La marca del retail, Ripley, cerró permanentemente una de sus tiendas ubicada en el mall Cenco Alto Las Condes. Tras esta decisión, la compañía optó por realizar una liquidación de algunos de sus productos.
Cierre de Tienda en Cenco Alto Las Condes
No es la primera vez que Ripley cerraba su tienda en ese centro comercial. En una ocasión anterior, esto ocurrió tras no llegar a un acuerdo con Cencosud a propósito del contrato de arriendo. Por otro lado, Ripley acusó condiciones inviables impuestas por Cencosud.
Demanda por Despido Indebido
En relación a los despidos, un tribunal falló en contra de COMERCIAL ECCSA S.A. (Ripley), declarando un despido como indebido, improcedente e injustificado.
La resolución agrega que: “Existe por otra parte, una incertidumbre de relevancia para el Tribunal, en lo que respecta a la composición de los negocios que conforman la empresa Ripley Corp., de cuyo conocimiento se ha imbuido este Tribunal a partir de la prueba que rinde la propia demandada en sus artículos periodísticos.
Esto para conocer la real situación económica y financiera del grupo conformado por aquella, en donde si bien la demandada la constituye la empresa COMERCIAL ECCSA S.A.
“Por otra parte -continúa-, la demandada acompaña una declaración de renta de la empresa COMERCIAL ECCSA S.A.
“Por último, no hay antecedentes determinantes para establecer que las bajas en las ventas que se invocan hayan de persistir o de perpetuarse en el tiempo.
“Conforme a lo anterior, a juicio de este Tribunal, el despido verificado al actor parece avenirse más con una medida de conveniencia en relación al escenario productivo de la demandada, más que a una real necesidad en los términos que se exige por la doctrina y que este Tribunal comparte en cuanto a los requisitos de procedencia.
Por tanto, se resuelve:
- Que se acoge la demanda interpuesta por don RICARDO ANTONIO VILLARROEL CORREA en contra de COMERCIAL ECCSA S.A.; y se dispone que el despido es indebido, improcedente e injustificado, por lo cual la demandada deberá dar pago a los siguientes conceptos:
- $3.948.897, 30% recargo legal.
- $2.303.174, descuento efectuado en el finiquito por concepto de aporte seguro de cesantía del empleador.
- $3.290.748, bono de desempeño año 2022-2023.
- Que las sumas antes indicadas deberán ser pagadas con los reajustes e intereses correspondientes.
Ley de Protección al Empleo y su Aplicación
La ley que permite a los empleadores suspender el pago de remuneraciones fue presentada como una política especialmente enfocada en las Pymes. «Durante esta crisis y por razones muy válidas, muchos chilenos no han podido trabajar con normalidad. Y también sabemos que muchos chilenos temen perder sus empleos.
Inicialmente, cuando se comenzó a discutir este proyecto, las críticas se centraron en que durante el periodo de suspensión de los contratos los trabajadores recibirían su seguro de cesantía. En primer lugar, el seguro no cubre íntegramente el monto de la remuneración perdida (siempre es solo una fracción de ella y va disminuyendo cada mes).
Uno de los riesgos para los trabajadores es que, si son despedidos después de que se complete el periodo de suspensión del contrato, ya no tendrán fondos en sus cuentas del seguro de cesantía para enfrentar el desempleo.
Empresas que a ojos de los ciudadanos parecen sanas, que la gente piensa que tienen espaldas financieras fuertes y que todos los años anuncian millonarias utilidades, entraron al programa.
La explicación que dan es simple: este tipo de empresas no sortea ningún tipo de evaluación ni requisito especial asociado a utilidades u otros factores. Además, indican, quedó en manos de los trabajadores la responsabilidad de acudir a tribunales o a la Dirección del Trabajo en caso de que se consideren perjudicados porque la empresa en realidad no se vio afectada.
La ley de protección del empleo, que entre otros puntos permite la reducción de la jornada laboral, establece dos figuras por las cuales se puede acceder al beneficio de la suspensión temporal del contrato de trabajo. La primera es que la empresa se vea afectada por un «acto de autoridad», como una cuarentena, que le impide operar normalmente.
-Entonces, el empleador firma una declaración junto al sindicato o trabajador que dice que están en una situación que afecta total o parcialmente a la empresa. No se tiene que explicar cuál es esta afectación.
Y Cecilia Flores agrega: “Esto tiene una validez legal. Si llega el trabajador a decir que lo que se presentó en esa declaración jurada es falso, puede demandar. Puede pedir a los tribunales que investiguen eso.
Lo que esta legislación pretende es proteger el empleo, proteger al trabajador. Por tanto, empezar a distinguir qué empresa grande efectivamente podría tener espaldas por el giro, porque es nacional o internacional, por las utilidades que reparte (…), es tan complejo que lo que importa al legislador en este momento es proteger al trabajador.
