Las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) juegan un papel crucial en el futuro financiero de las personas. Pero, ¿qué son exactamente las AFP y cómo operan?

¿Qué son las AFP?

La sigla AFP significa Administradora de Fondos de Pensiones. Una AFP es una institución financiera dedicada exclusivamente a administrar ahorros para la pensión, proveer el pago de pensiones y otras prestaciones previsionales (por ejemplo: Seguro de Invalidez y Sobrevivencia).

El objetivo de la AFP es administrar tus ahorros para entregar una pensión al momento que dejas de trabajar, ya sea por vejez o invalidez. También protege a tu familia entregando una pensión si falleces.

¿Cómo funcionan las AFP?

Las AFP reciben aportes que son de propiedad de los trabajadores, y los invierten según las formas que permite la ley, siempre en beneficio del trabajador. Las AFP son empresas obligadas por ley a invertir los ahorros de las personas naturales en instrumentos del mercado financiero, con la intención de que los ahorros de dichas personas generen una alta rentabilidad a largo plazo.

Cuando comenzamos a trabajar de manera formal, muchas veces sin darnos cuenta (porque en general, la afiliación al Sistema de Pensiones es un trámite que realiza el empleador) comenzamos a ahorrar para nuestra pensión.

Cotizaciones

Cada trabajador debe ahorrar porque la ley así lo señala, el 10% del salario mensual. El dinero que ahorras en la AFP se llama cotización previsional, y se deposita en una Cuenta de Capitalización Individual.

Tus ahorros previsionales pueden ser: obligatorios y/o voluntarios. Actualmente todos los trabajadores dependientes (e independientes a partir del 2018, cuando será obligatorio) deben cotizar un 10% de su remuneración imponible.

Estos aportes se acumulan mientras eres trabajador activo más la rentabilidad que obtienes del fondo elegido, hasta que cumples la edad legal para luego solicitar una pensión: 65 años en el caso de los hombres, 60 en el caso de las mujeres o antes si cumples con algunos requisitos.

Pero también puedes cotizar de manera voluntaria, por ejemplo: en un APV o Cuenta 2.

  • Cotización obligatoria: 10% de las remuneraciones y rentas imponibles mensuales con un tope de 87,8 Unidades de Fomento (UF).
  • Cotización adicional: Comisión por depósito de cotizaciones, destinada al financiamiento de la AFP, incluyendo el pago de la prima del seguro de invalidez y sobrevivencia (SIS).

Para las trabajadoras y los trabajadores dependientes, las cotizaciones previsionales deben pagarse por parte de la o el empleador dentro de los 10 primeros días del mes siguiente del que se devengaron las remuneraciones.

El Servicio de Impuestos Internos (SII) es la entidad encargada de determinar anualmente el monto que debe pagar la afiliada o el afiliado independiente por concepto de cotizaciones en el sistema de pensiones.

Si la o el empleador está atrasado en el pago de las cotizaciones de sus trabajadoras o trabajadores, tiene la obligación de declarar las cotizaciones no pagadas dentro de los 10 primeros días hábiles del mes siguiente.

En caso de que la relación laboral haya terminado y, por tanto, no corresponda el pago de las cotizaciones, la o el empleador tiene hasta el último día hábil del mes subsiguiente para acreditar esa situación.

Inversiones

La AFP hace crecer tu dinero invirtiéndolos en instrumentos financieros, que entregan a esos ahorros distintos tipos de rentabilidad. Un instrumento financiero es una herramienta para generar rentabilidad.

Las administradoras de fondos de pensiones (AFP), invierten en los instrumentos que el Banco Central de Chile y la superintendencia de AFPs determina.

En finanzas se denominan “fondos” a los instrumentos de ahorro que funcionan como una piscina reuniendo dinero de inversionistas (personas o instituciones). El total del dinero que recauda el fondo se invierte en activos financieros, es decir, se compran acciones, bonos u otros, esperando que valgan más en el futuro.

Existen distintos tipos de fondos: de inversión, mutuos o de pensiones.

En el caso de los fondos de pensiones, los amigos que invierten son todos los trabajadores que cotizan (o han cotizado alguna vez) para su futura pensión. La ganancia solo se hace efectiva si es que el inversionista “vende” las cuotas del fondo. De no ser así, su ahorro sigue siendo invertido y cambia su valoración día a día.

En el caso de los fondos de pensiones, la liquidación de las inversiones se realiza solo en el momento de jubilar. Por eso es tan importante recalcar que la rentabilidad se debe evaluar a largo plazo, ya que comenzamos a ahorrar cuando empezamos a trabajar.

Multifondos

Como todas las personas son distintas, el diseño del Sistema de Pensiones reconoce la necesidad de contar con varias opciones para invertir los ahorros previsionales de los trabajadores y trabajadoras. Es por eso que existen cinco opciones de inversión, llamadas multifondos que se diferencian en rentabilidad y volatilidad esperada (cuánto se espera que fluctúen en el tiempo).

El Fondo A es el que tiene mayor rentabilidad y volatilidad esperada. Según el riesgo que se quiera correr y teniendo en cuenta que existen recomendaciones por edad realizadas por expertos en la materia, los afiliados pueden escoger libremente entre los cinco multifondos.

De acuerdo con la edad que tienen, la ley establece ciertas restricciones para afiliadas y afiliados del sistema a la hora de elegir el tipo de fondo de pensiones en que quieren depositar sus ahorros previsionales. Por esa razón, señala que a partir de los 51 años en el caso de las mujeres y de los 56 años en el caso de los hombres no podrán elegir el Fondo A (más riesgoso) para depositar su ahorro previsional obligatorio, sino que pueden optar por destinar ese ahorro entre los fondos B (riesgoso), C (intermedio), D (conservador) y E (más conservador).

Comisiones

Las administradoras de fondos de pensiones (AFP) cobran a las y los afiliados una comisión por la gestión de administración que realizan de la cuenta de capitalización individual obligatoria que tiene esa persona en la AFP.

Las AFP deben informar del valor de sus comisiones en todas sus oficinas o agencias en las que se atienda público a través de un panel, tablero o pizarra que debe mantener actualizado.

Elección de AFP

Es importante saber que las personas son libres de elegir la AFP en la que depositarán sus ahorros previsionales, pero en el caso de las y los trabajadores que se afilian al sistema por primera vez deben ingresar a la administradora que cobra la menor comisión y permanecer en ella por un período de 24 meses.

Para proteger a las personas, cada dos años la Superintendencia de Pensiones realiza una licitación pública de la cartera de nuevas y nuevos afiliados que ingresan al sistema de capitalización individual obligatoria en una administradora de fondos de pensiones (AFP).

Si usted es un cliente nuevo para las AFP, no puede elegir libremente la AFP que más le convenga. Una vez superado el plazo de licitación, los afiliados tienen la oportunidad de cambiar su AFP todas las veces que consideren necesarias.

Cambiar de AFP es un proceso sencillo que le permite a un trabajador escoger la AFP en la que quiere cotizar.

Sin embargo, si la licitación de cartera de nuevas y nuevos afiliados es declarada desierta, las nuevas y los nuevos afiliados serán asignados por la Superintendencia de Pensiones a la AFP que cobre la menor comisión a la fecha de ingreso al sistema.

Una de las decisiones que pueden tomar libremente los afiliados después de un año de cotizar es qué AFP quieren que administre sus ahorros.

Regulación de las AFP

Para seguridad de los afiliados y transparencia del sistema, las AFP están reguladas por la Superintendencia de Pensiones, instrumento que revisa que se cumplan al pie de la letra todas las disposiciones legales del Decreto Ley N°3.500.

Las AFP están fuertemente reguladas por Ley. Todo lo que hacemos y la forma que operamos está definido de forma estricta. El Estado se preocupa del sistema de pensiones mediante instituciones que aseguran un buen desempeño.

Los cuerpos legales más importantes en que se basan las AFP (ambos del Ministerio del Trabajo y Previsión social) son:

  • DL 3.500 de 1980, que da origen al sistema AFP
  • Ley 20.255 de 2008, que reforma el sistema de AFP

Productos Previsionales Ofrecidos por las AFP

Los productos que puedes contratar en AFP se pueden clasificar en 3 tipos: Obligatorios, Voluntarios y Retiro.

