La discusión sobre el sueldo vitalicio de los ex presidentes del gobierno es un tema que genera debate en Chile. Esta renta vitalicia, otorgada a un ex presidente al término de su mandato, está contemplada en el artículo 30 de la Constitución Política de Chile.

La siguiente iniciativa legal, es una moción que pretende modificar el artículo 30 de la constitución política de Chile; que se refiere a la renta vitalicia otorgada a un ex presidente, en cuanto este termina de desempeñar sus años correspondientes de mandato.

¿Quiénes no acceden a este beneficio?

No la alcanzará el ciudadano que llegue a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo ni quien haya sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra. El ex presidente de la República que asuma alguna función remunerada con fondos públicos, dejará, en tanto la desempeñe, de percibir la dieta, manteniendo, en todo caso, el fuero.

Desigualdad y el Costo para el Estado

El problema que se presenta en el citado artículo de la constitución, fue modificado por la ley Nº 19.672, del año 2000, es que deja de manera manifiesta una gran desigualdad con respecto a los demás ciudadanos del país, puesto que ellos deben de trabajar para así tener derecho a su salario, en el caso de los ex presidentes siguen manteniendo su dieta y gastos asociados de manera vitalicia, con cargo a los impuestos de todos los chilenos, aun cuando no esté realizando el trabajo que por soberanía popular ejerció durante cuatro o seis años como es el caso del ex presidente Lagos.

Para las finanzas públicas, esto representaría un costo demasiado elevado para un cargo que se delegó por un periodo de tiempo correspondiente a cuatro años. Visto de otra manera, los presidentes ejercen su función como algo favorable al país.

Sin embargo, estos mismos al dejar de ser mandatarios, se dedican a actividades para su conveniencia, como puede ser realizar inversiones para incrementar su patrimonio. Esto no genera utilidad en lo referente al país; por lo cual no es justificable el hecho de otorgar una dieta vitalicia tan exagerada.

Montos involucrados

La dieta de los ex presidentes es de $9.349.851 pesos, debiéndose restar los impuestos y las cotizaciones de salud y previsión, las cuales varían respecto a cada uno de los ex mandatarios, pero que dejan un saldo aproximado de $6.500.000. Por otro lado, respecto la asignación por gastos de traslación y funcionamiento de oficinas, la suma alcanza los $7.700.000 pesos aproximadamente.

A modo de ejemplo si realizamos una equivalencia de las pensiones básicas asistenciales que recibe un pensionado, dicha pensión alcanza los $104.646 pesos al mes, mientras que un ex presidente, recibe el salario que se adecúa al de un senador de la república, que actualmente corresponde a $9.349.851 pesos, lo que equivale a 89 pensiones promedio, y 34 sueldos mínimos (276.000). Esto mismo, al año significa un costo de $112.198.212 pesos, por cada ex presidente. Considerando que actualmente se otorga esta dieta a tres ex presidentes, el costo equivale a $336.594.636 por año.

Comparación Internacional

En conjunto con esto, Chile es el país latinoamericano que tiene un mayor costo por dieta a sus ex presidentes ($9.349.851), seguido por Colombia con 27.929 pesos colombianos, un equivalente a $6.094.659 pesos chilenos, y luego por Argentina, con $5.306.349 pesos chilenos. Por otra parte, en Europa, Alemania invierte 217.000 euros anuales brutos. Un equivalente a 162 millones de pesos aproximadamente, que se traducirían a $13.500.000 al mes.

Estas diferencias presentadas nos hace plantear dos preguntas: ¿Se justifican la dieta y las asignaciones que reciben los ex presidentes en razón de las funciones que ellos desempeñan?

La conveniencia de reducir los gastos correspondientes a los ex presidentes no sólo se justifica en razones de justicia, sino que, principalmente en el contexto presupuestario actual, en razones de eficiencia y eficacia del gasto fiscal. Modifíquese el artículo 30, perteneciente a la constitución política de la república de Chile.

Cargos Públicos Vitalicios: Un Debate Similar

La decisión de la Presidenta Michelle Bachelet de designar a su ex ministra de Justicia, Javiera Blanco, como consejera del Consejo de Defensa del Estado (CDE), cuya permanencia será hasta que cumpla 75 años, gatilló una serie de cuestionamientos sobre los cargos públicos que no son renovables y cuyo periodo termina sólo una vez que la persona llega a esa edad o no puede seguir ejerciéndolos. Entre estos están los puestos de los notarios, conservadores de bienes raíces y archiveros judiciales. Y hay un caso aún más especial, el de los jueces de policía local, cargo que es vitalicio, es decir, dura hasta que la persona no esté en condiciones de ejercerlo.

Según Alberto Precht, director ejecutivo de Chile Transparente, la lógica de la ley que justifica estos puestos se relaciona con que "se generará una cierta expertis mientras se desarrollara la labor. Eso haría que se preste el servicio de mejor manera, lo que en alguno de esos casos es bastante discutible. No se requiere necesariamente una permanencia para asegurar un buen servicio".

En esa línea, con el objetivo de cambiar la calidad de vitalicio a los jueces de policía local, los diputados Jaime Pilowsky (DC) y Osvaldo Urrutia (UDI) presentaron un proyecto de ley "que regula esa situación y establece la limitación en los 75 años. Ello debiera significar un 'tiraje a la chimenea' y mayor eficiencia al sistema de justicia local", dijo Pilowsky.

