJ?

Postular al Subsidio al Empleo Joven es muy fácil y se puede realizar durante todo el año a través del sitio web del Sence con tu ClaveÚnica. Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio.

Tipos de Pago del Subsidio

Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.

Pago Mensual

El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago). Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.

  • En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.

Pago Anual

El Pago Anual del subsidio se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.

Extensión del Subsidio

Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre. El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años. Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.

  • Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria.
  • En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud.

Reintegro de Dineros Pagados en Exceso

¿Por qué se notificó que debo devolver dineros pagados en exceso? La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.

  • En el caso de SEJ, usted puede realizar el pago de los reintegros a través del “Portal de Pagos SENCE”.
  • ¡Evita problemas o retrasos con tu pago! En caso de contar con antecedentes que confirmen que no le corresponde el monto a reintegrar, usted puede presentar una solicitud de evaluación por reintegro a través del Buzón Ciudadano entre el 10 de febrero y el 21 de abril.
  • Para generar la solicitud, complete el formulario y adjunte documentos que sirvan como antecedente: certificado de cotizaciones de salud, certificado de cotizaciones de AFP y certificado de remuneraciones (todos de los 12 meses de 2018), además, certificado de licencia médica emitida por la entidad pagadora, en caso de que corresponda.

Renuncia al Subsidio

En caso de ser trabajador/a, ¿qué debo hacer para renunciar al SEJ?

“Para renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.

En caso de ser empleador, ¿qué debo hacer para renunciar a SEJ y/o BTM por mis trabajadores/as?

“Para renunciar por tus trabajadores/as de SEJ y/o BTM, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar a los programas por ciertos trabajadores/as.

Solicitud de Pagos Caducados o de un Beneficiario Fallecido

  • ¿Cómo puedo solicitar un pago caducado hace 5 años o menos? Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
  • ¿Qué debo hacer para solicitar montos de un familiar fallecido que fue beneficiario/a del SEJ? Para solicitar montos de un beneficiario/a fallecido/a del SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido, ingresa aquí).

Consideraciones Adicionales

  • ¿Puedo postular al Ingreso Mínimo Garantizado si soy beneficiario del Subsidio al Empleo Joven? En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.
  • ¿Qué pasa con mi pago mensual de SEJ si mi empleador me postula y soy beneficiario del Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas? En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiario para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por SEJ quedará suspendido.
  • Importante: si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.
  • El subsidio se otorga hasta el último día del mes en que el trabajador/a tenga 24 años de edad.

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