Encontrar trabajo después de los 50 años puede presentar desafíos, pero también ofrece diversas oportunidades. Es crucial estar preparado y conocer las estrategias adecuadas para destacar en el mercado laboral.
Estrategias para la Búsqueda de Empleo
Aquí hay algunas estrategias clave para maximizar tus posibilidades de encontrar empleo:
- Postular a empleos por proyecto, transitorios o temporales: Este tipo de trabajos suele tener menos restricciones de edad, ya que están definidos para un período acotado. En ellos, la experiencia se valora como una ventaja, ya que permite integrarse rápidamente y aportar desde el primer día.
- Actualizarse en habilidades tecnológicas: Es clave capacitarse en herramientas digitales y programas asociados al tipo de empleo que se busca. La capacitación es optativa.
- Diseñar un currículum estratégico: En lugar de detallar una larga trayectoria laboral, es recomendable elaborar un CV de no más de dos páginas, enfocado en la experiencia y los logros más relevantes para el cargo al que se postula. ¿Qué se necesita para elaborar un currículum?
- Transformar la edad en una fortaleza durante la entrevista: Es importante transmitir que la experiencia trae consigo cualidades como estabilidad, responsabilidad y compromiso. ¿Cómo enfrentar una entrevista de trabajo?
Prejuicios y Cómo Superarlos
“En muchas empresas hay reticencia a contratar a personas senior y prefieren a trabajadores más jóvenes, principalmente por un ‘enamoramiento’ hacia el nativo digital. Otro prejuicio común, agregó Henríquez, es la idea de que los trabajadores mayores serían menos flexibles a la hora de adaptarse a equipos jóvenes o a nuevas formas de trabajo. “Como empresa de reclutamiento, tratamos de persuadir a las compañías para que contraten a personas senior, porque aportan experiencia, son responsables, comprometidas y estables.
La iniciativa propone que las empresas con 50 o más trabajadores estén obligadas a contratar o mantener al menos un 10% de personas de 50 años o más en su dotación total.
Consideraciones sobre Cotizaciones y Pensiones
Es importante conocer las regulaciones sobre cotizaciones y pensiones al seguir trabajando después de cierta edad:
- El trabajador que ha cumplido 65 años si es hombre, o 60 años si es mujer ¿está obligado a seguir cotizando en la AFP a la cual se encuentra afiliado?
- ¿Quiénes están excluidos de cotizar al Seguro de Cesantía?
- Hombres mayores de 65 años y mujeres mayores de 60 años, que no se han pensionado, ¿deben cotizar en AFP? De acuerdo a lo señalado en el artículo 69, inciso primero del D.L.
- Si un pensionado que es beneficiario del Pilar Solidario trabaja remuneradamente ¿pierde el beneficio?
- El trabajador que se ha pensionado por antiguo sistema previsional y continúa trabajando, ¿está obligado a cotizar en AFP? Los trabajadores pensionados o jubilados de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional, CAPREDENA, o de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, DIPRECA, o de cualquier otro régimen de pensiones que conforma el antiguo sistema previsional, que continúan laborando en forma dependiente para una empresa del sector privado, están exentos de cotizar a una Administradora de Fondos de Pensiones AFP, sean mayores o menores de 65 años de edad si son hombres, o de 60 si son mujeres, salvo que manifiesten por escrito al empleador con copia a la AFP respectiva su voluntad de hacerlo.
¿Qué pasa si una persona tiene Pensión Básica Solidaria de Invalidez o un Aporte Previsional Solidario de Invalidez y consigue un trabajo? Mantendrá el 100% de su PBS y APS de Invalidez siempre que su sueldo que reciba no sea mayor a un Ingreso Mínimo Mensual. Perderá una parte de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez, sólo después de dos años de recibir un sueldo superior a un Ingreso Mínimo Mensual, pero menor a dos ingresos mínimos. ¿Qué pasa si una persona tiene Pensión Básica Solidaria de Vejez o un Aporte Previsional Solidario de Vejez y consigue un trabajo?
Información Adicional
Las empresas deberán estar inscritas en el Registro de Entidades Receptoras de Fondos Públicos del SENCE (receptores.sence.cl), conforme lo establece la Ley Nº19.862 y su Reglamento, contenido en el D.S. 🔹 Empresas que, al momento de su postulación, registren multas o deudas pendientes de pago por infracciones a las obligaciones laborales y/o previsionales, según lo reporte el webservice de la Dirección del Trabajo.
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