El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) es un aporte en dinero dirigido a mujeres y jefas de hogar de las familias más vulnerables. Este varía de acuerdo con la renta que recibes, y se paga si mantienes al día tus cotizaciones previsionales y de salud. También son beneficiarios los empleadores y empleadoras de las trabajadoras dependientes que cumplen con los requisitos mencionados. Como una forma de promover la contratación de mujeres de los grupos más vulnerables, el empleador también recibe el incentivo.
Requisitos para Postular al Bono al Trabajo de la Mujer
¿Quieres verificar si cumples con los requisitos de postulación?
- Tener entre 25 y 59 años de edad (59 años con 11 meses).
- Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
- Pertenecer al 40% de las familias más vulnerables de la población (según Registro Social de Hogares).
- Estar incorporada en el Registro Social de Hogares (RSH).
- Acreditar una renta bruta inferior a $7.948.180 durante el año calendario en que percibas el bono.
Requisitos Adicionales para ser Beneficiaria (Recibir el Pago)
(Existen 2 formas de pago; anual y mensual).
- Pago anual: percibir una renta bruta anual (2025) inferior a $7.948.180.
- Pago mensual: percibir una renta bruta mensual (2025) inferior a $662.348.
- Tener cotizaciones al día.
- No trabajar en una Institución del Estado (municipios incluidos) o una empresa privada que reciba aporte estatal superior o igual al 50%.
- Registrar renta y que ésta no exceda el valor mensual máximo establecido para el año calendario.
¿Cómo Funciona el Pago del Bono al Trabajo de la Mujer?
- Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio.
- El Pago Anual se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
- Son pagos provisionales mensuales que corresponden a anticipos del pago anual.
- Si un mes no cumples con lo establecido para recibir el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), se revisarán los requisitos de pago de BTM, procediendo a pagar si corresponde.
Modalidades de Pago
- Depósito en Cuenta Rut o tu cuenta bancaria.
- Retiro en efectivo en BancoEstado o ServiEstado, presentando tu cédula de identidad. * Te recomendamos optar por depósito bancario que pago en efectivo.
¿Cómo se Calcula el Monto del Subsidio?
En base a la renta que percibas:
- A mayor renta, el monto aumenta.
- El monto se mantiene constante.
- A mayor renta, el monto disminuye.
Se recomienda: Por su fórmula de cálculo, no estás sujeta a devolución de dinero. • Son anticipos del pago anual. Solo se paga hasta el 75% del beneficio, pero a partir del cuarto año el porcentaje disminuye al 50%.
¿Cómo Postular al Bono al Trabajo de la Mujer?
Postular al Bono al Trabajo de la Mujer es muy fácil. Ingresa al sitio web del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, solicítala.
- * El primer paso para postular es contar con Clave Sence. Para solicitar este beneficio, las trabajadoras y sus empleadores deberán generar esta contraseña, recuperarla, modificarla, o bien, actualizar sus datos cuando sea necesario. Una vez generada, modificada o actualizada su Clave Sence, ya puede postular.
- * Debe hacer click en “Postula Aquí” y a continuación, ingresará al Sistema de Postulación del Bono al Trabajo de la Mujer.
- * Debe hacer click sobre la opción “Postular”. IMPORTANTE: Para ver el estado de sus solicitudes, debe ingresar al “Expediente Electrónico”.
- Se puede postular los 365 días del año.
Preguntas Frecuentes
¿Puedo postular al Ingreso Mínimo Garantizado si soy beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer?
En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por BTM quedará suspendido.
¿Qué pasa con mi pago mensual y anual de BTM si también soy beneficiaria del Ingreso Mínimo Garantizado?
Si un mes no cumples con lo establecido para recibir el Ingreso Mínimo Garantizado (IMG), se revisarán los requisitos de pago de BTM, procediendo a pagar si corresponde.
¿Qué pasa con mi pago mensual de BTM si mi empleador me postula y soy beneficiaria del Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas?
En caso de que ya seas beneficiaria del Bono al Trabajo de la Mujer, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiaria para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por BTM quedará suspendido.
En caso de ser trabajadora, ¿qué debo hacer para renunciar al BTM?
Para renunciar al Bono al Trabajo de la Mujer, debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiaria del subsidio.
¿Qué debo hacer para solicitar montos de una familiar fallecida que fue beneficiaria del BTM?
Para solicitar los montos de una beneficiaria fallecida del BTM, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde, se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible de la usuaria fallecida y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito (según formato establecido, ingresa aquí).
¿Qué es la reliquidación? ¿Por qué se notificó que debo devolver dineros pagados en exceso?
La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
¿Cómo puedo solicitar un pago caducado hace 5 años o menos?
Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
¿Cómo cambio mis datos para recibir pago por depósito?
Se puede acceder a adelantos mensuales (Pago Mensual), que corresponden a anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $488.217.
¿Qué hago si el pago del bono fue suspendido por cotizaciones impagas?
En caso de que el pago del bono haya sido suspendido por cotizaciones de salud y/o pensión impagas, puedes dejar un reclamo a través del Buzón Ciudadano.
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