Tal como señala el artículo 332 del Código Civil, la pensión de alimentos se debe otorgar en la medida que continúen las condiciones que dieron origen a su fijación. Si has experimentado cambios significativos en tu situación económica o familiar, es posible que puedas solicitar una rebaja en la pensión alimenticia.
Requisitos para la Rebaja de Pensión Alimenticia
Para que la rebaja de pensión alimenticia proceda, debes acreditar cómo han cambiado en el tiempo aquellas condiciones que sirvieron de base para que se fijaran alimentos.
- Cambio en la situación económica del hijo o hija: Este cambio de las circunstancias toma en cuenta a ambas partes y las distintas variaciones en las necesidades del niño con el paso del tiempo.
- Están trabajando: Si el hijo o hija ha comenzado a trabajar y tiene ingresos propios, esto puede ser un factor para solicitar la rebaja.
- Cambios en la situación laboral: Si la situación laboral del deudor cambia, ya sea por desempleo temporal o por la obtención de un nuevo empleo con ingresos sustancialmente menores, puede ser motivo para solicitar una rebaja.
- Nuevas obligaciones familiares o infantiles: Las personas obligadas a pagar una pensión alimenticia tienen derecho a solicitar una rebaja si enfrentan cambios importantes en su vida, como perder un trabajo, formar una nueva familia o tener un nuevo hijo.
Proceso para Solicitar la Rebaja de Pensión Alimenticia
Para rebajar la pensión de alimentos se debe seguir el mismo camino que tomó la otra parte para regularizar un monto de pensión. La solicitud para rebajar el monto que se paga por concepto de alimentos se puede realizar en primera instancia a través de una mediación.
1. Mediación Familiar
El primer paso que exige la ley es que ambos padres se sometan a una mediación. En efecto, la mediación es un trámite obligatorio en este procedimiento. Para solicitar una mediación, debes agendar una hora en un Centro de Mediación. Solamente en la etapa de la mediación puedes prescindir de un abogado.
¿Qué sucede en la mediación?
La Mediación Familiar es una instancia prejudicial donde ambas partes realizan una negociación guiada con un mediador o mediadora. En caso de llegar a un acuerdo, pone término a este problema. Si las dos partes están de acuerdo en la rebaja de pensión de alimentos, es posible suscribir un acuerdo extrajudicial. Este debe ser escriturado y firmado por ambos, autorizado ante Notario o el Jefe de la Corporación de Asistencia Judicial. Este acuerdo se denomina transacción. En todas estas situaciones, el documento suscrito deberá presentarse ante el Juzgado de Familia.
Resultados de la mediación:
- Las partes llegan a un acuerdo: Si ambas partes llegan a un acuerdo, el mediador o mediadora remitirá las bases del acuerdo al tribunal de familia. Con esos antecedentes, el tribunal dictará una nueva resolución ordenando la modificación del monto de la pensión.
- Si la mediación se frustra: Si la mediación se frustra, puedes iniciar la vía judicial para rebajar los alimentos.
2. Vía Judicial
Si la mediación se frustra, puedes iniciar la vía judicial para rebajar los alimentos. Esto significa que cualquier cambio de circunstancias que requiera una rebaja de la pensión alimenticia debe presentarse ante el tribunal como demanda con una mediación frustrada, ya que es requisite formal para su interposición. Esto permitirá a un juez evaluar la nueva información y decidir si se justifica una rebaja.
Además, el abogado puede solicitar una rebaja provisoria de los alimentos, mientras no se logre una sentencia definitiva. La rebaja provisoria de pensión de alimentos es una solicitud que permite rebajar el monto de la pensión mientras dure el juicio. Quien ha sido demandado siempre podrá oponerse a la rebaja provisoria.
3. Apelación
La apelación debe contener el agravio que le produce a la parte, el rechazo y los fundamentos de derechos en que se apoya la apelación.
Documentación Necesaria
Para solicitar una rebaja de la pensión alimenticia en Chile, según el Código Civil Chileno, Ley N° 14.908, debe presentarse una solicitud en un tribunal de familia, junto con los siguientes documentos:
- Declaración jurada de ingresos y gastos del deudor de alimentos
- Estado patrimonial del deudor de alimentos
- Declaración de circunstancias familiares del deudor de alimentos
- Recibos de pago de alimentos anteriores
- Declaración del alimentado con respecto a sus necesidades
El tribunal de familia evaluará la demanda y decidirá si se concede la rebaja solicitada.
¿Cuándo es el Mejor Momento para Solicitar una Rebaja?
Es importante que las personas que enfrentan un cambio en su capacidad económica o en sus necesidades sepan cuándo y bajo qué circunstancias solicitar una rebaja de la pensión alimenticia. Estos son los elementos clave involucrados en la rebaja de la demanda de alimentos en la pensión alimenticia:
- Fluctuaciones de la capacidad económica: Solicitar una rebaja cuando la capacidad económica del obligado experimente un cambio significativo, como una disminución de sus ingresos o un aumento de sus gastos. Documente y proporcione evidencia de estos cambios financieros para fortalecer su caso.
- Variaciones en las necesidades de pensión alimenticia: Buscar una rebaja cuando las necesidades que inicialmente justificaron el acuerdo de pensión alimenticia hayan disminuido, como menores gastos de manutención.
- Cambios en el estilo de vida, la salud u otros factores relevantes: Pueden influir en la evaluación de las necesidades de pensión alimenticia.
Tabla Resumen de Causales para Solicitar Rebaja
| Causal | Descripción |
|---|---|
| Desempleo | Pérdida del empleo del alimentante. |
| Disminución de Ingresos | Nuevo empleo con salario menor al que se tenía al fijar la pensión. |
| Nuevas Obligaciones Familiares | Formación de una nueva familia o nacimiento de un nuevo hijo. |
| Discapacidad | Condición de discapacidad que afecte la capacidad económica del alimentante. |
| Cambio en Necesidades del Alimentario | Disminución de las necesidades del hijo, como empezar a trabajar. |
Consideraciones Adicionales
Recuerda que no podrás rebajar la pension alimenticia si debes alimentos en una causa Z, ya que la ley 21.484 establece en su artículo 1° que el tribunal deberá declarar inadmisible la demanda de rebaja o cese de pensión en el caso que la persona se encuentre con inscripción vigente en el registro nacional de deudores de pensiones de alimentos salvo que se presentaron antecedentes calificados para ello en concordancia con lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo tercero.
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