Si usted se encuentra afiliado(a) al Seguro de Cesantía y además es pensionado(a), puede solicitar el retiro total de los fondos acumulados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Los(as) afiliados(as) pensionados(as) también tienen la opción de hacer el traspaso de sus fondos, de forma parcial o total, desde su CIC a su cuenta de ahorro previsional en su AFP.
Trámite para Pensionados por AFP
Si usted es pensionado por una AFP, no debe presentar ninguna documentación para realizar el trámite. El trámite es el mismo que cualquier pensión por AFP. No debe presentar ninguna documentación para realizar el trámite.
Trámite para Pensionados por Institución Previsional Extranjera
Si recibe una pensión de una institución previsional extranjera, debe presentar un certificado de dicha institución, indicando claramente su calidad de pensionado y la fecha de inicio.
Dónde Presentar la Solicitud
Puede presentar su solicitud en nuestra Sucursal Virtual de AFC o en cualquiera de nuestras sucursales a lo largo del país.
Mandato a Terceros
Si no puede realizar el trámite personalmente, puede hacerlo a través de un tercero con un mandato autorizado.
Si no puede tramitar su Seguro de Cesantía personalmente, es posible otorgar un mandato notarial a un tercero para que lo gestione a su nombre.
Requisitos Generales para el Seguro de Cesantía
Para acceder al Seguro de Cesantía, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar cesante.
- Tener 10 cotizaciones pagadas en los 24 meses previos al despido. Deben estar pagadas y registradas antes de la fecha de término de contrato. Sus cotizaciones se cuentan desde que se afilió o desde su último cobro del Seguro hasta el mes en que terminó su trabajo. Pueden ser seguidas o no, y pagadas por uno o varios empleadores.
Causales de Término de Contrato
Las causales de término de contrato consideradas son:
- Vencimiento del plazo convenido en el contrato (Art. 159 N°4).
- Conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato (Art. 159 N°5).
- Ajustes por necesidades de la empresa (Art. 161).
- Caso fortuito o fuerza mayor (Art. 159 N°6).
- Necesidades de la empresa (Art. 161).
- Quiebra del empleador (Art. 163 bis).
Obligaciones Adicionales
Debe completar su perfil en www.bne.cl y aceptar oportunidades laborales y de capacitación.
Cuenta Individual de Cesantía (CIC)
Cada afiliado o afiliada a la AFC tiene una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), que se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles. Si quedas cesante podrás retirar el dinero en giros mensuales.
Subsidio de Cesantía
Si no reúnes los requisitos para acceder al seguro, pueden solicitar el Subsidio de Cesantía, que paga el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación.
Aviso de Iniciación de Servicios
Es tu empleador quien debe completar el aviso de iniciación de servicios en la Sucursal Virtual de Empleadores o PreviRed.com.
Afiliación Voluntaria
Si fuiste contratado por el Código del Trabajo o el Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o iniciaste tus labores como trabajadora o trabajador de casa particular antes del 2 de octubre de 2002 puedes afiliarte de manera voluntaria en el sitio web de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu ClaveÚnica.
Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o último cobro del seguro hasta el mes de término de la relación laboral.
Importante: si tu jornada era parcial, junto al documento que pone término a la relación de trabajo debes presentar tu contrato para verificar las horas pactadas.
Trámites en la Sucursal Virtual de AFC
Ingresa a la Sucursal Virtual de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con tu RUN y clave de acceso AFC, o con tu ClaveÚnica. Si no la tienes, pídela. Hazlo en la Sucursal Virtual de la AFC, con tu RUN y ClaveÚnica o clave de la AFC.
Importante: la AFC cuenta con un plazo máximo de 10 días hábiles para hacer el traspaso, desde tu solicitud.
De todas formas, si cuentas con alguna de estas pensiones y estás sin trabajo, puedes acceder a tus beneficios como persona trabajadora cesante afiliada al Seguro de Cesantía.

