El finiquito es un acto mediante el cual un trabajador y un empleador ratifican o aprueban ante un Ministro de Fe el término de la relación laboral y su acuerdo con lo estipulado en un documento escrito denominado finiquito. En este documento, la empresa debe otorgar un pago o remuneración final.

De acuerdo con lo establecido por el artículo 177 del Código del Trabajo, modificado por la ley Nº 20.684, el finiquito debe ser otorgado y puesto su pago a disposición del trabajador dentro de 10 días hábiles contados desde la separación del trabajador.

Es importante considerar si fue una renuncia o un despido, la causa del despido, si hubo o no aviso, entre otras circunstancias antes de realizar el pago.

Requisitos y Proceso del Finiquito

Para que un finiquito sea válido, debe ser ratificado (firmado) ante un ministro de fe. Además, el trabajador tiene derecho a asesorarse gratuitamente en la Inspección del Trabajo antes de firmarlo.

El finiquito debe contar con tu firma y la de tu empleador o empleadora (o de tus representantes, a través de un poder simple). El empleador o empleadora debe estar al día con el pago de tus cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (si corresponde) hasta el último día del mes anterior al despido.

El empleador o empleadora deberá dejar constancia en la Inspección del Trabajo y tendrá que poner a disposición del trabajador o trabajadora el pago del finiquito en un plazo de diez días hábiles.

¿Qué puede hacer el trabajador para exigir el otorgamiento de su finiquito?

Sin perjuicio de lo anterior, habiendo concluido la relación laboral el trabajador puede acudir a la Inspección del Trabajo para interponer un reclamo si tiene alguna diferencia con los términos en que ha producido el término de su contrato (Causal invocada, monto de indemnizaciones u otros conceptos, Etc.), lo cual derivará en una citación a ambas partes a un comparendo de conciliación en que se buscará que las partes lleguen a un acuerdo y que se otorgue el correspondiente finiquito.

Pago del Finiquito

Es importante destacar que el pago (si corresponde) debe realizarse en el mismo acto de ratificación del finiquito. Solo si las partes lo acordaren, sería posible pactar su pago en cuotas (considerando intereses y reajustes).

Una vez que se finaliza el contrato, se deben pagar los haberes por consecuencia del término del contrato que se estipulan en el finiquito. Se refiere a todos aquellos días que se prestó servicio y no han sido o fueron remunerados.

Componentes del Finiquito

  • Vacaciones Proporcionales: Es la compensación de los días feriados otorgados al colaborador por el servicio entregado durante sus años de trabajo bajo contrato.
  • Indemnización por Años de Servicio: El derecho de indemnización "se origina cuando el empleador pone término al contrato de trabajo invocando las causales de los incisos 1º y 2º del artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, necesidades de la empresa, establecimiento o servicio y desahucio". La indemnización considera 30 días de la última remuneración mensual por cada año de servicio y fracción superior a 6 meses prestados continuamente al empleador.

Para calcular el finiquito es necesario saber los montos de los haberes por pagar e incluir aquellos montos extras pactados con anterioridad entre el empleador y el trabajador. De esta forma se procede al cálculo y realización del finiquito.

Alternativas en caso de desacuerdo

El trabajador tiene varias opciones en caso de no estar de acuerdo con la propuesta de finiquito:

  • Aceptar con reserva de derechos (aspectos sobre los cuales las partes tienen diferencias y que serán materia de reclamo posterior) y manifestar sus observaciones, las que deben realizarse de forma específica y no genérica.
  • Rechazar la propuesta y manifestar sus observaciones, concluyéndose el proceso. El trabajador o trabajadora puede registrar los motivos de su rechazo.

Finiquito Laboral Electrónico

El trámite de finiquito laboral electrónico permite al trabajador o trabajadora recibir, por regla general, el pago directamente en su cuenta bancaria.

Para realizar este trámite, necesitarás:

  • RUT del empleador o empleadora, y cédula de identidad vigente del trabajador o trabajadora.
  • Ser titular de una cuenta bancaria vigente en Chile (cuenta corriente, cuenta vista o CuentaRUT del BancoEstado). Las cuentas de ahorro y bipersonales no podrán ser utilizadas para este trámite.
  • Haber hecho el pago íntegro y oportuno, a través de Previred, de las cotizaciones previsionales del trabajador o trabajadora del cual se otorga el finiquito.

Qué hacer si el trabajador no firma el finiquito

En virtud de lo dispuesto en el inciso primero del artículo 177 del Código del Trabajo, la autoridad señala que el legislador ha otorgado un plazo de 10 días contados desde la separación del trabajador, para que el empleador ponga a su disposición el respectivo finiquito, lo que implica que dentro de dicho término debe proceder a confeccionar tal documento, consignando en él todos los valores que corresponda pagar al trabajador a causa del término de la relación laboral, los cuales deben estar disponibles para su aceptación y recepción por el trabajador, dentro del mismo plazo.

No obstante, destaca que, con el objeto de preservar la certeza jurídica, el artículo 510 del Código del Trabajo establece un plazo de prescripción extintiva de dos años contados desde la fecha en que los derechos se hicieron exigible. En definitiva, concluye que el trabajador podrá exigir el pago del referido finiquito mientras no sea declarada judicialmente la prescripción extintiva del mismo.

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