El sueldo empresarial otorga la posibilidad a los dueños de un negocio a contratarse a ellos mismos en su entidad. El sueldo empresarial -beneficio tributario al que pueden optar los dueños de negocios o empresas-, permite a sus dueños contratarse en su propio negocio.
Beneficios del Sueldo Empresarial
- En primer lugar, se tiene la posibilidad de considerar las remuneraciones destinadas al pago de cotizaciones de salud y AFP como gastos para la generación de ingresos.
- Esto conlleva un reconocimiento tributario por el costo que implica pagar el sueldo del propietario de un negocio.
- Otro beneficio es que este tipo de contratación no exige una jornada laboral completa.
- Esto significa que se puede trabajar de manera parcial o adoptar distintas modalidades de trabajo según las necesidades.
Requisitos para Optar al Sueldo Empresarial
Para optar al sueldo empresarial, el dueño o empresario tendrá que trabajar de forma real y efectiva en su negocio. Para ser elegible para el sueldo empresarial, el propietario o empresario debe comprometerse a trabajar activamente en su negocio.
Asimismo, las remuneraciones deberán estar afectas al pago de cotizaciones. Además, las remuneraciones deben destinarse al pago de cotizaciones obligatorias. Esto no permite que personas jubiladas opten a este beneficio.
Por último, las remuneraciones deben mantenerse dentro de límites establecidos. De acuerdo a este último punto, el límite en cuestión está dado por la razonabilidad del sueldo empresarial. Respecto a este último punto, el límite se determina en función de la razonabilidad del sueldo empresarial.
Documentación Necesaria
El documento debe proporcionar una clara individualización de la empresa. Es crucial, además, especificar el cargo y las responsabilidades que el propietario asumirá en el marco de este contrato, así como la remuneración acordada.
Limitaciones y Prohibiciones
Si bien la autocontratación trae consigo misma una serie de beneficio, es importante saber cuáles son las restricciones y prohibiciones a las que nos enfrentamos. Si bien la autocontratación puede conllevar una serie de ventajas, es crucial comprender las limitaciones y prohibiciones que conlleva.
Incluir como sueldo empresarial el pago de conceptos que dependen de una relación laboral de subordinación y dependencia, y que por lo general no están afectos a cotizaciones previsionales o impuestos mensuales. No se permite incluir como parte del salario empresarial el pago de conceptos que están vinculados a una relación laboral de subordinación y dependencia, y que generalmente no están sujetos a cotizaciones previsionales o impuestos mensuales.
El accionista de una Spa o SA, que es mayoritario y/o tiene facultades de administración, no podrá ser tratado como trabajador dependiente. Un accionista mayoritario y/o con facultades de administración en una Sociedad por Acciones (Spa) o Sociedad Anónima (SA) no puede ser considerado como un trabajador dependiente.
Para que un socio o accionista opte a la autocontratación lo primero que se deberá tener en cuenta es si en un escenario como este existe subordinación o dependencia. Para que un socio o accionista pueda optar por la autocontratación, es fundamental determinar si existe subordinación o dependencia en la relación contractual.
Asimismo, deberá considerarse si el socio o accionista a contratar participa en la sociedad de manera mayoritaria. Es esencial realizar un análisis minucioso de la relación contractual.
Sueldo Empresarial en Sociedades por Acciones (SpA) y Sociedades Anónimas (SA)
En el caso de las Sociedades por Acciones o Sociedades Anónima, sus contratos se rigen según el Código del Trabajo. En el caso de las Sociedades por Acciones o Sociedades Anónimas, los contratos están regidos por el Código del Trabajo.
Donde no rige la norma del tope respecto del pago de las cotizaciones previsionales, donde es posible pagar este sueldo en función de la AFC. En este contexto, no se aplica el límite en cuanto al pago de cotizaciones previsionales, lo que permite pagar este salario en función de la AFC.
Cálculo de Cotizaciones Salariales
En las Sociedades de personas (E.I.R.L. En las sociedades de personas, como las E.I.R.L.
Para calcular las cotizaciones de sueldo habrá que verificar el total de haberes y el total de descuentos. Para calcular las cotizaciones salariales, es necesario revisar tanto los ingresos totales como los descuentos totales.
La diferencia entre los haberes y los descuentos será tu sueldo líquido. La diferencia entre los ingresos y los descuentos representa el salario líquido.
En efecto, se tendrá que considerar el sueldo líquido y el pago de cotizaciones previsionales, que serán la base imponible. En resumen, se deben tener en cuenta tanto el salario neto como las cotizaciones previsionales, que constituyen la base imponible.
Consideraciones Adicionales
Lo primero que debemos comentar es que el SII denomina “asignación de remuneración” y la DT “sueldo empresarial”, al pago efectivo realizado por la empresa a su dueño, socio o accionista, que trabaje permanentemente en la empresa y por lo cual se acuerda entregar una suma de dinero que es aceptada como gasto, sobre la cual hay que pagar el impuesto único, dado que es una renta clasificada en el art. 42 N° 1 de la Ley de la Renta, por expresa disposición establecida en el art. inciso cuarto del mismo artículo.
Esta ley de sueldo empresarial en Chile, aparece en el Decreto Ley Nº 824, sobre Impuesto a la Renta, y es una actividad económica para el socio o dueño de la empresa que puede constituir un egreso o gasto para la empresa. A pesar de ello, es necesario corroborar si es efectivamente para producir la utilidad.
En este sentido, el Servicio de Impuestos Internos ha informado a los contribuyentes, en su reglamento Interno para que cumplan con sus funciones legales. La misma se ubica en la Circular N° 06 de 2020, en el Oficio N° 1630 de 2003 y en el Oficio N° 2732 de 2007.
La mencionada Ley 20.021 y otros reglamentos complementarios exigen algunos requerimientos para poder admitir la paga del trabajador como un gasto dentro de la empresa. Dichos requerimientos son los que a continuación se detallan:
- La persona empresaria que recibe la remuneración ha de ser un socio que colabora de forma eficaz y constante en la compañía. Lo anterior no implica que éste realice una dedicación exclusiva a la vida laboral (Oficio Nº 2371 de 2002).
- Se contabilizarán las remuneraciones y el impuesto único de segunda Categoría vinculado a estos ingresos en el mes al que pertenezcan y las personas ligadas a éstos están claramente identificadas.
- Las cuotas de la Seguridad Social Obligatoria (AFP y Sanidad) deberán ser cubiertas por la retribución satisfecha por el socio o empresario.
Así, todos los socios, mientras la cumplan, tendrán la opción de disponer de la nómina de la compañía y de computarla tributariamente en su totalidad. Sólo les excluye el ser jubilado, en tanto que para acogerse a este beneficio es imprescindible realizar las cotizaciones obligatorias a la Seguridad Social.
Aparte de estos requisitos, por disposición del artículo 31, apartado 6 de la Ley 20.210, se admite que la remuneración de los socios o del propietario, hasta el importe que estuviera sometido al régimen de cotizaciones previsionales obligatorias, constituye también un gasto.
Por tanto, con el objetivo de determinar este máximo, hay que atender a los acuerdos de la Superintendencia de Pensiones al respecto. En vista de esto, la superintendencia anunció el nuevo límite impuesto mensual para el año 2021 para el cálculo de las cotizaciones necesarias del subsistema de las AFP, al sistema de pensiones y de la Ley de Accidentes del Trabajo.
Del mismo modo será de 81,7 UF, por encima del registrado el año pasado, que fue de 80,2 UF.
Preguntas Frecuentes
¿Los pensionados pueden recibir sueldo empresarial?
No, como pensionista no puede disfrutar de este subsidio. Este es un requisito indispensable en las cotizaciones de jubilación reglamentarias que se deben utilizar en este beneficio.
¿La auto contratación de los empleadores los obliga a pagar el seguro de cesantía?
Los propietarios de las empresas no deben pagar el seguro de desempleo. En este tipo de asociaciones la norma del tope general no se cumple con lo que respecta al abono de las contribuciones a la previsión social, por lo que el sueldo puede pagarse en base a la AFC.
Pero no es conveniente, ya que será dueño de toda la empresa. Esto quiere decir que, como en el caso de las sociedades anteriormente señaladas, puede optar por pagar o no.
¿Cuáles son las limitaciones del sueldo empresarial?
Sobre este particular, con respecto de la razonabilidad anteriormente mencionada, corresponde hacer una distinción respecto al hecho de ser sociedad de personas o empresa de capital. Para el caso sobre sociedades de personas (E.I.R.L.
Sin embargo, debe comprobarse que es realmente necesario esto para producir la renta.
Normativa y Regulaciones
A través de la normativa interna, el Servicio de Impuestos Internos proporciona indicaciones dirigidas a permitir que los causantes cumplan los deberes legales. Se puede encontrar en la Circular Nº 06 de 2020, en el Oficio Nº 1630 de 2003 y en el Oficio Nº 2732 de 2007. El resto de la reglamentación asociado a los cálculos definitivos se encuentra en la Circular Nº 5 de 2019 y en la Circular Nº 10 de 2019.
Es preciso mencionar que la Ley 21.210, la cual actualiza la Legislación Tributaria, presenta varios ajustes de gran importancia y que deben tomarse en consideración a propósito del desarrollo de las tareas relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones tributarias de las empresas, que deberán atender a la realización de este movimiento contable.
Por medio del presente se actualizan los conceptos tributarios, alojados en la Circular No. 06 de 2020 y corregidos en la Circular No.
Cabe recordar que, de acuerdo con el Oficio Nº 4694 de 2000, no se necesita suscribir un contrato de trabajo que permita acceder al sueldo de empresa.
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