Si eres trabajador independiente y deseas acceder a la cobertura de salud de Fonasa, es fundamental que realices tus cotizaciones de manera adecuada. En esta guía te explicamos paso a paso cómo pagar Fonasa como independiente, asegurando que mantengas tu cobertura médica y cumplas con tus obligaciones.
¿Quiénes Deben Cotizar en Fonasa?
Todos los trabajadores independientes que deseen acceder a los beneficios de Fonasa deben realizar sus cotizaciones. Esto incluye a aquellos que:
- Emiten boletas de honorarios.
- Son voluntarios independientes.
- Cualquier persona que desee estar cubierta por el seguro público de salud.
Es importante destacar que si emites boletas por más de 5 sueldos mínimos al año, parte de la retención en la operación renta se utilizará para cubrir tu seguro de salud.
La cotización de salud es el 7% de los ingresos imponibles mensuales de cada afiliado y se destina a financiar el sistema público de salud en Chile. Este porcentaje se descuenta tanto a trabajadores dependientes como independientes, así como a pensionados. En el caso de los trabajadores independientes, deben realizar este pago por su cuenta.
No, existen independientes exentas de la obligación de cotizar:
- Mujeres mayores a 55 años al 1 de enero de 2018.
- Pensionados por vejez, vejez anticipada o invalidez total.
- Hayan expresado su opción de no cotizar en el sitio web del SII.
- Estén afiliados a Instituciones del Sistema antiguo de Previsión: Capredena, Dipreca e IPS.
- Mujeres que tengan 50 años o más y hombres que tengan 55 años o más, al 1 de Enero de 2012.
Pasos para Pagar Fonasa Como Independiente
- Acceso a PreviRed: Ingresa a www.previred.com con tu RUT y clave de usuario. Si aún no tienes una cuenta, deberás registrarte primero.
- Selecciona el Módulo de “Independientes”: Una vez dentro de la plataforma, dirígete al módulo específico para trabajadores independientes. Este módulo te guiará a través del proceso de cotización.
- Elige la institución a pagar: En este caso, selecciona Fonasa como la institución a la que deseas realizar el pago de tu cotización de salud.
- Selecciona el medio de pago: Puedes optar por un pago completamente electrónico a través de transferencia bancaria, tarjeta de crédito o débito. También tienes la opción de generar un cupón de pago que podrás imprimir y cancelar en una entidad bancaria en convenio.
Plazos para Realizar el Pago
A continuación, se detallan los plazos para realizar el pago de las cotizaciones, diferenciando entre trabajadores independientes y aquellos a honorarios:
- Trabajadores independientes: Tienes hasta el último día del mes para realizar el pago de la cotización correspondiente al mes anterior. Es decir, si recibiste ingresos en agosto, podrás cotizar hasta el 30 de septiembre.
- Trabajadores independientes a honorarios: Cada año, durante la operación renta, se retendrá un porcentaje de tu devolución para cubrir el seguro de salud. Esta cobertura será válida desde julio del año en que realizas la operación renta hasta junio del año siguiente.
¿Cómo se Realiza el Cálculo en la Declaración de Renta?
El cálculo se realizará a partir de la información de los pagos previsionales pagados por el trabajador a honorarios, la cual es proporcionada al SII por parte de las AFP (cotizaciones para pensiones) y las Mutuales de Seguridad (cotizaciones para seguro accidentes del trabajo y enfermedades profesionales). Identificar el monto total pendiente de pago por cotizaciones previsionales. Este valor es el resultado de restar al monto total de las cotizaciones previsionales para pagar, los pagos que el trabajador pudiera haber efectuado en su AFP y/o mutual o Instituto de Seguridad Laboral correspondiente. Las personas que trabajan de manera independiente deben encargarse de pagar sus propias cotizaciones previsionales.
De tu Renta Bruta, solo tienes que considerar el 80%. Ahora tienes que sacar el 11,75% de tu Renta Imponible. Por ejemplo, si en 2021 emitiste 7 boletas de honorarios que en total suman $1.728.000 (Renta Bruta), tu Renta Imponible (80%) es de $1.382.400. Sobre este último valor, debes calcular el 11,75% que se destina al Impuesto a la Renta, resultando $162.432. El porcentaje de retención que afecta a las boletas de honorarios irá aumentando anualmente en un 0,75%.
¿Cuánto Debo Cotizar?
Se cotiza según se indica en la siguiente tabla:
| Concepto | Porcentaje/Monto |
|---|---|
| Fondo de Pensiones (AFP) | 10% de la Renta Imponible |
| Comisión de la AFP | X % (depende de la AFP) |
| Seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (Ley N° 16.744) | 0,95% + tasa adicional (según actividad) |
A partir del mes siguiente a su incorporación, debe enterar mensualmente la cotización que el organismo administrador le haya señalado de acuerdo a su actividad. Para acceder a las prestaciones de estos seguros, no es necesario un período mínimo de cotizaciones, pero sí se exige encontrarse al día en el pago de las cotizaciones.
(*) Renta Imponible: Se considera el 80% de las rentas brutas gravadas por el art. 42, N°2, de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR) obtenidas en el año calendario anterior a la declaración de dicho impuesto.
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