En Chile, el término de una relación laboral puede generar diversas indemnizaciones o prestaciones, dependiendo de la causa que motive la finalización del contrato.

Indemnizaciones y Pagos al Terminar un Contrato

¿Qué indemnizaciones pagan por despido? Las indemnizaciones por despido incluyen la indemnización por falta de aviso previo y por años de servicio. Estas compensaciones están reguladas por el Código del Trabajo y buscan proteger los derechos de los trabajadores al momento de la terminación de sus contratos.

1. Indemnización por Años de Servicio

El trabajador tiene derecho a un mes de remuneración por cada año de servicio con un tope de 11 años. Los años de servicio se calculan considerando cada período anual completo trabajado para el empleador. La indemnización corresponde a 30 días de la última remuneración mensual por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, con un límite máximo de 330 días. El monto se calcula conforme al Artículo 172 del Código del Trabajo.

La indemnización debe ser pagada al momento de la terminación del contrato de trabajo si se cumplen los requisitos establecidos. a) El contrato de trabajo debe haber estado vigente por al menos un año.

Dependiendo si el despido es considerado improcedente, indebido, injustificado o incausado se aplicará un recargo de entre 30 y 100% a la Indemnización por Años de Servicio.

Corte Suprema, Rol N° 1725-2007. Duodécimo: Que, además y si bien en doctrina y respecto a la indemnización por años de servicios, se han planteado diversas posiciones, las que van desde la pena o sanción hasta la de una prestación de seguridad social, pasando por el resarcimiento del daño causado, salario diferido, restitución de la riqueza aportada y premio a la permanencia y fidelidad. Cualquiera de ellas sea la que se adopte, lo cierto es que el legislador laboral ha tasado a priori la recompensa que debe entregarse al trabajador en caso de despido injustificado, indebido, improcedente o sin invocar causal y lo ha hecho sobre la base de la antigüedad en el empleo y el monto de la última remuneración. Este aumento tiende a hacer aún más onerosa la separación de un dependiente en condiciones ilegítimas por parte del empleador y es, sin duda, una sanción anexa.

2. Indemnización por Falta de Aviso Previo

La Indemnización por falta de aviso previo o Indemnización del preaviso es aquella indemnización por término de contrato que el empleador se encuentra obligado a pagar al trabajador cuando la relación termina por la causal de Necesidades de la Empresa o por Desahucio escrito del empleador, en el caso que el mismo día del despido sea el del término de la relación. Para el caso de que el empleador avise con 30 días corridos completos de anticipación, no se paga esta indemnización, debiendo cumplirse con el contrato de trabajo hasta el último día, sin cambio alguno en las obligaciones de ambas partes.

3. Indemnización del Feriado Anual y Proporcional o Vacaciones

Si el trabajador no ha utilizado sus vacaciones o feriado anual al momento de la desvinculación, el empleador deberá pagar junto con el finiquito, la remuneración correspondiente a los días de feriado no utilizados. Si corresponde el pago de la Indemnización del feriado anual y proporcional o vacaciones debiendo tener presente que los contratos celebrados después del 31 de diciembre de 2021 contemplan una indemnización de 2.5 días por cada mes trabajado y fracción superior a 15 días conforme normativa especial que puede revisar en Contrato de trabajo por obra o faena.

Casos en los que No Aplica Indemnización por Años de Servicio ni Sustitutiva del Aviso Previo

Existen situaciones específicas en las cuales el trabajador no tiene derecho a recibir la indemnización por años de servicio ni la indemnización sustitutiva del aviso previo:

  1. Renuncia Voluntaria

    El trabajador no tiene derecho a indemnización por años de servicio ni a la indemnización sustitutiva del aviso previo.

  2. Conclusión del Trabajo o Servicio que dio Origen al Contrato
  3. Vencimiento del Plazo Convenido en el Contrato

    Causal: El contrato termina porque se extingue o cumple el plazo convenido en el contrato de trabajo, el cual tiene una duración máxima de un año. Pagos e Indemnizaciones: El trabajador no tiene derecho a exigir el pago de la indemnización por años de servicio ni indemnización sustitutiva de aviso previo, ya que este tipo de indemnización procede únicamente cuando los trabajadores son despedidos por necesidades de la empresa.

    Escenario de reclamación sobre la causa de despido: Si el contrato termina porque se cumple el plazo establecido, el trabajador solo podrá demandar cualquier monto faltante en el finiquito.

Consideraciones Adicionales

Las indemnizaciones se encuentran reguladas por la ley y son de Orden Público Laboral por cuanto son mínimos inamovibles para las partes.

Adicionalmente, el plazo para presentar una impugnación por despido es de 60 días hábiles desde la separación del trabajador. Este plazo puede extenderse hasta 90 días si se interpone un reclamo ante la Inspección del Trabajo, según lo establecido en el Artículo 168 del Código del Trabajo.

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