¿Conoces realmente cuáles son los turnos de trabajo que se manejan en Chile? Algunos encargados de Gestión de las Personas, se ponen ansiosos al imaginar que podría aparecer una nueva decisión legal que modifique cómo se vienen haciendo las cosas en su empresa.

¿Qué son los turnos rotativos?

Los turnos rotativos en Chile son aquellos horarios laborales en los que los trabajadores alternan entre diferentes turnos de trabajo en un período determinado, generalmente una semana o un mes.

La Dirección del Trabajo en Chile ha señalado la interpretación de “turno rotativo”: “Para aclarar la primera de sus consultas, es necesario precisar que es lo que se entiende por turno rotativo. Para ello, el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, define "rotativo" como: “perteneciente o relativo a la rotación, o que la implica, por su parte, "rotar" es entendido como: seguir un turno en cargos, comisiones, etc.”

Definiciones clave

  • Trabajo en turnos o turno rotativo: “Organización del trabajo en equipo según la cual los trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos de trabajo, según un cierto ritmo, continuo o discontinuo, implicando para el trabajador la necesidad de prestar sus servicios en horas diferentes en un período determinado de días o de semanas.” (Diccionario panhispánico del español jurídico, 2023).
  • Definición legal en España: “Se considera trabajo a turnos toda forma de organización del trabajo en equipo según la cual los trabajadores ocupan sucesivamente los mismos puestos de trabajo, según un cierto ritmo, continuo o discontinuo, implicando para el trabajador la necesidad de prestar sus servicios en horas diferentes en un periodo determinado de días o de semanas.” (“Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores” de España, “Art. 36).

Regulaciones laborales en Chile

La Dirección del Trabajo en Chile establece que los turnos rotativos deben cumplir con ciertas regulaciones laborales para proteger la salud y bienestar de los trabajadores.

La doctrina de este Servicio ha entendido que para establecer jornadas con turnos rotativos, se hace necesario dar cumplimiento a dos condiciones, por una lado, entre una jornada efectiva y la otra, debe haber un espacio de tiempo destinado al descanso, el que no podrá ser inferior al período laborado y por otra, que el total del ciclo trabajado no sobrepase de las 10 horas.” (Dictamen Ord.

El sistema de turnos en Chile se aplica indistintamente a trabajadores exceptuados de trabajar domingos y festivos, o no.

Dictamen Ord. 831. 09.02.2018: “Con todo, respecto a la determinación de sistema de turno en el que deben laborar los trabajadores de una empresa, este Servicio ha indicado a través de Ordinario N° 3686 de 14.07.2016 que, se entiende por turno rotativo aquel que supone cierto ritmo o ciclo de trabajo, el cual puede ser continuo o discontinuo.

Sostiene el consultante que la empresa mantiene un sistema de distribución de jornada de trabajo de tres turnos rotativos, a saber, a) desde las 07:00 hasta las 15:00 horas; b) desde las 16:00 hasta las 23:00 horas; y c) desde las 23:00 hasta las 07:00 horas. Agrega que la jornada es de 45 horas semanales distribuida de lunes a sábado.

En el dictamen, la DT indicó que el inciso 3° del artículo 38 del Código del Trabajo dispone: «Las empresas exceptuadas del descanso dominical deberán otorgar un día de descanso a la semana en compensación a las actividades desarrolladas en día domingo, y otro por cada festivo en que los trabajadores debieron prestar servicios, aplicándose la norma del artículo 36.

Del análisis de la norma legal transcrita se desprende que el descanso dominical, de días festivos y el descaso compensatorio por las actividades desarrolladas en domingo y festivos, por regla general, debe comenzar, a más tardar, a las 21 horas del día sábado o del día que precede al correspondiente festivo de aquel anterior al día de descanso compensatorio, y que debe terminar a las 06:00 horas, del día lunes o del día siguiente al respectivo festivo o del día posterior al correspondiente a descanso compensatorio según corresponda.

Finalmente, señala la DT, cabe hacer presente que, la Ley N°21.561, de 14.04.2023, publicada el 26.04.2023, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, modificó el Código del Trabajo con el objeto de reducir jornada laboral. En tal sentido, el artículo 1° de la aludida normativa, introdujo modificaciones al artículo 22 del Código del ramo, en cuanto a la duración de la jornada ordinaria de trabajo, la que no podrá exceder de 40 horas semanales.

Por su parte el artículo primero transitorio de la norma en referencia establece que la ley entrará en vigencia en forma gradual, según las modalidades y plazos que indica.

En el caso de los trabajadores de hoteles, restaurantes, pubs, bares, discotecas y similares, las labores realizadas en el día anterior a un día de descanso deberán finalizar, a más tardar, a las 00:00 horas. En casos justificados, se podrá traspasar dicho límite hasta en tres horas, las que deberán pagarse con un recargo del cien por ciento sobre el valor de la hora ordinaria correspondiente al sueldo convenido.

En el dictamen se señala que la duración del descanso correspondiente al día de las elecciones dispuestas en la ley N°18.700 "Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios", se rige por la disposición contenida en el artículo 36 del Código del Trabajo, circunstancia ésta que implica que el mismo debe comenzar a más tardar a las 21 horas del día anterior a la elección, y terminar a las 06 horas del día posterior al mismo, salvo que los respectivos dependientes estén afectos a turnos rotativos de trabajo.

Por ello, si el dependiente debe trabajar el 25 de diciembre de este año, necesariamente deberá descansar el 25 de diciembre de 2017, en tanto mantenga vínculo laboral con el mismo empleador.

Impacto en la salud y bienestar

Sin embargo, los turnos rotativos también pueden tener un impacto negativo en la salud y el bienestar de los trabajadores, ya que pueden alterar el sueño, el apetito y los ritmos circadianos del cuerpo.

La importancia de una buena gestión de turnos

Si no se tiene un sistema de turnos organizados, podemos caer errores comunes. Un software de gestión de turnos como Sesame HR puede ser una herramienta muy útil para mejorar el sistema de turnos de trabajo en una organización.

TAG: #Trabajo

Lea también: