Se acercan, están en el aire. El sol, el verano y las esperadas vacaciones. Pero, ¿cuántos son realmente los días de vacaciones que le responden a los colaboradores y cómo se calculan? En las próximas líneas, te explicamos qué hacer cuando se pone término a la relación laboral de un colaborador.
Las vacaciones en Chile, son un derecho laboral con lo que cuentan las personas que trabajan. De acuerdo con el Código del Trabajo, aquellos empleados con más de un año de servicio en la misma empresa tienen derecho a vacaciones anuales de 15 días hábiles, con remuneración íntegra. Es decir, que cualquier trabajador puede aprovechar su derecho irrenunciable del "Feriado Anual", detallado en el artículo 67 de la Ley.
En el caso de que ocurra un despido o una renuncia y aún te queden días de vacaciones por tomarte, estos deben ser pagados como días trabajados y acumulados en tu finiquito. En el caso del finiquito, estos deben contarse como "días corridos".
Características de las vacaciones
Las vacaciones -también conocidas como días de descanso o feriado anual- son:
- Irrenunciables: no se pueden negar, pero el trabajador tampoco puede rechazarlas.
- Acumulables: solo por dos periodos. Es obligatorio que el trabajador tome vacaciones antes de empezar un nuevo periodo de acumulación del mismo beneficio.
- Calculables en base a días hábiles: es decir, de lunes a viernes.
- Remuneradas: se debe pagar el sueldo íntegro y no implican un gasto extra para la empresa. Cabe destacar que no se pueden anular o cambiar por dinero y deben ser disfrutadas. En caso de que el sueldo sea variable, se toman en cuenta los últimos 3 meses para determinar el pago.
- No pueden ser compensadas: esto quiere decir que no es posible el intercambio de los días de vacaciones por dinero, únicamente en caso de despido, renuncia o si se trata de las vacaciones progresivas.
- Deben acordarse: el trabajador deberá solicitar con anticipación sus días de vacaciones y estas podrán ser rechazadas o aprobadas según lo que disponga el empleador, deben llegar a un acuerdo que beneficie a ambos en cuento a la fecha de disfrute.
Además, los bonos o reajustes a la remuneración se mantienen, sin importar si el empleado estuvo fuera cuando se haya realizado algún pago extraordinario en la empresa.
Si el trabajador sufre un accidente o se enferma y obtiene una licencia médica, el periodo vacacional se verá suspendido hasta que termine el cumplimiento de esta o según lo convenido por las partes. Esto debido a que, la idea principal del feriado anual es el disfrute y descanso por el período laboral cumplido, con el fin de que el trabajador pueda recuperar fuerzas, recrearse, compartir con su familia y amigos.
Cálculo de las Vacaciones Proporcionales
Esto aplica para quienes llevan un año o más trabajando en una misma organización, pero entonces, ¿qué pasa con las vacaciones de aquellos colaboradores que llevan menos de un año? Por cada mes trabajado el colaborador cuenta con 1.25 días hábiles de vacaciones.
¿Cómo es el cálculo de vacaciones en los casos de renuncia voluntaria o despido cuando el trabajador aún no ha cumplido el año de servicio? Es una pregunta frecuente y aquí te ofrecemos una respuesta a esa inquietud. Como la ley establece que el feriado anual corresponde a 15 días de descanso por año, debes dividir 15 días entre 12 meses, para obtener el número de días de descanso que acumula el trabajador por cada mes de trabajo.
15 / 12 = 1.25 días de descanso por cada mes de trabajo.
Luego, tienes que dividir el 1.25 (días acumulados en un mes) entre 30, para obtener la fracción de feriados acumulados diariamente:
1.25 / 30 = 0,04167 fracción de feriados acumulada por día.
Una vez que tienes claro este dato, solo debes multiplicar:
- 1. 25 por el número de meses trabajados entre la fecha de contratación y le fecha de renuncia o despido del empleado.
- 0,04167 por el número de días que no alcancen a completar la unidad mes.
Por ejemplo, imagina que el empleado al que pretendes liquidarle las vacaciones trabajó nueve meses y 18 días. Siendo así, tendrás que realizar la siguiente operación:
- 9 x 1.25 = 11.25 días de vacaciones.
- 18 x 0.04167 = 0.75 días de vacaciones.
