“Los 3 temas que debe saber un trabajador sobre el autodespido” es un artículo que tiene por finalidad orientar a los trabajadores sobre un tema del cual existe mucho desconocimiento y, consecuentemente, poca aplicación práctica. Para ello, revisaremos 3 temas en forma de preguntas y respuestas, estas son; ¿Qué es y cuando procede el autodespido?, ¿Qué debo hacer para autodespedirme? y ¿Qué gano si la sentencia de autodespido es favorable?
¿Qué es y cuándo procede el autodespido?
El autodespido o despido indirecto se puede definir como la facultad que tiene el trabajador para dar término al contrato de trabajo, por haber incurrido el empleador en ciertos incumplimientos graves del contrato, dando lugar a las indemnizaciones legales pertinentes.
Implica una salida para el trabajador que se ve enfrentado a situaciones que lo afectan como trabajador o como persona con ocasión del trabajo, sin que se vea obligado a renunciar y perder las indemnizaciones legales que le corresponderían si fuere el empleador quien diera término al contrato.
Ahora bien, en el Código del Trabajo, existe una figura mediante la cual, si el trabajador decide poner término a su contrato de trabajo, puede tener derecho a las indemnizaciones legales. Esta figura está regulada en la ley porque muchas veces el empleador realiza determinados actos que afectan gravemente al trabajador y éste, porque necesita el trabajo, no tiene todas las herramientas para defenderse.
La conducta del empleador debe enmarcarse en alguna de las siguientes causales legales:
- Artículo 160 N° 1 del Código del Trabajo: Falta de probidad, conductas de acoso sexual, vías de hecho, injurias, conducta inmoral que afecte a la empresa donde se desempeña, conductas de acoso laboral. Estas conductas deben ser de carácter grave y debidamente comprobadas. En este caso la indemnización puede ser aumentada en un 80%.
- Artículo 160 N° 5 del Código del Trabajo: Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos. En este caso la indemnización puede ser aumentada en un 80%.
- Artículo 160 N° 7 del Código del Trabajo: Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato. En este caso la indemnización se aumenta en un 50%.
En la práctica, las situaciones más comunes invocadas son las de no pago de imposiciones, no pago de remuneraciones (especialmente comisiones), cambios sustanciales de condiciones de trabajo, ocurrencia de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales. Últimamente se ha aceptado interponer en forma conjunta las acciones de tutela de derechos fundamentales en conjunto y en forma subsidiaria con la de autodespido.
El no pago de sueldo no es un favor, es un derecho. Sin embargo, hay empleadores que incumplen con esta obligación, dejando a los trabajadores en una situación de incertidumbre y vulnerabilidad. Según el artículo 55 del Código del Trabajo, el sueldo debe pagarse en la fecha estipulada en el contrato de trabajo.
El abogado Matías Espinoza, socio del área Laboral de GrupoDefensa.cl, explica que “si bien el contrato de trabajo fija la fecha de pago, es fundamental recordar que la legislación impone un límite máximo de 30 días entre un pago y otro. Si el empleador no paga el sueldo en la fecha establecida o lo hace de manera parcial, se podría considerar un incumplimiento grave de sus obligaciones contractuales. Esto permitiría optar por el autodespido.
“Como trabajador tienes derecho a exigir el pago íntegro y oportuno de tu sueldo. Si bien es posible pactar pagos en parcialidades (por ejemplo, pagos quincenales), siempre se debe respetar la norma de que no puede pasar más de un mes entre un pago y otro. Sin embargo, aunque estuvieras de acuerdo en recibir tu sueldo fuera de plazo, no sería válido, ya que los derechos laborales son irrenunciables.
Los problemas financieros de la empresa no son una justificación válida para retrasar o no pagar el sueldo a los trabajadores. Según Espinoza: “La estabilidad financiera de la empresa es responsabilidad del empleador. Si tu empleador no cumple con el pago de sueldos o cotizaciones, tienes derecho a presentar un autodespido. Esta “es una herramienta efectiva cuando el empleador incumple gravemente sus obligaciones.
