El caso de los despidos por CMPC ha tenido un fuerte impacto en diversos medios de comunicación. A finales de marzo, la empresa CMPC, controlada por la familia Matte, desvinculó a cerca de 50 trabajadores de la emblemática planta de Puente Alto.
Las y los trabajadores despedidos de La Papelera de Puente Alto se movilizaron este martes a las oficinas de la CMPC en el centro de Santiago. Junto a organizaciones solidarias se manifestaron exigiendo una reunión con la empresa para pedir el reintegro de las y los desvinculados y mostrar la situación que viven las y los trabajadores y sus familias.
En la concentración, los trabajadores denunciaron la complicidad de la dirección de los sindicatos con la empresa. Según comentaron, los dirigentes sindicales estuvieron en acuerdo con la empresa para despedir trabajadores y no están haciendo nada para luchar contra los despidos, salvo el caso de Roberto Canales, Secretario del Sindicato n°2 de Softys que se encuentra acompañando la lucha. También se denunció los turnos extenuantes de más de 12 horas que tuvieron que soportar los trabajadores durante la pandemia.
Participaron de la concentración la FENATS del Hospital Barros Luco, representantes de la CUT Provincial Cordillera, Joseffe Caceres de la Asociación de Funcionarios de la UMCE, estudiantes de la agrupación anticapitalista Vencer entre otras organizaciones.
Un grupo de cerca de 30 trabajadores de la empresa Milival en la región de Los Ríos denuncian haber sido despedidos injustificadamente y aún no haber recibido sus sueldos correspondientes a abril por servicios prestados a CMPC. Cristian Cárdenas, uno de los afectados, relató que el 3 de mayo fueron despedidos sin justificación, señalando que CMPC aún no ha gestionado la transferencia de recursos para saldar las deudas pendientes.
Millonarias Ganancias y Despidos
Uno de los argumentos entregados por las jefaturas de CMPC para realizar los 50 despidos, fue que tenían menos productividad y ventas, algo que contrasta con la información entregada por la misma empresa a la Comisión para el Mercado Financiero CMF. Según señala la entidad, CMPC obtuvo millonarias ganancias por más de US$550 millones de dólares, un costo similar a 3 hospitales de última tecnología.
Indemnizaciones a Altos Ejecutivos
Jorge Morel, el ex gerente general de CMPC Tissue, recibió $1.380 millones de indemnización. Eduardo Serrano, quien sucedió a Morel cuando fue despedido, $1.080 millones. Alejandro Nash, que reemplazó a Serrano en la gerencia general de CMPC Papeles, $780 millones. CMPC desembolsó más de $3.200 millones en las indemnizaciones de estos tres ejecutivos.
Morel, ingeniero civil industrial de la Universidad de Chile, ingresó el 11 de mayo de 1987 como jefe de estudios de la Papelera y permaneció allí 26 años y tres meses. Como gerente general de CMPC Tissue ganaba aproximadamente $23 millones mensuales brutos, por lo que al multiplicarlos por 60 veces habría obtenido $1.380 millones al abandonar la compañía. Cuando dejó la compañía fue felicitado por el directorio, según consigna el acta fechada el 2 de julio de 2014, que reveló La Tercera. Detalla que tomó la determinación de “renunciar” por “motivos personales, después de un largo período de reflexión”. El acta añade que “el directorio deja expresa constancia de su reconocimiento y agradecimiento a la labor desarrollada durante 26 años, donde destaca principalmente el proceso de internacionalización del negocio tissue y el crecimiento de la empresa”.
Ingeniero civil de la Universidad Católica, Eduardo Serrano inició su carrera en CMPC en 1983 en marketing del área Tissue, y trabajó 31 años en la compañía. Como sucesor de Morel en la gerencia general de CMPC Tissue recibía un sueldo cercano a $18 millones mensuales brutos.
