El artículo 66 bis del Código del Trabajo ha sido objeto de una importante modificación legislativa que busca promover la salud preventiva de los trabajadores en Chile. Esta modificación, iniciada como moción parlamentaria, suprime el rango etario que limitaba el acceso al permiso laboral para la realización de exámenes médicos preventivos.
Contexto y Origen de la Modificación
La iniciativa que dio origen a esta modificación fue presentada por los Honorables Senadores señoras Goic y Muñoz, y señores Allamand, Durana y Letelier. El objetivo principal es extender el beneficio del permiso laboral, establecido en el artículo 66 bis del Código del Trabajo, a todos los trabajadores, sin importar su edad. Anteriormente, este derecho estaba restringido a las trabajadoras mayores de cuarenta años y a los trabajadores mayores de cincuenta, cuyos contratos de trabajo tuvieran una duración superior a treinta días.
La Senadora Goic recordó que el artículo 66 bis del Código del Trabajo fue introducido por la ley N°20.769, publicada el año 2014, originada en dos mociones. Durante la discusión legislativa que dio origen a la mencionada ley, se incorporó la posibilidad de que el permiso laboral se realizara no sólo para los exámenes antedichos, sino también a exámenes de medicina preventiva en general, incluyendo a modo ejemplar el examen de Papanicolau.
Objetivo de la Modificación
El objetivo de la iniciativa es modificar el artículo 66 bis del Código del Trabajo para extender a trabajadoras y trabajadores, sin distingo de edad, el permiso anual, por medio día, que actualmente tienen las trabajadoras mayores de 40 años y los trabajadores mayores de 50 para someterse a exámenes de medicina preventiva, de mamografía y de próstata. El permiso laboral creado mediante la Ley N° 20.769 fue instituido con el fin de facilitar y promover la realización de exámenes de medicina preventiva, acordes a las políticas públicas del Ministerio de Salud sobre prevención de enfermedades de mayor prevalencia en nuestro país.
Se busca que las empresas se preocupen de que todas sus trabajadoras se realicen periódicamente la mamografía; lo mismo sus trabajadores con respecto al examen de próstata (para eso justamente se da el permiso); que haya preocupación en aquellos casos en que se requiere copago y este sea aportado por el empleador. ¡Detectar antes un cáncer nos conviene a todos! Incluso son menos días de licencia si uno lo ve desde los fríos números.
Importancia de la Detección Temprana
De acuerdo a las tablas anteriormente expuestas, el Régimen General de Garantías en Salud contempla exámenes de medicina preventiva para personas de rangos etarios inferiores al establecido en el artículo 66 bis del Código del Trabajo. Por otro lado, respecto del examen de mamografía, aquél es el examen más costo efectivo para detectar el cáncer de mamas en etapas tempranas. El tamizaje mamario disminuye la tasa de mortalidad por cáncer de mama.
Lamentablemente, en la actualidad mujeres cada vez más jóvenes enfrentan un diagnóstico de cáncer de mama. De esta manera, es necesario que nuestro estatuto laboral promueva la realización de exámenes preventivos, sobretodo en enfermedades con altos índices de mortalidad como lo es el cáncer de mamas.
Cobertura y Acceso a Exámenes Preventivos
Además, nuestro país presenta brechas de cobertura en el examen de mamografía. "La cobertura al año 2013 de examen mamográfico anual fue aproximadamente 45% a nivel nacional para el grupo objetivo y 60% bianual en el mismo grupo. La cobertura bianual del examen es mayor en mujeres afiliadas a ISAPRE que a FONASA (80% y 64%, respectivamente) y mayor en los mayores quintiles de ingreso".
Implicaciones y Beneficios de la Modificación
Esta modificación, o perfeccionamiento, diría más bien yo, de la ley surge en la Cámara de Diputados, cuando un grupo de colegas quisimos sumarnos a la campaña de detección precoz del cáncer de mama y dijimos que no era excusa que las mujeres no tuvieran tiempo para ir a hacerse la mamografía. Fue así como creamos un permiso de medio día al año, inicialmente pensado para que las mujeres se hicieran la mamografía.
Al final, se trata de un permiso laboral de medio día al año, que no se les puede negar ni a trabajadores ni a trabajadoras, con el objeto de que se realicen exámenes de carácter preventivo. Contempla también los tiempos de traslado y lo que a veces sucede en localidades más aisladas. Pongo el ejemplo de Porvenir, cuyas habitantes deben cruzar en barcaza hasta Punta Arenas para ir al hospital y hacerse la mamografía. La verdad es que eso es algo que no tiene mucho sentido hoy día.
Esta modificación, o perfeccionamiento, diría más bien yo, de la ley surge en la Cámara de Diputados, cuando un grupo de colegas quisimos sumarnos a la campaña de detección precoz del cáncer de mama y dijimos que no era excusa que las mujeres no tuvieran tiempo para ir a hacerse la mamografía. Fue así como creamos un permiso de medio día al año, inicialmente pensado para que las mujeres se hicieran la mamografía.
Aplicación y Alcance del Permiso
Y sus normas se aplicarán no solo a los trabajadores con contratos de trabajo indefinidos, sino también para aquellos con contrato a plazo fijo o por obra o faena de más de 30 días. Hace poco rato, antes de entrar a la Sala, tenía un diálogo muy interesante con trabajadoras de jardines vía transferencia de fondos. Al respecto, quiero señalar, con bastante claridad, que todos los trabajadores y trabajadoras (incluidas las trabajadoras de los jardines infantiles vía transferencia de fondos; incluidas las trabajadoras y los trabajadores con contrato por obra o faena; incluidos los empleados de la Administración Pública; incluidos los trabajadores con contratos regidos por el Código del Trabajo) tienen este derecho. ¡Todos y todas!
Lo único que debe hacer cada trabajador o trabajadora es dar aviso a su empleador con una semana de anticipación a la realización de los exámenes. Esto no se modifica en este proyecto. ¡Qué importante es que las personas se realicen exámenes preventivos! Este proyecto de ley, además, apunta a mejorar la salud de nuestros trabajadores y trabajadoras, objetivo que claramente no se logra sin un acceso oportuno a los permisos que garanticen la realización de exámenes preventivos.
Consideraciones Adicionales
En segundo lugar, esto debemos pensarlo más allá del tema del examen de Papanicolau o de detección del cáncer mamario, y abarcar también el examen de próstata. Porque yo no entiendo que un joven de 18 o 20 años vaya a hacerse un examen de próstata. Por lo tanto, me parece que esta materia se debe mirar desde un punto de vista distinto. Por ejemplo, en cuanto a lo dental, ¿cuántos trabajadores, hoy día, se preocupan de ver si necesitan algún tratamiento?
De acuerdo con el Estatuto Administrativo, los funcionarios públicos tienen derecho a solicitar seis días de permiso al año, que pueden fraccionar por día y no necesariamente tomarlos todos juntos, los cuales pueden ser destinados para este u otros trámites, sin tener que expresar causa. En cuanto al segundo punto que planteó el Senador Alejandro García-Huidobro , creo que en la iniciativa originada en moción resulta claro que el ánimo no solo es eliminar el guarismo de la edad, en hombres y mujeres, sino también que puedan usar el permiso por medio día para realizarse los exámenes que requieran, los cuales, obviamente, deben ir en la línea preventiva.
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