Asimismo, el abogado Rodrigo Valdivia, socio del área Laboral de GrupoDefensa.cl, mencionó en el programa ADN Te Escucha que “el autodespido no es automático. No importa si el contrato es plazo fijo, indefinido, o por obra o faena, todos los trabajadores tienen derecho a recibir su sueldo en la fecha pactada. Ante un incumplimiento, la mejor recomendación es no dejar pasar la situación y reclamar sus derechos.
Causales Específicas para el Autodespido
Para poder demandar, no basta que tengas depresión, sino que dicha depresión, debe ser por tu trabajo. Para bien o para mal, no basta que tu psiquiatra o psicólogo emitan un certificado diciendo que tienes depresión, sino que tu depresión debe ser calificada como una enfermedad laboral. Esta calificación como enfermedad laboral la debe realizar la ACHS o Mutual de Seguridad. Si ellos rechazan la calificación existe todo un procedimiento para apelar, pero en definitiva, no basta solo con la opinión de tu psiquiatra o psicólogo. Si queremos ganar el juicio e ir a la segura, se debe contar previamente con esta calificación.
- Falta de probidad del empleador en el desempeño de sus funciones.
- Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los trabajadores, o a la salud de éstos. Es decir, conductas que ponen en peligro la seguridad del establecimiento o derechamente la de los trabajadores.
- Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato.
- Rebaja unilateral del sueldo del Trabajador. Esta es la más fácil y ganable de todas, pues a diferencia de todo lo demás, se basta por un documento: el certificado de cotizaciones previsionales. Nuestros jueces han interpretado que para esto no existe justificación, por lo que probando documentalmente que las cotizaciones no están al día, procederá la nulidad del despido.
¿Qué debo hacer para autodespedirme?
Las formalidades del autodespido son rigurosas y cualquier error compromete el éxito de la acción judicial posterior. Por ello se recomienda la asesoría de un Abogado para proceder. El autodespido es la forma que tiene el trabajador de poner término a su contrato por su sólo deseo y al margen de la voluntad del empleador producto de incumplimientos por parte de la empresa a las obligaciones establecidas en el contrato de trabajo o a las que la ley impone como obligatorias.
Comenzaremos explicando que el autodespido es en buenas cuentas una vía de escape que tiene el trabajador para salir de una relación laboral en la que ya no quiere permanecer, sin perder sus indemnizaciones legales. El autodespido evita al trabajador tener que renunciar y perder su tiempo de servicio y sus indemnizaciones y se presenta como un castigo para el mal empleador.
Del contrato de trabajo surgen dos obligaciones principales: Para el trabajador el prestar el servicio convenido y para el empleador el pago de la remuneración. En particular, no existe un autodespido por no pago de remuneraciones o autodespido por no pago de sueldo. Lo importante es que no cualquier no pago de remuneraciones puede dar lugar a un autodespido. Para ello, el no pago de remuneraciones, debe poder ser calificado como grave.
El autodespido se regula en el artículo 171 del Código del Trabajo. En este menciona que si el empleador incurre en alguna de las causales que se establecen en los N° 1, 5 y 7 del artículo 160 nace para el trabajador el derecho a percibir la indemnización sustitutiva del aviso previo y la indemnización por años de servicio, en caso de corresponder.
Para que te puedas autodespedir por un cambio unilateral de funciones debe existir un incumplimiento al contrato o a las obligaciones que establece la ley por parte de la empresa y tal incumplimiento debe ser grave. El autodespido siempre conlleva un juicio y siempre para este necesitará un abogado laboral. En tal sentido asesorarse en todo momento con nosotros o con el abogado laboral de tu confianza.
Aquí muchos cometen el error de asesorarse con funcionarios de la inspección del Trabajo, lo que no es recomendable: Primero, por que solo son administrativos y aunque te quieran ayudar, no tienen los conocimientos.
Pasos a Seguir para el Autodespido:
- Lo primero es redactar una carta al empleador señalando que se autodespidió.
- Enviar la carta dentro de los 3 días siguientes al empleador y a la inspección del trabajo.