Nash, ingeniero civil químico de la Católica, reemplazó a Serrano en la gerencia general de CMPC Papeles. Llevaba 23 años en la empresa, a la que entró en 1992, y ganaba aproximadamente $13 millones brutos mensuales. Alejandro Nash también recibió el apoyo del directorio, en su caso, de CMPC Papeles. En el acta del 25 de agosto pasado quedó registrado que “el directorio junto con agradecer al señor Nash su aporte profesional, que desde distintas posiciones ha sido muy importante para el desarrollo de la compañía, le deseó el mayor éxito en sus futuros desafíos”, reveló La Tercera.
El 31 de diciembre del año pasado, Morel se inscribió en el registro de directores de la Superintendencia de Pensiones. Y en abril, la AFP Habitat le dio sus votos para ser director de Embonor, tras ser propuesto por Egon Zhender, la empresa de head hunting que seleccionó a los candidatos a director que las AFP presentaron en las empresas donde tienen presencia accionaria.
Nota de la Redacción: con posterioridad a la publicación de esta nota, el abogado del señor Morel, Claudio Feller, desmintió el monto de la indemnización señalando que: «la suma total, única y por todo concepto que recibió don Jorge Morel fue de 351.343.326.
Justificación de los Despidos
“Que en cuanto a la acción subsidiaria de despido injustificado la comunicación de despido fue funda en la causal del artículo 161 inciso 1° del Código del Trabajo, esto es, ‘Necesidades de la empresa, establecimiento o servicio’, tal como se transcribió en la comunicación la que dispone ‘racionalización’ (…) ‘derivan directa y necesaria y exclusivamente del proceso de racionalización que se está llevando a cabo la empresa asociado a los nuevos desafíos y modernización del negocio.
La resolución agrega: “Que respecto de la causal de necesidades de la empresa invocada, debe tratarse de una situación objetiva que afecta a la empresa establecimiento o servicio, por ende, no puede invocarse por simple arbitrio del empleador o por capricho, caso en el que operaría como un mero despido libre o desahucio; la necesidad tiene que ser grave o de envergadura, por lo que debe tratarse de una situación de tal amplitud que ponga en peligro la subsistencia de la empresa y no meramente una rebaja en sus ganancias, y permanente, entonces, si es transitoria o puede recurrirse a otros medios o medidas que permitan alcanzar el mismo objetivo sin despedir trabajadores, no aplica la causal; y ha de haber relación de causalidad entre las necesidades y el despido, porque es la situación de la empresa la que hace necesaria la separación de uno o más trabajadores.
1 del Código del Trabajo es una excepción legal a la estabilidad en el empleo y a la ajenidad de la relación de trabajo (por cuanto hace traspasar el riego del negocio al trabajador). “Este estándar legal se define como una ‘necesidad’ lo que es indicativo de algo más que una mera conveniencia resultante de aplicar criterios economicistas que maximicen las utilidades. En la especie, consigna el fallo: “(…) si bien se acreditó que con la llegada del gerente Muzzio y como da cuenta el acta de sesión de directorio N° 306 de CMPC Tissue S.A.
Por tanto, se resuelve: “Que se acoge la demanda subsidiaria de despido injustificado declarando improcedente el despido del que fue objeto el actor y, por tanto, se condena a la empresa demandada al pago de las siguientes prestaciones:a) $18.943.936 por concepto de recargo legal del 30% según lo indicado en la letra a) del artículo 168 del Código del Trabajo.b) $7.334.245, por concepto de descuentos por control reembolsos cta. Cte.
CMPC y la Colusión del Confort
CMPC perteneciente al grupo Matte es la empresa más grande y con mayor volumen de ventas en el rubro del papel higiénico y de aseo. De hecho, fue la empresa que dirigió junto a PISA, la llamada colusión del Confort. El caso es conocido a nivel nacional porque fue una de las colusiones más grandes por parte de dos o más empresas de un sector. Como mostró la investigación de la FNE CMPC se coludió con PISA por más de 10 años alterando los precios de los productos, repartiéndose cuotas de mercado y eliminando competencia. CMPC tuvo que pagar una compensación de $7 mil pesos a millones de usuarios.
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