Si llegaste hasta aquí, es porque seguro te estás preguntando cuántos días se puede demorar una empresa en pagar el sueldo en Chile 🇨🇱. En este artículo, te explicaremos todo lo que necesitas saber sobre este tema, incluyendo los tiempos exactos ⏱️ que tienes para realizar los pagos y las posibles complicaciones que podrían aparecer si no se cumplen los plazos establecidos.
Es súper importante que seas consciente de los plazos y cosas a considerar para no tener problemas 😨, así que sigue leyendo!
¿Cuándo se pagan las remuneraciones?
En Chile, las remuneraciones deben pagarse dentro de los días laborales, de lunes a viernes ✅, pero tienes que hacer el pago en el mismo lugar donde el trabajador realiza sus labores, esto quiere decir que tienes que hacerlo dentro de la jornada laboral 😃👍. Esto es importante porque así el empleado puede llegar a su casa y acceder de inmediato al pago sin ningún problema.
Ahora bien, si la fecha de pago programada cae en un día en el que no se trabaja, como un sábado, domingo o festivo, es necesario que te adelantes y hagas el pago de las remuneraciones el viernes previo o el día antes del feriado, según corresponda ✅. Si llevas el proceso de pago de este modo, vas a cumplir con las normativas laborales y evitar inconvenientes tanto para la empresa como para el trabajador, permitiendo que todos mantengan su flujo de plata sin interrupciones.
¿Cuántos días se puede retrasar el pago de sueldo?
Si por algún motivo de fuerza mayor, problema administrativo o de flujo de caja el pago no se puede realizar exactamente en esa fecha, no te preocupes, porque la Dirección del Trabajo le ha dado un margen de maniobra al empleador, el cual consiste en un plazo de hasta 5 días hábiles 😃✅ después de la fecha acordada para realizar el pago sin incurrir en infracciones legales. Pero recuerda, aunque esté permitido, intenta que no ❌ se convierta en una práctica habitual! 🧐
Y para que no te quede ninguna duda, te dejamos esta imagen que resume las consecuencias legales y operacionales de no pagar el sueldo a tiempo ⏰:
En ocasiones, el flujo de caja no es el mejor y hacer el pago de remuneraciones a tiempo comienza a ser una dificultad que pone en aprietos la situación financiera de la compañía, pues -de acuerdo con el Código del Trabajo- las remuneraciones son la principal obligación del empleador para con el trabajador y tienen que pagarse dentro del plazo legal definido por la norma. Su retraso, o no pago del salario, conlleva peligros para la empresa y su representante legal.
Consideraciones importantes sobre el pago de remuneraciones
La remuneración es el medio de sustento del trabajador y su familia. En caso de que el pago de las remuneraciones recaiga en sábado, domingo o festivo, tienes que anticipar la cancelación al viernes inmediatamente anterior.
Para efectos de definir el plazo legal para pagar las remuneraciones, se suele hablar de un pago al mes. De este modo, las partes pueden convenir un día de pago dentro de esta unidad de tiempo, entendiendo el valor legal de este acuerdo. Por ejemplo, si en el contrato queda estipulado que el pago de salario será cancelado el día 5 de cada mes y pretendes cancelarlo el 10, estarías metiéndote en problemas.
Más allá de los posibles enfrentamientos personales con el trabajador, el retraso en el pago de las remuneraciones puede afectar seriamente a la empresa, pues los funcionarios tienen varios recursos a los que pueden acogerse para hacer valer sus derechos.
La Corte Suprema ha señalado que el no pago de sueldos en las fechas estipuladas constituye un comportamiento grave por parte del empleador.
Aspectos legales y monetarios a considerar
Existen importantes consideraciones a tener en cuenta al realizar el pago de sueldos, ya sea desde el punto de vista legal o monetario. Pese a ser una tarea repetitiva que puede parecer simple, cualquier error puede llegar a significar más que un dolor de cabeza.
El sueldo imponible hace referencia a los ingresos del trabajador considerados por la ley como remuneraciones. Por lo tanto, resulta al restar del sueldo bruto aquellas prestaciones que no constituyen remuneración.
No constituyen remuneración, y, por lo tanto, no son parte del sueldo imponible:
- Asignaciones de movilización, pérdida de caja, colación, desgaste de herramientas, familiar.
- Viáticos.
- Indemnizaciones por años de servicio establecidas por la ley.
Recuerda que tus funcionarios son el motor de tu negocio y merecen que retribuyas su esfuerzo de la manera en que ambas partes acordaron.
La forma en qué se pagarán las remuneraciones deberá quedar expresada en el contrato, pero los períodos convenidos (semanal, quincenal, etc.) no podrán -en ningún caso- exceder un mes.
Las remuneraciones especiales corresponde al pago que recibe un trabajador ante alguna condición o razón especial. Son aquellas que recibe el empleador en un periodo fijo. Es aquella remuneración que está sujeta a cambio o bien, no es la misma entre un mes y otro.
Las asignaciones son todas aquellas compensaciones que se pagan al trabajador en sus haberes, pero que no constituyen remuneración. De lo anterior se desprende que el empleador no debe aumentar este pago para evitar mayores imposiciones. En caso de controversia, la jurisprudencia indica que será labor del Inspector del trabajo evaluar si es razonable el monto que un trabajador perciba por concepto de asignaciones.
La asignación familiar otorga el derecho a peribir, por cada carga familiar acreditada, un monto de dinero. Este pago se realiza de manera mensual y por parte del empleador, incluido en el pago del sueldo. Para solicitar el beneficio, la persona beneficiaria debe acreditar sus cargas ante una caja de compensación, una AFP, el IPS, entre otros.
Son utilidades aquellas que resulten del balance anual que se presente ante el Servicio de Impuestos Internos para la determinación del Impuesto a la Renta, sin deducir pérdidas anteriores. Existen dos modalidades de pago de la gratificación legal. Pagar o abonar al trabajador el 25% de las remuneraciones obtenidas durante el año, sin importar la utilidad líquida que obtenga la empresa.
La gratificación legal proporcional corresponde al pago que reciben aquellos trabajadores que no completaron un año de servicio. El sistema elegido dependerá de lo acordado en el contrato de trabajo.
El sueldo base es la cantidad establecida de dinero que se acuerda como pago, pero éste no incluye el resto de los conceptos que componen una remuneración. El sueldo mínimo es lo mínimo legal que se puede remunerar a un empleado.
La cotización al Seguro de Cesantía corresponde al 3% de la remuneración imponible mensual del trabajador. Este descuento es pagado por trabajador y empleador, pero sólo lo cuando existe un contrato de trabajo indefinido.
El pago de la semana corrida es un derecho que viene en hacer más justo el lugar de trabajo, especialmente para aquellos que reciben pago por día trabajado o comisiones de la misma naturaleza. El mismo derecho tienen los trabajadores remunerados por sueldo mensual y remuneraciones variables (comisiones o trato). Sin embargo, en este caso, el promedio se calculará sólo en relación a la parte variable de sus remuneraciones.
Comisiones e incentivos variables deberán entenderse devengadas con la misma periodicidad, a menos que por razones técnicas no sea posible. No obstante, podrán ser embargadas las remuneraciones en la parte donde excedan las 56 UF.
El artículo 62 bis del Código del Trabajo obliga al empleador a respetar el principio de igualdad en las remuneraciones entre hombres y mujeres por la misma labor.
El empleador que por cualquier motivo adeudase un pago de remuneraciones a un trabajador, deberá hacer el pago reajustado en lo que varíe el IPC desde la fecha en que se originó la deuda, hasta la fecha en que efectivamente se pagó.
La ley es explícita al regular cómo se realiza la modificación del salario de un trabajador. El Código del Trabajo define que el contrato de trabajo se puede modificar, de común acuerdo, en todas aquellas materias en que las partes hayan podido convenir libremente.
Al no recibir su sueldo el colaborador sufre efectos negativos en su calidad de vida, se daña su relación con tu empresa y por ende, se genera un mal ambiente laboral.
La fecha de pago es la presente en el contrato firmado con el trabajador. Para evitarlo, se recomienda pagar las remuneraciones en los días hábiles previos al vencimiento de la fecha acordada. El retraso en el pago de remuneraciones puede generar el descontento de tus colaboradores, perjudicando la productividad de tu empresa.
Acorde con el artículo 63, la remuneración deberá reajustarse en el mismo porcentaje de variación IPC con respeto al mes anterior.
En caso de recibir una o dos denuncias por no pago de remuneraciones en un mismo año se realiza una fiscalización, luego de la cual tienes 3 días hábiles para regularizar la situación. Asegúrate de cumplir con tus obligaciones y fortalece la cultura de tu organización.
Plazo para el pago de la liquidación
✅ La empresa tiene 10 días hábiles para pagar la liquidación tras el término de la relación laboral. En Chile, el plazo que tiene una empresa para pagar la liquidación de un trabajador es de 10 días hábiles contados desde la fecha de término de la relación laboral. La liquidación incluye conceptos como la remuneración pendiente, indemnización por años de servicio, y las vacaciones no utilizadas.
La liquidación se debe realizar en un documento que detalla cada uno de los conceptos que componen el pago. Si la empresa no cumple con el plazo de 10 días hábiles, el trabajador puede presentar una denuncia ante la Inspección del Trabajo y exigir el pago correspondiente.
Es recomendable que los trabajadores mantengan un registro de sus contratos y recibos de pago, ya que esto facilitará el proceso en caso de que se necesite reclamar la liquidación. El retraso en el pago de la liquidación de un trabajador puede acarrear diversas consecuencias legales para la empresa. Según la legislación laboral chilena, el empleador tiene un plazo de 10 días hábiles para realizar el pago de la liquidación desde la fecha de término del contrato.
En caso de que el pago no se realice en el plazo estipulado, se generan intereses por mora que se calcularán a partir del día siguiente al vencimiento del plazo. Un estudio realizado en 2022 por la Universidad de Chile reveló que el 30% de los trabajadores que experimentaron retrasos en su liquidación optaron por presentar un reclamo formal.
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