  • Cuenta Obligatoria: Es el destino del 10%, que todos los meses se descuenta sobre tu renta imponible (si eres trabajador dependiente) o sobre tus ingresos declarados (si eres trabajador con iniciación de actividades).
  • Cuentas Voluntarias: Son de 2 tipos: Ahorro Previsional Voluntario (APV) para fines previsionales y Cuenta de Ahorro Voluntario (Cuenta 2) de libre uso. En todos los casos, se trata de herramientas de inversión convenientes por su rentabilidad y bajos costos.
    • Cuenta de Ahorro Previsional Voluntario (APV) en una AFP, una compañía de seguros de vida (CSV), banco, una administradora de fondos mutuos, una administradora de fondos de inversión, una administradora de fondos para la vivienda, una administradora general de fondos e intermediarios de valores, cuyos planes hayan sido aprobados por la Comisión para el Mercado Financiero (CMF).
    • Cuenta de Ahorro Voluntario o también llamada Cuenta 2: es una cuenta de ahorro que se puede abrir en la AFP en que una persona se encuentra afiliada y cuyos recursos pueden ser retirados en cualquier momento (hasta 24 giros en un año).

¿Quiénes pueden cotizar en una AFP?

Todas las personas pueden cotizar de forma obligatoria o voluntaria en una AFP:

  • Trabajadores dependientes
  • Trabajadores independientes
  • Afiliados voluntarios

En el caso de los últimos, se trata de quienes no realizan actividades remuneradas, pero de todas formas desean recibir los beneficios del sistema (ejemplo: dueñas de casa).

Trabajadoras y trabajadores dependientes que se encuentren cotizando en la AFP. Se presume que la afiliada o el afiliado se encontraba cotizando si su muerte o la declaración de invalidez se produce en el tiempo que prestaba servicios.

Trabajadoras y trabajadores independientes que coticen en el proceso de declaración de impuesto anual a la renta quedarán cubiertos por el período de un año. Sin embargo, también tiene la opción de eximirse de cotizar para pensión. Para eso, debe manifestarlo por escrito tanto a su empleadora o empleador, como a la administradora de fondos de pensiones (AFP) en la que se encuentra afiliada.

Rentabilidad y Valor Cuota

La rentabilidad que reciben tus ahorros es la expresión del interés ganado (positivo o negativo) en cada uno de nuestros Multifondos, en un período de tiempo específico. Otro concepto clave para entender el desempeño de tus ahorros es el de cuota. Todos los aportes que realizas se traducen a número de cuotas compradas.

El valor cuota varía diariamente y se determina dividiendo el patrimonio neto en CL$ que la AFP administra en un determinado fondo, por la cantidad de cuotas emitidas en el mismo:

¿Qué puedo esperar de la AFP?

En AFP queremos darte la pensión que mereces, y te asesoramos para lograrlo. Para esto es importante tener claro dos puntos (esta es la perspectiva que tenemos sobre tus ahorros hasta que puedas concretar el retiro laboral):

  • Son inversiones con un horizonte de largo plazo: Entre más largo sea el plazo de tu ahorro, ganas más interés y por tanto una mejor pensión.
  • Son aportes regulares y proporcionales al ingreso: Las cotizaciones deben ser constantes en el tiempo (sin lagunas) y reflejar tu ingreso real.

Por eso es importante que cuanto antes comiences a cotizar, idealmente un 20% o más de tu ingreso real entre ahorro obligatorio y voluntario, para que de esta forma alcances una pensión acorde a tus expectativas

Ejemplo: Si tu ahorro ha sido constante, consistente y suficiente, debería reflejar al menos un 70% de tu último sueldo.

Otros Aspectos Relevantes

  • Las y los empleadores que tengan deudas previsionales no podrán percibir pagos provenientes de instituciones públicas o con cargo a recursos fiscales de fomento productivo.

Al finalizar la vida activa el capital se devuelve al afiliado.

Su tranquilidad económica a la hora de jubilarse depende de la decisión que tome ahora. La naturaleza humana nos hace preferir las recompensas inmediatas por sobre las futuras, aun cuando estas sean mayores.

Chile tiene un sistema de ahorro previsional obligatorio que necesita acciones hoy para tener futuras mejoras.

Uno de los objetivos de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) que tienen giro único, es administrar los ahorros para la pensión de los trabajadores y trabajadoras de Chile. Este mecanismo protege el ahorro previsional obligatorio al no poder destinarse para otros fines, incentivando a las AFP a competir sobre variables previsionales, tales como rentabilidad, comisiones y calidad de servicio.

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