Al sumar estos dos resultados obtendrías un total de 12 días de vacaciones.
Recuerda que estos días corresponden al feriado, pero la remuneración se liquida en base a los días de calendario, es decir, hay que pagarle los sábados, domingos y festivos que haya durante su período de vacaciones.
En consecuencia, suponiendo que el salario diario del trabajador es de $9.200, para determinar el monto de la remuneración de sus vacaciones deberías multiplicarlos por 12 (días de feriado ganados):
$9.200 x 12 = $110.400.
A esa cifra debes sumarle el pago de los días inhábiles que haya en su período de descanso, contados a partir del día siguiente a su renuncia o despido. Imagina que salió de la empresa un miércoles, por lo que los 12 días de feriado empezarían a correr a partir del jueves. Esto implicaría la aparición de dos sábados y dos domingos dentro de su período vacacional, los que deben ser remunerados de manera normal. Por lo tanto, tendrías que realizar la siguiente operación:
$9.200 x 4 = $36.800, correspondientes a los días inhábiles.
$110.400 + $36.800 = $147.200, correspondientes a la remuneración total del empleado.
Ejemplo Práctico
A continuación, te pondremos un caso de ejemplo, para que entiendas mejor cómo se pagan las vacaciones en el finiquito:
Imagina que tu empresa está teniendo problemas económicos y te toca echar a uno de tus trabajadores. La elegida fue María, quién llevaba menos tiempo en el equipo. María ha trabajado en tu empresa 1 año 4 meses y 15 días y gana $750.000 al mes. María, pese a que ya llevaba un año trabajando, no se había tomado sus vacaciones porque por calendario, los otros meses ya estaban ocupados por otros trabajadores, así que simplemente no se pudo.
¿Cómo hacemos el cálculo? Veámoslo a continuación:
Para hacerlo más fácil, vamos a ocupar la fórmula de las vacacione proporcionales, que puedes encontrar en el siguiente artículo: ¿Cómo Calcular las Vacaciones Proporcionales?.
Ahora, apliquemos la fórmula del Monto de Vacaciones en el Finiquito:
Monto por Vacaciones en Finiquito = (750.000 ÷ 30) x 20.6
Monto por Vacaciones en Finiquito = (25.000) x 20.6
Monto por Vacaciones en Finiquito = 515.000
👉Resultado Final: Tienes que pagarle $515.000 a María, por los 20.6 días de vacaciones pendientes.
Vacaciones Progresivas
De acuerdo con el artículo 68 del Código de Trabajo, “todo trabajador, con diez años de trabajo, para uno o más empleadores, continuos o no, tendrá derecho a un día adicional de feriado por cada tres nuevos años trabajados, y este exceso será susceptible de negociación individual o colectiva”.
En síntesis, si usted tiene más de 10 años laborando en una empresa, puede tener sus 15 días hábiles más uno adicional.
Este sería el cálculo de los feriados progresivos de acuerdo con lo que estipula la ley. Recuerda que no hay un tope en las vacaciones progresivas.
| Años de Servicios | Días de Vacaciones |
|---|---|
| 13 años de servicios | 15 días hábiles + 1 |
| 16 años de servicios | 15 días hábiles + 2 |
| 19 años de servicios | 15 días hábiles + 3 |
| 22 años de servicios | 15 días hábiles + 4 |
El Finiquito
Recuerda que tienes que calcular el finiquito con precisión y transparencia, cumpliendo así con la normativa laboral vigente en Chile. El finiquito es un documento legal esencial que formaliza y ratifica el término de una relación laboral entre un trabajador y un empleador. En Chile, el finiquito debe ser firmado ante un ministro de fe (como un notario) y asegurar que ambas partes han cumplido con sus obligaciones.
El cálculo del finiquito depende de varios factores, entre ellos, las causales de término del contrato (despido, renuncia, etc.) y los haberes que se adeudan al trabajador.
El finiquito debe contener varios conceptos que deben ser pagados al trabajador.
El finiquito es un acuerdo entre ambas partes. Si el trabajador no firma el finiquito, el empleador no puede proceder a pagar la indemnización y no se podrá dar por terminado el contrato laboral formalmente.
Si tienes dudas sobre tu finiquito, es recomendable consultar con un abogado o con la Dirección del Trabajo para asegurarte de que tus derechos sean respetados.
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