Alejandro Charme: “El pacto de suspensión exige previa consulta a la organización sindical. Si confiamos en que las organizaciones sindicales están pensando en los intereses de los trabajadores, obviamente no van a estar aprobando un pacto que no corresponde.
Y agrega: “En Chile no estamos acostumbrados a la responsabilidad penal de las empresas. Creo que fue un gran avance en esta legislación. Creo que fue la primera legislación de seguridad social que, para la entrega de un beneficio, hace responsable penalmente a la persona jurídica.
Reacciones Sindicales
Tiendas del retail como Ripley y Paris decidieron adherir a la iniciativa y han recibido críticas de algunos sindicalistas. El presidente del sindicato Ripley Huechuraba, Hugo Gutiérrez, asegura que inicialmente buscaron negociar con la empresa para que no se acogiera a esta ley «y que diera una solución más certera que ocupar nuestros fondos de cesantía».
El sindicalista explica que la justificación de la compañía fue que desde el año pasado, tomando en cuenta el estallido social, las ventas no han sido las proyectadas.
Alejandro Charme complementa la respuesta de su colega: “Esta es una ley de protección al empleo que persigue sustituir el ingreso del trabajador de manera rápida con las instituciones que tenemos.
Casos de Acoso y Discriminación
Un supervisor lo trató de “hueco”, “maricón” y, tocando sus partes íntimas, lo amenazó con golpearlo hasta que “termines como Zamudio”. La empresa nada hizo, hasta que la Inspección del Trabajo confirmó la denuncia.
Tras una investigación, la Inspección del Trabajo concluyó que “fue posible establecer que el supervisor Sr. García ha dado un trato distinto al denunciante basado en su orientación sexual.
El Movilh puntualizó que “estamos en presencia de hechos brutales de discriminación, todos corroborados con testigos, documentos y grabaciones. Intentamos llegar a un acercamiento de Ripley con el trabajador, pero la empresa se negó, al igual como lo hizo el año pasado otra multitienda, París, la que finalmente fue sancionada por tribunales.
Modificación Unilateral de Contratos
La teoría indica que las empresas no pueden modificar unilateralmente las condiciones pactadas en un contrato de trabajo, fuera de los casos excepcionales en que la ley lo permite (Ej. Art. 12). Deben obtener el consentimiento de los trabajadores, ya sea colectivamente a través de una negociación colectiva o individualmente a través de la suscripción de un anexo de contrato de trabajo.
El 10 de agosto de 2016 el Tribunal Laboral de Valparaíso sancionó a la empresa CAR S.A. (filial de Ripley Corp. S.A.) por vulnerar los derechos fundamentales de un trabajador que despidió por negarse a firmar un anexo de contrato de trabajo en el cual le modificaba su jornada de trabajo y rebajaba su remuneración.
Juicios Laborales Millonarios en Chile
Los juicios laborales son una realidad cada vez más frecuente en Chile, debido a las diversas situaciones de vulneración de derechos que sufren los trabajadores por parte de sus empleadores.
Algunos de los casos laborales multimillonarios en Chile son:
Juicio laboral millonario contra Cencosud por prácticas antisindicales
En 2017, Cencosud fue demandado por el Sindicato Interempresa Líder (SIL), que agrupa a más de 30 mil trabajadores de sus supermercados Jumbo y Santa Isabel.
La Corte Suprema confirmó la sentencia del Tribunal de Alzada y condenó a Cencosud a pagar una indemnización de 97 mil millones de pesos (unos 123 millones de dólares) al sindicato, por concepto de daño moral colectivo.
Juicio laboral millonario contra Walmart Chile por incumplimiento del contrato colectivo
En 2019, Walmart Chile fue demandado por el Sindicato Interempresa de Trabajadores de Walmart Chile (SITWAL), que representa a más de 17 mil trabajadores de la empresa.
Juicio laboral millonario contra Ripley por acoso sexual
En 2018, Ripley fue demandado por una ex trabajadora que sufrió acoso sexual por parte de su jefe directo. El Tribunal del Trabajo condenó a Ripley a pagar una indemnización de 1.200 millones de pesos (unos 1.5 millones de dólares) a la demandante, por concepto de daño moral y lucro cesante.
Medidas Preventivas para Evitar Conflictos Laborales
- Contratar a los trabajadores con contratos escritos y claros, que especifiquen las funciones, la remuneración, el horario y las condiciones de trabajo.
- Respetar los derechos laborales de los trabajadores.
- Capacitar a los trabajadores en materia de seguridad y salud ocupacional.
- Fomentar un clima laboral positivo.
- Resolver los problemas o reclamos de los trabajadores de forma oportuna y dialogada.
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