Proceso de designación y transparencia

Pero ¿cómo se llega a estos apetecidos trabajos? Los notarios, conservadores y archiveros son elegidos por una terna que hace la Corte de Apelaciones y de ella el ministro de Justicia elige a uno. Sin embargo, "el problema es que nadie sabe cómo se constituyen esas ternas, muchas veces se asocian esos nombres a ministros de la Corte de Apelaciones o con personas designadas políticamente. Por lo que esos concursos debiesen transparentarse", dijo Precht.

En tanto, los consejeros del CDE son nombrados por el Presidente de la República, y los jueces de policía local, por un municipio a partir de una terna elaborada por el tribunal de alzada de cada ciudad.

Al respecto, Precht indicó que "habría que cambiar la ley propia del mismo Consejo y sin duda, revisar no solamente el tema de extensión de los consejeros, sino que también cómo se realizan los nombramientos. Debiera pasar por la Alta Dirección Pública".

Esta idea también es respaldada por el senador RN Alberto Espina, quien señaló que "el procedimiento debe cambiarse sin lugar a dudas. Debe ser por Alta Dirección Pública y con acuerdo de los dos tercios del Senado, previa audiencia pública en donde se pueda ser objeto de preguntas sobre su trayectoria, capacidades y propuestas para mejorar la forma de cómo se defienden los derechos e intereses del Estado".

Remuneraciones

En relación a los sueldos, el director ejecutivo de Chile Transparente explicó que "varía muchísimo. Es distinto ser Conservador de Bienes Raíces en Santiago que ser conservador en una pequeña localidad. Pero como se cobra por tarifa, podemos hablar de sueldos arriba de los $ 70 u 80 millones mensuales. A diferencia de los consejeros del CDE que tienen un sueldo fijo, los conservadores y notarios cobran por trámite".

En el caso del puesto que empezó a ejercer Javiera Blanco el 1 de febrero pasado, es remunerado con un sueldo que oscila entre los $7,6 y $7,9 millones mensuales. En tanto, para los jueces de policía local la remuneración es de cerca de $ 3,5 millones al mes

Para Pablo Collada, director ejecutivo de Ciudadano Inteligente, "es necesario dejar de verlas como designaciones realizadas por 'dedo' y convertirlas en procesos abiertos, en los que la sociedad civil participe del cuestionamiento y análisis de los perfiles, y que de ahí se pase a un esquema con el Senado".

En el mismo sentido, María Jaraquemada, directora de Incidencia de Espacio Público, manifestó sobre estos cargos "vitalicios" que "las designaciones no debiesen ser por afinidades políticas, porque estos puestos son técnicos, por lo que debieran ser por mérito. Y la manera de realizar el proceso debiera ser por Alta Dirección Pública y ratificado por el Senado". Añadió que "los nombramientos deben ser con mecanismos de transparencia hacia la ciudadanía. Lo principal es que sean por mérito y no por cuoteo".

Requisitos para optar a cargos de Conservadores, Notarios y Archiveros

Para optar a estos cargos, la ley establece que deben ser abogados con dos años de ejercicio a lo menos, ser mayores de 25 años y chilenos. Los interesados deben postular a la Corte de Apelaciones correspondiente, previo llamado a concurso notarial. Esta instancia realiza una terna de tres nombres, la cual es enviada al Ministerio de Justicia. Siendo el titular de esta cartera quien decide respecto de cuál de los nominados se hará cargo del puesto. Este puesto puede ser ejercido hasta los 75 años de edad.

Designación de Jueces de Policía Local

Según la ley, los jueces de policía local serán designados por la municipalidad que corresponda tras la propuesta en terna de la Corte de Apelaciones respectiva, la cual abrirá un concurso. El tribunal de alzada deberá formar la terna entre los funcionarios de las municipalidades de la provincia. Para ello, los secretarios municipales deberán remitir a las Cortes respectivas, en enero de cada año, una nómina completa de los funcionarios que puedan ser considerados en las ternas.

Pensiones de Gracia

Es un beneficio que tiene como objetivo mejorar la calidad de vida de las personas que se encuentran viviendo una situación de vulnerabilidad social. Las pensiones de gracia son otorgadas por el o la Presidente de la República, y es un monto variable y fijado en ingresos mínimos no remuneracionales. La pensión se puede solicitar durante todo el año en la Unidad de Pensiones de Gracia del Departamento de Acción Social de la Subsecretaría de Interior, en las delegaciones presidenciales regionales y provinciales. La Unidad de Pensiones de Gracia del Departamento de Acción Social, específicamente la Comisión Especial Asesora de S.E. Carta de solicitud dirigida al Presidente de la República. La Unidad de Departamento de Pensiones de Gracia de la Subsecretaría de Interior, ubicado en Agustinas 1235, piso 5, Santiago. Explique el motivo de su visita: solicitar una pensión de gracia.

Modalidades de Pensiones: Renta Vitalicia

Cuando las personas se pensionan en la modalidad de renta vitalicia, lo que hacen es contratar el pago de una pensión con una compañía de seguros de vida (CSV). Asimismo, cabe tener presente que en la modalidad de renta vitalicia, tanto inmediata como con retiro programado, la afiliada o el afiliado puede acordar Condiciones Especiales de Cobertura. Período garantizado: esta condición especial de cobertura implica que si la afiliada o el afiliado fallece antes del término del periodo garantizado, la CSV le garantiza el pago del 100% de la pensión contratada distribuida entre sus beneficiarias y/o beneficiarios legales, por todo el tiempo remanente.

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