El Subsidio al Empleo Joven (SEJ) es un beneficio dirigido a trabajadores jóvenes, que entrega una cifra de hasta $42.377. Este subsidio facilita un monto a trabajadores menores de 25 años, diseñado para complementar sus ingresos.
¿Quiénes pueden postular al SEJ?
- Jóvenes de entre 18 y 24 años.
- Empleadores que contraten jóvenes que cumplan con los requisitos.
¿Cómo postular al SEJ?
Se puede postular durante todo el año a través del sitio web del Sence. Si eres empleador o empleadora, también puedes acceder al beneficio.
Pasos para postular:
- Ingresar al sitio web del Sence con tu ClaveÚnica.
- Completar el formulario de postulación.
Es importante tener en cuenta que si no pagas las cotizaciones previsionales y de salud dentro del plazo, perderás el beneficio durante el mes correspondiente, situación que también afectará a los jóvenes que tengas contratados y reciben el subsidio.
Pagos del Subsidio al Empleo Joven
Existen dos modalidades de pago:
- Pago Mensual: Son anticipos del pago anual, equivalentes al 75% del total del beneficio. El pago mensual es un adelanto del pago anual, y se cancela el último día hábil de cada mes (con excepción de septiembre y diciembre, dado que se adelanta el pago).
- Pago Anual: Se realiza en el mes de agosto en base a todas las rentas brutas recibidas el año anterior.
Si tu contrato se rige por el Código del Trabajo (dependiente), puedes elegir entre el pago mensual o anual. En cambio, si eres trabajador o trabajadora independiente, recibirás el pago de forma anual.
Para este mes, el depósito del Subsidio al Empleo Joven se comienza a entregar desde el lunes, 30 de septiembre, y el monto está determinado según la renta de junio.
Consideraciones importantes sobre los pagos mensuales:
- Son anticipos del pago anual.
- En el caso de haber optado por pagos provisionales mensuales (modalidad de pago mensual), debes acreditar una renta bruta mensual inferior a $662.348.
¿En base a qué se calcula el monto del subsidio que recibiré?
El monto del subsidio varía dependiendo de la renta del beneficiario:
- A mayor renta, el monto disminuye.
Extensión del Subsidio al Empleo Joven
Si recibes el subsidio podrás solicitar la extensión por estar estudiando o haber sido madre.
- Extensión por estudios: Documento que certifique los semestres cursados (el documento debe detallar expresamente los semestres cursados por la persona beneficiaria. El límite de la extensión por estudios es hasta los 27 años.
- Extensión por maternidad: Si eres mujer beneficiaria y tuviste un hijo o hija, entre los 18 y 24 años, 11 meses y 30 días, postula a la extensión del SEJ.
En caso de que tu solicitud de extensión es aceptada, el pago se realiza en el pago anual del año siguiente a la solicitud. Revisa el instructivo de solicitudes de extensión.
¿Qué hacer en caso de...?
- ¿Cómo puedo solicitar un pago caducado hace 5 años o menos? Debe realizar una solicitud mediante el Buzón Ciudadano.
- ¿Cómo puedo solicitar montos de un familiar fallecido que fue beneficiario/a del SEJ? Para solicitar montos de un beneficiario/a fallecido/a del SEJ, se debe ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano en donde se debe indicar que se requiere gestionar el monto disponible del usuario(a) fallecido(a) y el año respectivo del beneficio. En caso de ser más de un heredero legal, se debe adjuntar, adicionalmente, un Poder Simple que faculte a uno de los beneficiarios para recibir el pago mediante depósito.
- ¿Qué debo hacer para renunciar al SEJ? “Para renunciar al Subsidio al Empleo Joven, debes ingresar una solicitud al Buzón Ciudadano indicando que quieres renunciar al programa. Una vez que se haga efectiva la renuncia, dejas de ser beneficiario/a del subsidio.
- ¿Por qué se notificó que debo devolver dineros pagados en exceso? La Ley N°20.338, en el artículo 5, señala que se debe notificar por medio de carta certificada, la solicitud de reintegro de los montos percibidos en exceso en un plazo máximo de 30 días hábiles desde la notificación.
Subsidio al Empleo Joven vs. Ingreso Mínimo Garantizado
En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven (SEJ), no hay problemas en que puedas postular al Ingreso Mínimo Garantizado (IMG). No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si calificas para este último, recibirás pago por IMG y el pago por SEJ quedará suspendido.
Subsidio al Empleo Joven vs. Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas
En caso de que ya seas beneficiario del Subsidio al Empleo Joven, no hay problemas en que tu empleador te postule y califiques para el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas. No obstante, mensualmente se revisarán tus antecedentes y si eres beneficiario para este último, recibirás pago por el Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas y el pago por SEJ quedará suspendido.

