El Fondo Nacional de Salud (Fonasa) en Chile es un pilar fundamental para el acceso a la salud de la población. Todas las personas pueden ser parte de Fonasa, incluyendo a los extranjeros. Fonasa no excluye a nadie.

¿Cómo se Determina el Tramo de Ingreso en Fonasa?

El tramo de ingreso al que pertenecerá el afiliado al incorporarse a Fonasa, será de acuerdo a su renta imponible y número de cargas, para atención en modalidad institucional.

Tramos de Fonasa y Porcentajes de Copago

Fonasa clasifica a sus afiliados en diferentes tramos según su ingreso imponible mensual, determinando así el porcentaje de copago que deben realizar al acceder a las atenciones de salud. Es importante destacar que las personas que sean beneficiarias de Fonasa no pagan extra por carga familiar incorporada.

  • Tramo A (0% de copago): Indigentes o carentes de recursos, Beneficiarios de pensiones básicas solidarias, Causantes de subsidio familiar (Ley 18.020).
  • Tramo B (0% de copago): Ingreso imponible mensual menor o igual a $210.001.
  • Tramo C (10% de copago): Ingreso Imponible Mensual mayor a $210.001 y menor o igual a $306.000. Con tres o más cargas, pasará al tramo B.
  • Tramo D (20% de copago): Ingreso Imponible Mensual mayor a $306.601. Con tres o más cargas, pasará al tramo C.

Es importante destacar que quienes tengan tres o más cargas familiares en Fonasa pasarán al tramo C.

Modalidad de Libre Elección (MLE)

Los asegurados de Fonasa que se encuentran en los tramos B, C y D pueden optar por la Modalidad de Libre Elección (MLE), es decir, por las prestaciones que ofrecen centros médicos, clínicas y profesionales que mantienen un convenio con Fonasa.

Cotizantes y No Cotizantes

Dentro de Fonasa, se distinguen dos categorías principales:

  • Cotizantes: trabajadores dependientes (incluidos a los contratados por turnos, jornadas o días) e independientes, que aportan económicamente el 7% legal de su remuneración.
  • No cotizantes: son aquellas personas que no aportan a Fonasa porque son carentes de recursos o sus ingresos no son suficientes para cotizar (menores al ingreso mínimo imponible).

Afiliación y Trámites en Fonasa

Si decidiste pertenecer a Fonasa, la afiliación es automática, cuando eres trabajador dependiente (con contrato de trabajo). Para conocer tu consultorio, ingresa al formulario de afiliación en el sitio web de Fonasa. En el paso número 4 encontrarás la información.

En línea: revisa cómo realizar el trámite en el sitio web de Fonasa, a través del formulario de afiliación. El cambio de consultorio está disponible en el sitio web de Fonasa, a través del formulario de afiliación. Revisa cómo realizar el trámite. También puedes solicitar el cambio directamente en el nuevo consultorio, presentando el certificado de eliminación entregado por el antiguo CESFAM.

A través del sitio web Mi Fonasa puedes ver tus cargas incorporadas a Fonasa. Para ingresar a la página web necesitas tener tu ClaveÚnica del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).

El certificado de afiliación permite acreditar si eres parte de Fonasa. El certificado de cotizaciones informa las cotizaciones de salud que registras ante Fonasa. El documento en línea contiene hasta las últimas 12 cotizaciones, mientras que el certificado que te entregan presencialmente en Fonasa o ChileAtiende considera los últimos 6 a 60 meses.

Acceder a atenciones médicas cubiertas en la red pública de salud, según los ingresos de los beneficiarios.

Obligación de Cotizar para Trabajadores a Honorarios

La cotización obligatoria para los trabajadores rige para aquellos que durante 2023 emitieron boletas de honorarios por un monto bruto igual o superior a $2.300.000. La cobertura de salud aplicará desde julio del año que se realice la Operación Renta hasta junio del año siguiente.

A partir del 2012 con la reforma previsional, comenzó la obligación para que los trabajadores a honorarios realicen cotizaciones previsionales para pensiones, seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, con la posibilidad de eximirse de dicha obligación para los años tributarios 2013, 2014 y 2015.

A partir de enero 2015, la obligación de cotizar no admitirá excepción y todos los trabajadores a honorarios deberán cotizar para pensiones y accidentes del trabajo.

Se cotiza según se indica en la siguiente tabla.

• A partir del mes siguiente a su incorporación, debe enterar mensualmente la cotización que el organismo administrador le haya señalado de acuerdo a su actividad. Para acceder a las prestaciones de estos seguros, no es necesario un período mínimo de cotizaciones, pero sí se exige encontrarse al día en el pago de las cotizaciones.

Subsidios y Licencias Médicas

De conformidad con lo previsto en el artículo 4 de D.F.L. Nº 44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, para tener derecho a los subsidios se requiere un mínimo de seis meses de afiliación a un régimen de seguridad social y de tres meses de cotizaciones dentro de los seis meses anteriores a la fecha inicial de la licencia médica correspondiente.b) En caso que el trabajador esté contratado diariamente por turnos o por jornadas deberá contar, además del período mínimo de afiliación ya señalado, con a lo menos un mes de cotizaciones dentro de los seis meses anteriores a la fecha inicial de la respectiva licencia.

Las isapres reciben las licencias médicas y las autorizan o rechazan.

Luego de conocer el arancel o valor de la prestación o atención que recibirás, debes saber cuánto te bonificará Fonasa por cada prestación, y por tanto, cuánto deberás pagar tú en cada caso (copago). Es muy importante considerar que las Normas Técnicas del Arancel del FONASA, contemplan topes para algunas de sus prestaciones, que debes tomar en consideración.

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