El artículo 72 del Código del Trabajo de Chile es un punto clave en la legislación laboral, especialmente en lo que respecta a la seguridad y salud en el trabajo. Su interpretación y aplicación están intrínsecamente ligadas a la Ley N° 16.744 sobre seguro laboral y enfermedades profesionales.
A continuación, se presenta un análisis de cómo este artículo se relaciona con diversas circulares y normativas que buscan proteger a los trabajadores:
Relación con el Seguro Laboral (Ley 16.744)
El artículo 72 del DS 101 de 1968 del Mintrab es citado en varias circulares relacionadas con el seguro laboral establecido por la Ley 16.744. Estas circulares proporcionan instrucciones a los organismos administradores del seguro y a las empresas con administración delegada.
Circulares Relevantes
- Circular 3580 (11/02/2021): Complementa y modifica la Circular N°3.550, de 29 de octubre de 2020, sobre el Plan Anual de Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Año 2021.
- Circular 3550 (29/10/2020): Imparte instrucciones a los organismos administradores del seguro de la Ley N°16.744 para el Plan Anual de Prevención de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales Año 2021.
- Circular 3528 (12/08/2020): Modifica instrucciones sobre la evaluación de los factores de riesgos psicosociales laborales.
- Circular 3333 (31/10/2017): Proporciona instrucciones a los organismos administradores de la Ley N° 16.744 y empresas con administración delegada sobre el Módulo SIATEP de SISESAT, complementando y modificando circulares anteriores.
- Circular 3244 (13/09/2016): Imparte instrucciones a los organismos administradores de la Ley N° 16.744 y a las entidades que participan en la administración del régimen de salud común para la calificación de patologías y aplicación del artículo 77 bis de la Ley N° 16.744.
Importancia del Artículo 72 en la Prevención de Riesgos
El artículo 72 del DS 101 de 1968 del Mintrab es crucial para la prevención de accidentes y enfermedades profesionales. Las circulares mencionadas anteriormente buscan asegurar que los organismos administradores y las empresas implementen medidas efectivas para proteger la salud y seguridad de los trabajadores.
Estas medidas incluyen la elaboración de planes anuales de prevención, la evaluación de riesgos psicosociales y la correcta calificación de las enfermedades profesionales.
Marco Legal Complementario
Además del artículo 72, otras normativas y leyes complementan su aplicación:
- DS 109 de 1968 Mintrab, artículo 21
- DS 18 de 2020 Mintrab
- DS 3 de 2015 Mintrab
- Ley 16.395, artículos 2, 30 y 38
- Ley 16.744, artículos 12, 68, 74 y 80
- Ley 20.773
- Resolución exenta 268 de 2015 Minsal
- DS 67 de 1999 Mintrab, artículo 15
- DS 101 de 1968 Mintrab, artículos 73 y 74
Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo (SISESAT)
El Sistema Nacional de Información de Seguridad y Salud en el Trabajo (SISESAT) juega un papel fundamental en la gestión de la información relacionada con los accidentes laborales y enfermedades profesionales. La Circular 3333, por ejemplo, proporciona instrucciones sobre el Módulo SIATEP de SISESAT.
Tabla Resumen de Circulares y Temas Clave
| Fecha Publicación | Título | Temas | Legislación Citada (Ejemplos) |
|---|---|---|---|
| 11/02/2021 | Circular 3580 | Seguro laboral, Prevención de accidentes | DS 101, artículo 72; Ley 16.744, artículo 68 |
| 29/10/2020 | Circular 3550 | Seguro laboral, Plan Anual de Prevención | DS 101, artículo 72; Ley 16.744, artículo 12 |
| 12/08/2020 | Circular 3528 | Seguro laboral, Riesgos psicosociales | DS 101, artículo 72; Ley 16.744, artículo 74 |
| 31/10/2017 | Circular 3333 | Seguro laboral, Módulo SIATEP de SISESAT | DS 101, artículo 72; Ley 16.395 |
| 13/09/2016 | Circular 3244 | Seguro laboral, Calificación de patologías | Ley 16.744, artículo 77 bis |
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