- Una de las copias de la carta de autodespido por no cambio de funciones, las meten a un sobre americano y la envían a la empresa, al domicilio que señala el contrato, guardando el comprobante de envío. Las otras copias las las llevan a la Inspección del Trabajo, donde les quitarán una (la copia que pertenece a la Inspección), y te quedará sólo una.
- Realizado todo lo anterior, redactamos la demanda de autodespido por cambio de funciones para interponerla en tribunales, ello ya que la inspección del trabajo no tiene facultad para determinar si el autodespido es procedente o no, sólo tribunales tiene tales facúltades.
Como veremos, el autodespido siempre conlleva un juicio y siempre para este necesitará un abogado. Lo ideal es que la carta de autodespido que explicaremos más adelante, la redacte el abogado. La Inspección del trabajo tiene formatos tipo de cartas de autodespido. Muy mal hechas, por cierto.
Como el autodespido necesariamente implica interponer una demanda en tribunales luego de redactar la carta de autodespido, no cometa el error de redactar usted mismo la carta. Que la carta de autodespido la redacte el abogado.
Mucha gente tiene la creencia que esto puede resolverlo la Inspección del Trabajo. Ello no es así. Puede además interponerse, si se quiere, un reclamo en la Inspección del Trabajo luego de enviar la carta de autodespido. No obstante ello la Inspección del Trabajo no tiene ninguna facultad para decidir si el autodespido procede o no.
Ello pues simplemente es una instancia de mediación (conciliación). El funcionario no tiene ninguna facultad de impartir justicia.
¿Qué gano si la sentencia de autodespido es favorable?
Se debe tener claridad en que el Autodespido o despido indirecto puede ser un todo y nada, en el sentido de que los incumplimientos graves sobre los que se fundamenta su demanda de ser probados en juicio, y el juez calificarlos de graves, entonces usted obtiene un resultado, las indemnizaciones y prestaciones o sanciones que correspondan, pero en caso contrario, se entiende que usted renunción, y se le pagarían solamente los feriados o remuneraciones que se le adeuden por el trabajo efectivamente realizado.
- Una remuneración por indemnización por falta de aviso previo.
- Si tiene vacaciones de años anteriores, estas se demanda, como feriado legal, y por los meses o días que han pasado desde el último año de trabajo se demanda el feriado proporcional, esto se debe a que usted acumula vacaciones por cada día que pasa.
- Remuneraciones adeudadas.
Consideraciones Adicionales:
- Si el trabajador no logra acreditar en el juicio que se dieron las causales que señaló en la carta de autodespido, se entiende que el contrato terminó por renuncia y no habrá indemnización alguna.
- Generalmente una demanda de autodespido suele ir acompañada de una demanda de tutela laboral, lo que cambia montos.
- El Autodespido en Chile es una de las demandas más delicadas de presentar, pues tu como trabajador tienes la carga de probar los hechos invocados. Si el Juez rechaza el reclamo del trabajador por autodespido, se entenderá que el contrato de trabajo ha terminado por renuncia del trabajador.
Es fundamental que los trabajadores conozcan y defiendan sus derechos. Si no te han pagado tu sueldo en la fecha que corresponde, o tu empleador se atrasó en el pago de tus cotizaciones previsionales, en GrupoDefensa.cl podemos ayudarte. Contáctanos al 600 5719 300, rellena nuestro formulario o visítanos en nuestras sucursales a lo largo de Chile.
Si te encuentras en una situación laboral en la que estás considerando seriamente solicitar tu autodespido, nuestro equipo de abogados especializados en derecho laboral está aquí para ayudarte. Contamos con una amplia experiencia asistiendo a trabajadores en situaciones similares, y estamos comprometidos a brindarte la asesoría necesaria para tomar la mejor decisión en tu caso.
No estás solo en este proceso, y estamos dispuestos a proporcionarte orientación legal sólida y apoyo personalizado. Tu futuro laboral es valioso, y te animamos a ponerte en contacto con nosotros hoy mismo para una consulta gratuita y confidencial. Juntos, podemos evaluar tus circunstancias y tomar medidas para garantizar tus derechos laborales.

